Publicado en el Boletín Oficial: Se acabó la era de pagar el alquiler en efectivo

Según la decisión del Comunicado General del Impuesto sobre la Renta publicada en el Boletín Oficial, los propietarios que alquilan viviendas y locales comerciales ahora están obligados a cobrar los pagos de alquiler exclusivamente a través de bancos, PTT o instituciones financieras privadas. Con esta decisión, se pone fin a la era de los pagos de alquiler en efectivo.

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La decisión del Comunicado General del Impuesto sobre la Renta del Ministerio de Hacienda y Finanzas ha sido publicada en el Boletín Oficial.

De acuerdo con esto, se ha hecho obligatorio que los propietarios que alquilan viviendas o locales comerciales cobren los pagos de alquiler a través de bancos, PTT o instituciones financieras privadas.

HABRÁ SANCIONES PARA QUIENES COBREN EL ALQUILER EN EFECTIVO

Según la nueva normativa, se podrán aplicar sanciones a los propietarios y arrendatarios que continúen realizando pagos de alquiler en efectivo. En consecuencia, a los propietarios y arrendatarios que no cobren o paguen el alquiler a través de entidades bancarias se les impondrá una sanción equivalente al 10% del importe del alquiler por cada transacción realizada.