Comunicado del Ministerio de Educación a las 81 provincias: ¡La duración de las clases se reduce en algunas escuelas!
En el año académico 2026-2027, las horas de clase de 40 minutos en las escuelas públicas que cumplan con ciertas condiciones podrán reducirse hasta 30 minutos, de acuerdo con la planificación que realicen las gobernaciones. La medida abarcará a las escuelas que se hayan trasladado a otro edificio debido a obras de demolición y reconstrucción o refuerzo estructural, así como a aquellas que impartan educación en doble turno debido a la alta densidad de estudiantes.
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El Ministerio de Educación Nacional (MEB) ha establecido una regulación para reducir la duración de las clases en algunas escuelas públicas durante el año académico 2026-2027. En un documento enviado a las gobernaciones de las 81 provincias, firmado por el ministro Yusuf Tekin, se indicó que la hora de clase, establecida en 40 minutos en las instituciones de educación primaria y secundaria que cumplan con condiciones específicas, podrá reducirse hasta 30 minutos.
La medida no se aplicará como una norma general para todas las escuelas, sino que podrá implementarse en los centros educativos que lo necesiten, dentro del marco de la planificación realizada por las gobernaciones. En consecuencia, estarán cubiertas por esta medida las escuelas públicas que se hayan trasladado a otro edificio escolar debido a trabajos de demolición y reconstrucción, las que operen en un edificio diferente como parte de obras de refuerzo, o las que se vean obligadas a impartir educación en doble turno debido a la alta densidad de estudiantes.
LA DECISIÓN SE TOMARÁ SEGÚN LA PLANIFICACIÓN DE LA GOBERNACIÓN
En el documento del Ministerio, se enfatizó que la aplicación se evaluará dentro de las condiciones especificadas y estará limitada al año académico 2026-2027. Con la reducción de la hora de clase a 30 minutos, se busca reducir la intensidad en el uso de los edificios y ajustar los horarios de inicio y fin de las clases, especialmente en las escuelas que funcionan en doble turno.
En los reglamentos actuales, se establece que la hora de clase en las instituciones de educación secundaria es de 40 minutos y que los tiempos de descanso entre clases se determinan según las condiciones de la escuela. El documento también hace referencia a la disposición de que el tiempo de descanso entre clases no puede ser inferior a 10 minutos y el descanso del mediodía no puede ser inferior a 45 minutos; sin embargo, señala que estos tiempos pueden establecerse de forma más breve en las escuelas que imparten educación en doble turno.
Asimismo, se recordó que en el reglamento relativo a las instituciones de educación preescolar y primaria, la hora de clase es de 40 minutos; en las escuelas con jornada única, los tiempos de recreo están regulados con ciertos límites mínimos, mientras que en las escuelas con doble turno se reserva al menos 10 minutos para los recreos.
En el documento del Ministerio, se informó que, en este contexto, la duración de la hora de clase podrá reducirse hasta 30 minutos en las escuelas pertinentes, de acuerdo con la planificación de las gobernaciones.
'EL DESCANSO DEL MEDIODÍA NO SERÁ MENOR A 45 MINUTOS'
El documento del Ministerio incluye las siguientes declaraciones:
*a) Reglamento de Instituciones de Educación Secundaria del Ministerio de Educación Nacional.*
*b) Reglamento de Educación Preescolar e Instituciones de Educación Primaria del Ministerio de Educación Nacional.*
*En el primer párrafo del artículo 9, titulado "Duración de la clase y horas de trabajo diario" del Reglamento mencionado en el inciso (a): "La duración de una hora de clase en las instituciones de educación secundaria es de 40 minutos. Los tiempos de descanso entre clases son determinados por las administraciones escolares. Los horarios de inicio, finalización y descanso del mediodía de las clases se determinan de acuerdo con el calendario de trabajo provincial por una comisión presidida por el director de la escuela y compuesta por los jefes de departamento de la escuela, teniendo en cuenta las características de la institución de educación secundaria, los programas aplicados y las condiciones ambientales y de transporte. El tiempo de descanso entre clases no puede ser inferior a 10 minutos, y el tiempo de descanso del mediodía no puede ser inferior a 45 minutos. Sin embargo, estos tiempos pueden determinarse de forma más breve en las escuelas que imparten educación en doble turno." Además, en el primer párrafo del artículo adicional 3 del mismo Reglamento, titulado "Medidas a tomar en situaciones extraordinarias relativas a la educación, la enseñanza, la administración y el funcionamiento", se establece: "En situaciones que afectan la vida general a nivel de distrito, provincia o país, como epidemias, desastres naturales o condiciones climáticas adversas, los procedimientos, principios, criterios y regulaciones de cupos relativos a la educación, la enseñanza, la administración y el funcionamiento regulados por este Reglamento pueden ser determinados adicionalmente por el Ministerio."*
'SE RESERVA UN TIEMPO MÍNIMO DE 10 MINUTOS'
*En el inciso (a) del segundo párrafo del artículo 6 del Reglamento mencionado en el inciso (b), se establece: "La duración de una hora de clase es de 40 minutos. La administración escolar reserva al menos 20 minutos para un recreo en las escuelas con jornada única y al menos 15 minutos para los demás recreos, mientras que en las escuelas con doble turno se reserva al menos 10 minutos para los recreos."*
'PODRÁ APLICARSE HASTA 30 MINUTOS'
*En este contexto, en el año académico 2026-2027, en las instituciones públicas de educación primaria y secundaria que hayan sido trasladadas al edificio de otra escuela por estar sujetas a demolición y reconstrucción o refuerzo, o que impartan educación en doble turno debido a la alta densidad de estudiantes, la duración de una hora de clase, especificada como 40 minutos en los Reglamentos mencionados en los incisos (a) y (b), podrá reducirse hasta 30 minutos de acuerdo con la planificación que realicen las gobernaciones.*