La circular del MEB no impone una nueva prohibición de faldas y camisetas a los docentes: las normas están vigentes desde 2002

Contrariamente a lo que circula en redes sociales, la circular de 2026 del MEB no introduce una nueva prohibición de faldas o camisetas; la verdadera novedad es la implementación del uso de batas.

12punto

En una afirmación compartida en redes sociales el 4 de septiembre de 2026, se alegó que la última circular del Ministerio de Educación Nacional (MEB) imponía una prohibición a las docentes sobre el uso de "mallas, faldas, minifaldas, camisetas y pantalones vaqueros".

La afirmación, que obtuvo más de 1 millón de visualizaciones, surgió tras la publicación de la circular del MEB para el año académico 2026-2027.

En la publicación difundida en redes sociales se alegó que la circular del MEB introducía nuevas prohibiciones de vestimenta.

La afirmación difundida en redes sociales no refleja la realidad. Dicha circular no establece una nueva prohibición de vestimenta para los docentes; simplemente recuerda a los administradores educativos, docentes y trabajadores de la educación que deben actuar de acuerdo con la normativa de vestimenta vigente.

LA CIRCULAR NO ENUMERA LAS PRENDAS UNA POR UNA

El artículo 23 de la circular del MEB, con fecha del 19 de agosto de 2026 y titulada "Trabajos y Procedimientos Relacionados con el Año Académico 2026-2027", solicita que los trabajadores de la educación observen la dignidad de la profesión docente, la responsabilidad de representación y la cualidad de ser un ejemplo para los estudiantes. El artículo también especifica que se debe actuar de acuerdo con la seriedad del servicio público y la dignidad de la profesión en cuanto a la vestimenta, que los docentes deben usar batas y que la aplicación debe ser supervisada por las direcciones de educación nacional.

El artículo 23 de la circular de 2026 solicita que los docentes actúen conforme a la normativa vigente y utilicen batas.

Sin embargo, en este artículo no se enumeran prendas como mallas, camisetas, pantalones vaqueros o minifaldas. La circular hace referencia directa a las disposiciones del "Reglamento sobre la Vestimenta del Personal que Trabaja en Instituciones y Organizaciones Públicas".

Dicho reglamento entró en vigor en 1982. La sección relativa al personal femenino fue modificada en 2002, estableciendo que no se pueden usar pantalones elásticos, vaqueros o similares; que el largo de la falda no puede estar por encima de la rodilla y que no se pueden usar faldas con aberturas. Por lo tanto, estas restricciones no se introdujeron por primera vez con la circular publicada en 2026.

Las disposiciones pertinentes del reglamento de vestimenta del personal público ya estaban vigentes antes de la circular de 2026.

¿QUÉ SIGNIFICA LA AFIRMACIÓN SOBRE FALDAS Y CAMISETAS?

No existe una "prohibición general de faldas" en la normativa. Lo que está prohibido es que las faldas estén por encima de la rodilla o tengan aberturas. Por esta razón, no es correcto decir que las faldas por debajo de la rodilla y sin aberturas estén totalmente prohibidas. De manera similar, la palabra "camiseta" no aparece en el reglamento como una prohibición general; el texto establece que no se pueden usar camisas, blusas o vestidos sin mangas y con escotes muy pronunciados.

El cambio principal que destaca en la circular de 2026 es la implementación de la bata docente. El MEB había solicitado para el año académico 2023-2024 que se fomentara que los docentes eligieran usar batas. En la circular número 2026/70, la expresión se incluyó como "deben usar batas".

En la circular anterior del MEB se indicaba que se fomentaría que los docentes eligieran usar batas.

El Ministerio también recordó esta disposición en un documento enviado a las provincias el 4 de septiembre de 2026 y anunció la "Guía de Estándares de Batas Docentes". Con esta guía, se estandarizaron el modelo, la tela, las medidas y las especificaciones técnicas de las batas que utilizarán los docentes, tanto hombres como mujeres, y los docentes de educación preescolar.

La circular no impone una nueva prohibición de vestimenta; al tiempo que recuerda el cumplimiento del reglamento existente, convierte el uso de batas, cuyos estándares han sido determinados para los docentes, en una práctica que será supervisada.