Se acaba la era de 'no me des recibo y hazme un descuento'

El Ministerio de Hacienda, en el marco de las regulaciones para aumentar los ingresos, tiene como objetivo reducir el comercio informal imponiendo sanciones severas tanto a quienes no emiten documentos como recibos y facturas, como a quienes no los solicitan.

12punto

El Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el marco de las regulaciones para aumentar los ingresos, prevé reducir el comercio informal imponiendo sanciones severas tanto a quienes no emiten documentos como recibos y facturas, como a quienes no los solicitan.

En este contexto, destaca entre las propuestas preparadas por la Administración de Ingresos (GİB) la regulación de documentos en las compras, un tema que afecta a toda la sociedad.

Según la noticia de Hüseyin Gökçe en Ekonomim, actualmente se aplica una multa por irregularidad especial a quienes no emiten documentos como facturas y recibos, equivalente al 10% del importe y con un mínimo de 3.400 liras. En caso de que el comprador sea un consumidor y no un contribuyente, la multa se aplica en una proporción de 1/5.

SE AUMENTARÁN LAS MULTAS

La GİB prevé aumentar en el nuevo periodo la multa aplicada tanto a compradores como a vendedores. En este sentido, se propone que, en caso de incumplimiento de la normativa de emisión de documentos por parte de los vendedores, la multa mínima en la primera detección pase de 3.400 liras a 30.000 liras. Si el importe de la venta es elevado, se aplicará una multa por irregularidad especial del 30% del importe no facturado.

Sin embargo, los compradores podrán evitar la sanción si notifican a la GİB en un plazo de 5 días que no se emitió el documento.

SANCIONES SEVERAS PARA QUIENES PRESTEN SUS CUENTAS A TERCEROS

Se avecinan sanciones severas para las empresas que cobran sus ventas mediante transferencias a cuentas IBAN de familiares o terceros en lugar de utilizar la cuenta de la empresa, así como para quienes permiten que otros utilicen sus propias cuentas.

A ambas partes se les impondrá una multa por irregularidad especial equivalente al 10% del importe de la transacción, con un mínimo de 30.000 liras y un máximo de 20 millones de liras, aplicada a cada una por separado.

SE IMPONDRÁN MULTAS POR IRREGULARIDAD ESPECIAL

Por otro lado, también se prevén sanciones severas para quienes utilicen dispositivos POS pertenecientes a terceros y para quienes permitan que otros utilicen sus dispositivos POS, una práctica que ha sido frecuente últimamente.

En este contexto, se planea imponer a ambas partes multas por irregularidad especial que oscilarán entre 22.000 y 90.000 liras, dependiendo del tipo de contribuyente.