Decisión de 'deportación' desde Alemania: 'No hay peligro para su seguridad personal en su país'

En Alemania, se ha confirmado una sentencia judicial que rechazó la solicitud de estatus de protección temporal de un ciudadano sirio, argumentando que su seguridad personal no corre peligro en su país de origen. En la decisión también se señaló que no se le concederá el estatus temporal.

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En Alemania, ha quedado firme una sentencia judicial, considerada un punto de inflexión por su carácter de precedente, que rechazó la solicitud de estatus de protección temporal de un ciudadano sirio bajo el argumento de que no estaría seguro en su país.

Según informa DW Türkçe, el Tribunal Superior Administrativo (OVG) de Münster, en el estado de Renania del Norte-Westfalia, rechazó la solicitud de protección temporal en su decisión del 16 de julio, señalando la existencia de regiones en Siria donde la seguridad de los civiles no está en peligro, y cerró la vía de apelación. Al no presentarse objeciones dentro del plazo legal, la sentencia ha quedado firme.

El demandante, proveniente de la provincia de Hasaka, en el noreste de Siria, había sido condenado anteriormente en Austria por ser miembro de una red de tráfico de personas que operaba hacia Europa a través de Turquía. En 2014, ingresó a Alemania y presentó una solicitud de asilo ante la Oficina Federal para la Migración y los Refugiados. Tras ser rechazada su solicitud de asilo, al ciudadano sirio tampoco se le concedió el estatus de protección temporal debido a sus actividades de tráfico de personas. El sirio, que recurrió al Tribunal Administrativo de Münster alegando que su seguridad personal corría peligro debido a la guerra civil en Siria, ganó el caso en primera instancia; sin embargo, el Tribunal Superior Administrativo (OVG) de Münster, ante el cual la Oficina Federal para la Migración y los Refugiados apeló la decisión, dio la razón a la Oficina.

'LOS CIVILES NO ESTÁN EN PELIGRO EN HASAKA'

En la fundamentación de la sentencia del OVG, se reconoció que en la provincia de Hasaka, de donde proviene el demandado, existen conflictos armados entre Turquía y grupos respaldados por Turquía frente a grupos kurdos, y que el EI también realiza ataques ocasionales contra instituciones kurdas; no obstante, se señaló que los civiles ya no se encuentran bajo peligro de muerte o lesiones.

En la decisión judicial, se indicó que el demandado tampoco corre peligro de persecución política en Siria y que, considerando el delito de tráfico de personas que cometió anteriormente, no puede ser reconocido como refugiado. En el fallo se dictaminó que, al no estar en peligro su vida en Siria, no se le puede conceder el estatus de protección temporal.