Se revela que Fırat Sarı, líder de la 'banda de los recién nacidos', recurrió al TEDH y al Tribunal Constitucional para evitar el servicio militar prolongado

Fırat Sarı, uno de los líderes de la organización que obtenía ganancias ilícitas en Estambul derivando bebés a hospitales concertados y provocando su muerte por negligencia, declaró en su primera comparecencia: "Fui condenado por pertenencia a la organización PKK y estuve en prisión unos 5 años". Se ha revelado que, en 2019, Sarı presentó un recurso individual ante el Tribunal Constitucional (AYM) tras el rechazo de su solicitud para anular la decisión que lo excluyó del estatus de candidato a oficial de reserva, enviándolo a cumplir el servicio militar obligatorio como soldado raso.

Burak Demirbaş

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Burak Demirbaş    12punto.com.tr

Se había completado la investigación y preparado el pliego de cargos contra la banda que obtenía ganancias ilícitas derivando bebés a hospitales concertados en Estambul y que causó sus muertes deliberadamente mediante conductas negligentes.

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Mientras continúa el proceso de examen de la acusación por parte del tribunal, ha salido a la luz la declaración de uno de los líderes de la organización, Fırat Sarı.

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ESTUVO EN PRISIÓN POR EL PKK

Sarı declaró en su primera comparecencia: "Me gradué de la Facultad de Medicina de la Universidad de Trakya. Cuando estudiaba en la facultad de medicina, fui condenado por pertenencia a la organización PKK y estuve en prisión unos 5 años. Después de la cárcel, regresé a mis estudios, los terminé y me gradué".

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PRESENTÓ UN RECURSO INDIVIDUAL ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Se ha revelado que, en 2019, Sarı presentó un recurso individual ante el Tribunal Constitucional (AYM) alegando una violación de sus derechos, argumentando que se había vulnerado su derecho a ser juzgado por un tribunal imparcial e independiente.

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SOLICITÓ COMPLETAR EL SERVICIO COMO OFICIAL DE RESERVA

En la decisión del Tribunal Constitucional se menciona que Sarı, al señalar que ejercía como médico especialista, solicitó completar su servicio militar obligatorio como oficial de reserva; que "mediante un escrito del Ministerio de Defensa Nacional (MSB) con fecha 3/11/2008, se tomó la decisión de candidatura a oficial de reserva para el solicitante", y que "el 24/11/2008 se decidió modificar la candidatura a oficial de reserva a soldado raso debido a que el solicitante contaba con sentencias condenatorias por delitos que impiden ser oficial".

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Se reveló que Sarı presentó una demanda de anulación ante el Tribunal Superior Administrativo Militar (AYİM) contra la decisión de modificar su estatus de candidato a oficial de reserva a soldado raso de largo periodo, pero que en 2011 se decidió desestimar la demanda.

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¡TAMBIÉN ACUDIÓ AL TEDH!

En la decisión del Tribunal Constitucional también consta que, tras la denegación de su solicitud de rectificación de la sentencia, Sarı presentó una solicitud ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) alegando que había sufrido una violación de derechos debido a la decisión del AYİM y que se había vulnerado su derecho a ser juzgado por un tribunal imparcial e independiente, y que antes de que se emitiera una resolución, solicitó la reapertura del juicio ante el Tribunal Administrativo de Ankara en 2018.

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DECISIÓN SOBRE EL SERVICIO MILITAR PROLONGADO

El Tribunal Administrativo de Ankara decidió aceptar la solicitud al determinar que se cumplían las condiciones para la reapertura del juicio; como resultado del nuevo juicio, se dictó una sentencia de anulación.

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La sentencia motivada del tribunal incluyó las siguientes expresiones:

"Si bien se indica que la decisión de la administración de no nombrarlo oficial de reserva era correcta, se señala que las personas en la misma situación que el solicitante en cuanto a nivel educativo realizaron el servicio militar de corta duración, y considerando esta situación, se afirma que la asignación del solicitante como soldado raso de largo periodo constituye una forma de castigo, llegando a la conclusión de que el acto objeto de la demanda contraviene la equidad a la luz de los principios establecidos por el Tribunal Constitucional en la sentencia Kenan Özteriş (Expediente N.º: 2012/989, 19/12/2013, §§ 41-65)".

