Nueva regulación para la compraventa de viviendas: Cambian las normas de pago y autorización

Con la nueva regulación publicada en el Boletín Oficial, se ha introducido un sistema seguro para el proceso de pago en el comercio de bienes inmuebles; también se han redefinido las normas de solicitud y actualización relativas a los certificados de autorización.

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Con la modificación del reglamento publicada en el Boletín Oficial, se han realizado actualizaciones integrales en las prácticas actuales relativas al comercio de bienes inmuebles. La regulación incluye tanto la garantía de los procesos de pago como la vinculación de las transacciones relacionadas con los certificados de autorización a normas más claras.

SE AMPLÍA EL ALCANCE Y SE DEFINE UN NUEVO SISTEMA

Con el "Reglamento sobre la Modificación del Reglamento relativo al Comercio de Bienes Inmuebles", se ha ampliado el alcance de la legislación vigente. Al artículo sobre el propósito del reglamento, se han añadido los procedimientos y principios relativos al establecimiento, funcionamiento y uso del sistema de pago que se utilizará en las ventas de bienes inmuebles.

NUEVO PROCEDIMIENTO PARA LOS CERTIFICADOS DE AUTORIZACIÓN

Con la regulación realizada, se han detallado los procesos relativos a los certificados de autorización. Según esto, el certificado será modificado en caso de cambios distintos a la razón social o nombre comercial; en caso de cambios de razón social o nombre, el certificado será renovado. Tras los cambios, será necesario presentar una solicitud en un plazo de 10 días, y las direcciones provinciales concluirán las solicitudes en un plazo de 10 días.

En caso de cambio de dirección comercial o razón social, los certificados de autorización pertenecientes a las empresas contratadas se actualizarán automáticamente en un plazo de 10 días sin necesidad de realizar una solicitud adicional.

ENTRA EN VIGOR EL SISTEMA DE PAGO EN LAS OPERACIONES DE VENTA

Con el artículo añadido al reglamento, se aplicará un nuevo sistema de pago en la compraventa de bienes inmuebles. Según esto, en caso de que la totalidad o una parte del precio de venta se pague en efectivo, mediante transferencia bancaria o EFT, las operaciones se realizarán a través del sistema que garantiza que la transferencia de propiedad y el pago se produzcan simultáneamente.

En los préstamos utilizados a través de bancos o empresas financieras, este sistema se utilizará para los pagos distintos al importe del crédito. La comisión por servicio que se cobrará dentro del alcance del sistema se deducirá del importe que se transferirá al vendedor.

LOS MINISTERIOS CREARÁN UNA COMISIÓN CONJUNTA

En el marco de la regulación, se establecerá una comisión compuesta por representantes del Ministerio de Comercio y del Ministerio de Medio Ambiente, Urbanización y Cambio Climático para supervisar el funcionamiento del sistema de pago. El alcance del sistema, las excepciones y los detalles de la tarificación serán determinados por el Ministerio.

SE ESTABLECE UN CALENDARIO DE TRANSICIÓN PARA LA APLICACIÓN

Según el artículo transitorio, el uso del sistema de pago no será obligatorio en las ventas de bienes inmuebles que se realicen hasta el 1 de julio de 2026. El Ministerio de Comercio podrá prorrogar este plazo hasta por tres meses.

Mientras que la regulación entra en vigor en la fecha de su publicación, sus disposiciones serán ejecutadas por el Ministro de Comercio.