Proyecto de ley sobre menores infractores en el Parlamento: se abre la vía a la cadena perpetua para jóvenes de 15 a 18 años
El proyecto de ley presentado por el AKP ante la Gran Asamblea Nacional de Turquía (TBMM) abre la posibilidad de imponer penas de cadena perpetua a menores de entre 15 y 18 años. También se prevén penas de prisión para los adultos que no aseguren sus armas.
12punto
El AKP ha presentado ante la Presidencia de la Gran Asamblea Nacional de Turquía (TBMM) un proyecto de ley de 18 artículos que contempla modificaciones en siete leyes distintas relativas a los menores infractores. En la justificación general de la propuesta, se destacaron factores como los recientes incidentes de violencia grave perpetrados por menores, el acoso escolar y la explotación de niños por parte de organizaciones criminales.
Según la nueva normativa, se modificarán los porcentajes de reducción de pena por minoría de edad establecidos en las leyes vigentes. En los delitos que conllevan cadena perpetua agravada, la pena para los menores de 15 a 18 años aumentará de 12-15 años a 13-18 años. En los casos que requieren cadena perpetua, este periodo se elevará de 9-11 años a 10-12 años.
Además, para los menores del grupo de edad de 15 a 18 años que cometan delitos de homicidio doloso y lesiones agravadas por el resultado, no se podrá aplicar la reducción por edad, teniendo en cuenta criterios como la forma de comisión del delito, el motivo perseguido y los antecedentes penales. De este modo, será posible que los menores de este grupo de edad reciban penas de cadena perpetua.
Con la propuesta, la expresión "menor arrastrado al delito" en la legislación se cambiará por "menor en proceso judicial" con el fin de evitar prejuicios durante la fase de investigación. También se realizarán cambios importantes en el sistema de ejecución penal, poniendo fin a la práctica de que las penas de los menores condenados se cumplan directamente en centros de educación para menores. La ejecución comenzará en instituciones penitenciarias cerradas para menores y solo se podrá realizar el traslado a centros de educación tras la determinación de buena conducta.
Por otro lado, la norma actual que computa cada día que el menor pasa en una institución penitenciaria como dos días, dejará de ser válida para los delitos de homicidio doloso, delitos contra la libertad sexual, tráfico de drogas y formación de organizaciones criminales.
Otro punto destacado del proyecto de ley se refiere al armamento individual y la negligencia. En caso de que se mantengan armas de fuego en entornos como hogares o vehículos sin tomar las medidas de seguridad necesarias y estas armas sean obtenidas por menores, se impondrán penas de prisión de 1 a 3 años a las personas que actúen en contra del deber de diligencia.