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EL MINISTERIO DE DEFENSA APELÓ

El Ministerio de Defensa Nacional (MSB), parte demandada, apeló la decisión del Tribunal Administrativo de Ankara.

En 2019, el Tribunal Administrativo Regional decidió por mayoría de votos aceptar la solicitud de apelación de la administración demandada, revocar la decisión del tribunal administrativo de 2018 y desestimar la demanda en su fondo de manera definitiva.

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DETALLE DE LA 'LEY DE REINSERCIÓN SOCIAL'

La sentencia motivada del Tribunal Administrativo Regional incluyó las siguientes expresiones:

"Si bien señala que la decisión de aceptación del tribunal de primera instancia respecto a la solicitud de reapertura del juicio del solicitante es conforme al procedimiento y a la ley de acuerdo con el artículo transitorio 9 de la Ley N.º 2577, indica que la decisión de anulación del acto no es acertada".

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"El Tribunal Administrativo Regional, señalando que el solicitante fue condenado a 12 años y 6 meses de prisión por ser miembro de la YCK, organización juvenil de la organización terrorista PKK, y por ayudar y encubrir a la organización terrorista PKK-YCK, y que dicha pena fue confirmada y quedó firme el 19/10/1998, indicó que el expediente penal del solicitante fue reexaminado en el marco de la Ley de Reinserción Social N.º 4959 de fecha 29/7/2003, que entró en vigor en 2003, que su pena fue modificada a 2 años y 6 meses mediante la emisión de una decisión complementaria, y que esta decisión también quedó firme tras pasar por el control de apelación; explicó detalladamente que tras la entrada en vigor del Código Penal Turco N.º 5237 de fecha 26/9/2004, se aplicó la ley más favorable el 9/2/2007, condenando al solicitante a 1 año, 6 meses y 22 días de prisión, y que la sentencia condenatoria quedó firme tras el control de apelación el 26/1/2010; a diferencia de la sentencia Kenan Özteriş del Tribunal Constitucional, afirmó que no existía una decisión de suspensión de la pena para el solicitante, que la fecha de restitución de los derechos prohibidos del solicitante era el 6/10/2016, que la pena impuesta al solicitante requería la expulsión del cuerpo de oficiales, que los reclutas con derecho a ser oficiales de reserva tienen derecho a beneficiarse del periodo de servicio militar de 6 meses, y llegó a la conclusión de que no era posible que el solicitante realizara el servicio como soldado raso de corta duración de seis meses según el artículo 5 de la Ley de Reclutamiento N.º 1111 de fecha 21/6/1927".

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PRESENTÓ UN RECURSO INDIVIDUAL EN 2019

En su recurso, Sarı alegó que las personas en su misma situación se beneficiaban del derecho a realizar el servicio militar como oficiales de reserva, que no permitirle realizar el servicio militar en el estatus de oficial de reserva considerando el delito cometido constituía una violación del principio de no discriminación y del principio de legalidad en los delitos y penas, que no era legal ser reclutado en un periodo en el que estaba inhabilitado para ejercer derechos públicos, que no pudo recibir salario debido a que realizó el servicio militar como soldado raso de largo periodo, que era contrario a la ley que el expediente fuera resuelto de manera definitiva por la apelación, que se le privó del derecho de acceso a los tribunales al no poder apelar la decisión, y que se violó su derecho a ser juzgado en un plazo razonable.

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DECISIÓN DE CADUCIDAD DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

El Tribunal Constitucional, subrayando que el recurso individual debe presentarse dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que se agotan las vías de recurso, o a partir de la fecha en que se tiene conocimiento de la violación si no se ha previsto una vía de recurso, decidió que el recurso era inadmisible por caducidad sin ser examinado.