Decisión que afecta a los empleados públicos: Ahora esto también se incluye en el horario laboral

Una importante decisión recomendada que afecta a los empleados públicos establece que el personal que participe en formaciones internas fuera del horario laboral tiene derecho a permisos o al pago de horas extras.

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Un especialista en medicina de urgencias que trabaja en un hospital público presentó una queja ante la Institución del Defensor del Pueblo (KDK) tras no recibir compensación económica ni permisos después de asistir a una formación interna de 8 horas realizada al finalizar su jornada laboral. La KDK evaluó dicha formación como "trabajo extraordinario" y recomendó que se concediera al empleado, en primer lugar, un permiso y, en caso de que esto no fuera posible, que se le abonara el pago por horas extras.

El especialista en medicina de urgencias que presentó la solicitud argumentó que la formación estaba programada completamente fuera del horario de servicio y que no se le había concedido ningún pago adicional ni permiso, por lo que solicitó que se respetaran sus derechos.

En el texto de la decisión de la Institución del Defensor del Pueblo, se señaló que la formación interna en cuestión se llevó a cabo fuera del horario laboral del solicitante y que dicho programa es importante para el desarrollo profesional. En la resolución, se hizo referencia a la intensidad del servicio en el sector sanitario y se subrayó la importancia de establecer un equilibrio entre el derecho al descanso de los trabajadores y la eficiencia laboral.

Asimismo, se indicó que los permisos obtenidos como resultado de horas extraordinarias deben disfrutarse dentro del mismo año. La institución, al tiempo que hacía referencia a la libertad de las administraciones para decidir sobre la concesión de permisos, señaló que, en los casos en que no sea posible conceder el permiso, es obligatorio pagar la remuneración correspondiente a las horas extraordinarias.

En la decisión también se incluyó la siguiente declaración: “Cualquier práctica en sentido contrario constituiría una violación de los artículos de la Constitución que regulan la prohibición de trabajos forzados y el principio de que el salario es la contraprestación del trabajo”. Con esta decisión, se ha sentado un precedente importante sobre cómo deben evaluarse las formaciones internas y las tareas fuera del horario laboral en las instituciones públicas en términos de derechos de los trabajadores.