Nueva era en los institutos: Publicado en el Boletín Oficial

Las modificaciones realizadas en el Reglamento de Instituciones de Educación Secundaria del Ministerio de Educación Nacional han sido publicadas en el Boletín Oficial. Las nuevas normativas abarcan la formación de docentes y directivos, las condiciones de repetición de curso por absentismo, los traslados de alumnos, los trámites de títulos y los procesos de equivalencia para estudiantes extranjeros.

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El Ministerio de Educación Nacional (MEB) ha introducido cambios en el Reglamento de Instituciones de Educación Secundaria. Con las normativas publicadas en el Boletín Oficial, se ha hecho obligatoria la formación para docentes y directivos, y se ha concedido el derecho a la educación a los alumnos que repiten curso por absentismo, bajo la condición de firmar un contrato con una empresa. Además, en caso de pérdida del título, se emitirá un certificado de situación académica en lugar de una reimpresión.

Con el nuevo reglamento, los docentes y directivos que trabajen en centros que admiten alumnos mediante puntuación de examen centralizado deberán completar la formación determinada por el ministerio en la Academia de Educación Nacional. Se crearán comisiones a nivel provincial y ministerial para la selección, supervisión y evaluación de estos centros. De este modo, los nombramientos se realizarán según criterios más transparentes y objetivos.

SI SE PIERDE EL TÍTULO, NO SE ENTREGARÁ UNO NUEVO 

Otro cambio importante en el reglamento se refiere a la pérdida de títulos. A partir de ahora, en caso de que el título se deteriore hasta quedar inutilizable o se pierda, no se emitirá un nuevo título; en su lugar, se entregará un certificado de situación académica.

DERECHO A LA EDUCACIÓN CON CONDICIÓN DE EMPRESA PARA ALUMNOS CON ABSENTISMO

También se ha introducido una nueva normativa para los alumnos que repiten curso por absentismo. Los estudiantes que tengan derecho a la educación podrán continuar sus estudios si firman un contrato con una empresa. Esta medida tiene como objetivo fomentar la formación profesional.

También se han realizado cambios en los trámites de equivalencia de los estudiantes extranjeros. Según esto, los alumnos que se matriculen antes de finales de octubre tendrán derecho a obtener el título.

OBLIGATORIEDAD DE INFORME EN LAS CLASES DE EDUCACIÓN FÍSICA

Se ha establecido la obligatoriedad de presentar un informe médico para aquellos alumnos con necesidades educativas especiales que no se encuentren en condiciones de participar en las actividades de las clases de educación física.

El reglamento establece que la Dirección General de Formación y Desarrollo Docente impartirá formación continua a los profesores de lenguas extranjeras.

Se ha decidido tomar las medidas necesarias para proteger a los alumnos de todo tipo de comportamientos negativos en el entorno educativo, colaborar más estrechamente con los padres y realizar los exámenes de recuperación de las asignaturas de Lengua y Literatura Turca y Lengua Extranjera en dos fases: escrita y práctica.

El Ministro de Educación Nacional ejecutará las disposiciones del reglamento.