¡Atención quienes sufren cambios frecuentes de puesto en el trabajo! Fallo precedente del Tribunal Supremo...

El Tribunal Supremo consideró como acoso laboral (mobbing) el cambio frecuente del lugar de trabajo de un empleado y la asignación de tareas que no se corresponden con su carrera profesional.

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Un joven que trabajaba como operador de computadoras en un hospital estatal bajo una empresa subcontratada rescindió su contrato alegando que el empleador cambiaba constantemente su lugar de trabajo, lo obligaba a realizar tareas que no le correspondían y lo sometía a mobbing (acoso psicológico).

El trabajador afectado acudió al Tribunal Laboral y solicitó el cobro de su indemnización por antigüedad y el pago de sus vacaciones anuales. El abogado de la empresa demandada rechazó las acusaciones. El tribunal dictaminó que la alegación del demandante sobre haber sido objeto de acoso psicológico no estaba probada y que se trataba simplemente de una incomodidad con las prácticas del lugar de trabajo. Tras la apelación del demandante, intervino la 7.ª Sala de Derecho Civil del Tribunal Supremo.

SE ANULÓ LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL

En la decisión, se recordó que el demandante, quien trabajaba como operador de computadoras, sufría cambios frecuentes de puesto. Se destacó que, finalmente, fue asignado a una tarea en la puerta del quirófano que no tenía relación con su cargo ni con su experiencia previa, y que además contradecía su carrera profesional. Se señaló que, según los testimonios de los testigos del demandante, se entendía que estos cambios se realizaban con el objetivo de que el trabajador renunciara. Al calificar estas prácticas como mobbing, se anuló la decisión del tribunal.

¡FALLO PRECEDENTE!

En el nuevo juicio, el Tribunal Laboral decidió que el demandante había sido víctima de mobbing. Se recordó que el lugar de trabajo del demandante era cambiado con frecuencia y que, finalmente, fue asignado a una tarea en la puerta del quirófano que no tenía relación con su cargo ni con su experiencia previa, contradiciendo su carrera profesional. El tribunal dictaminó la aceptación de la indemnización por antigüedad debido a que el trabajador fue sometido a acoso psicológico. En esta ocasión, tras la apelación del abogado de la parte demandada, intervino la 9.ª Sala de Derecho Civil del Tribunal Supremo. La Sala ratificó la decisión del Tribunal Laboral, considerando que asignar a un trabajador una tarea que contradice su carrera profesional constituye mobbing.