Firmadas las firmas oficiales entre Irán y EE. UU., se ha alcanzado un acuerdo: Aquí está el texto de paz de 14 puntos
El portavoz del Ministerio de Asuntos Exteriores de Irán, Esmail Baghaei, informó que los puntos del memorando de entendimiento para poner fin a la guerra entre Irán y Estados Unidos han sido finalizados y firmados oficialmente. La prensa estadounidense, por su parte, compartió el texto del acuerdo de 14 puntos.
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Se ha llegado a la etapa final en el proceso de paz destinado a poner fin a la guerra entre Estados Unidos e Irán. Tras largas negociaciones, se había indicado que ambos países habían llegado a un consenso y se esperaba la firma del acuerdo.
El memorando de entendimiento alcanzado entre Estados Unidos e Irán ha entrado en vigor tras ser firmado por el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, y el presidente de Irán, Masoud Pezeshkian.
El portavoz del Ministerio de Asuntos Exteriores de Irán, Esmail Baghaei, también anunció que el memorando de entendimiento de 14 puntos ha sido firmado oficialmente.
El Ministerio de Asuntos Exteriores de Irán declaró que el acuerdo fue firmado digitalmente por los líderes de ambos países y puesto en marcha.
Funcionarios estadounidenses también confirmaron la firma del acuerdo en declaraciones a la prensa israelí.
CNN ANUNCIÓ LOS PUNTOS DEL ACUERDO
Mientras los detalles del acuerdo generaban gran interés, surgió una afirmación llamativa en la prensa estadounidense.
Según CNN, Estados Unidos compartió con el público el texto oficial del memorando de entendimiento alcanzado con Irán el pasado fin de semana.
CONSTA DE UN TOTAL DE 14 PUNTOS
El documento oficial de 14 puntos, titulado "Memorando de Entendimiento de Islamabad", incluye la reapertura del Estrecho de Ormuz al tránsito comercial, el alivio de algunas restricciones financieras impuestas a Irán y una hoja de ruta sobre cómo abordar el programa nuclear en las próximas conversaciones técnicas.
Un alto funcionario estadounidense señaló que el objetivo principal de este texto es abrir inmediatamente el Estrecho de Ormuz al tráfico civil y obligar a Irán a destruir sus materiales nucleares.
INICIARÁ UN PROCESO DE NEGOCIACIÓN DE 60 DÍAS
El acuerdo, cuya firma presencial está prevista para el próximo viernes en Suiza, iniciará un proceso de 60 días para negociar los términos de un acuerdo final permanente.
En consecuencia, el Acuerdo de Entendimiento de Islamabad entre los Estados Unidos de América y la República Islámica de Irán es el siguiente;
SE COMPROMETIERON A NO INTERFERIR EN LOS ASUNTOS INTERNOS
1 - Los Estados Unidos de América, la República Islámica de Irán y sus aliados en la guerra actual, firman este Memorando de Entendimiento (MOU) con el fin de declarar el cese inmediato y permanente de las operaciones militares en todos los frentes, incluido el Líbano; se comprometen a partir de ahora a no iniciar ninguna guerra u operación militar entre sí, a abstenerse de usar la fuerza o la amenaza de usar la fuerza contra el otro, y a garantizar la integridad territorial y la soberanía del Líbano. El acuerdo final confirmará el cese permanente de la guerra en todos los frentes, incluido el Líbano, y las demás disposiciones de este párrafo.
2 - Los Estados Unidos de América y la República Islámica de Irán se comprometen a respetar la soberanía y la integridad territorial del otro y a abstenerse de interferir en los asuntos internos de cada uno.
SE PONDRÁ FIN AL BLOQUEO NAVAL
3 - Los Estados Unidos de América y la República Islámica de Irán se comprometen a negociar y alcanzar el acuerdo final en un plazo máximo de 60 días, prorrogable por consentimiento mutuo.
4 - Inmediatamente después de la firma de este Memorando de Entendimiento, los Estados Unidos de América comenzarán a levantar el bloqueo naval y cualquier tipo de obstrucción o intervención contra la República Islámica de Irán, y pondrán fin por completo al bloqueo naval en un plazo de 30 días. Durante este período, el tráfico marítimo será restablecido por la República Islámica de Irán de acuerdo con el volumen de tráfico anterior a la guerra. Estados Unidos también se compromete a retirar sus fuerzas de las inmediaciones de la República Islámica de Irán dentro de los 30 días posteriores al acuerdo final.
300 MIL MILLONES DE DÓLARES PARA LA RECONSTRUCCIÓN DE IRÁN
5 - Tras la firma de este Memorando de Entendimiento, la República Islámica de Irán hará sus mejores esfuerzos para realizar los arreglos necesarios, limitados a solo 60 días, para el paso seguro y gratuito de buques comerciales desde el Golfo Pérsico hacia el Mar de Omán y viceversa. El tráfico de buques comerciales comenzará de inmediato y se consolidará por completo en un plazo de 30 días, teniendo en cuenta la eliminación de obstáculos técnicos y militares y las labores de limpieza de minas que llevará a cabo la República Islámica de Irán. La República Islámica de Irán mantendrá un diálogo con el Sultanato de Omán, consultando con otros estados ribereños del Golfo Pérsico, con el fin de determinar la futura gestión y los servicios marítimos en el Estrecho de Ormuz, de acuerdo con el derecho internacional vigente y los derechos soberanos de los estados ribereños del Estrecho de Ormuz.
6 - Los Estados Unidos de América se comprometen a desarrollar, junto con sus socios regionales, un plan concreto y mutuamente acordado de al menos 300 mil millones de dólares estadounidenses para la reconstrucción y el desarrollo económico de la República Islámica de Irán. El mecanismo para la implementación de este plan se finalizará como parte del acuerdo final dentro de 60 días. Todas las licencias, exenciones y permisos necesarios para las transacciones financieras pertinentes serán otorgados por los Estados Unidos de América.
IRÁN NO DESARROLLARÁ ARMAS NUCLEARES
7 - Los Estados Unidos de América se comprometen a poner fin a todo tipo de sanciones contra la República Islámica de Irán, incluidas las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, las decisiones de la Junta de Gobernadores del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) y todas las sanciones primarias y secundarias unilaterales de EE. UU., dentro de un marco de tiempo que se determinará como parte del acuerdo final. La República Islámica de Irán y los Estados Unidos de América reconocen la importancia crítica de la cuestión del levantamiento de las sanciones mencionadas anteriormente y expresan su intención de abordar estos temas de inmediato en las negociaciones con el fin de llegar a un consenso mutuo.
8 - La República Islámica de Irán reafirma que no adquirirá ni desarrollará armas nucleares. Los Estados Unidos de América y la República Islámica de Irán han acordado resolver el destino de las existencias de material enriquecido mediante el método de dilución in situ (down-blend) bajo la supervisión del OIEA, de acuerdo con un mecanismo que se determinará mutuamente y conforme al calendario especificado en el séptimo párrafo. Las dos partes también han acordado discutir la cuestión del enriquecimiento y otros asuntos determinados mutuamente relacionados con las necesidades nucleares de la República Islámica de Irán, basándose en un marco satisfactorio que se acordará en el acuerdo final. El acuerdo final confirmará las disposiciones de este párrafo y la República Islámica de Irán reconoce la importancia crítica de los temas nucleares mencionados anteriormente. Las partes expresan su intención de abordar estos temas de inmediato en las negociaciones con el fin de llegar a un consenso mutuo.
EE. UU. NO APLICARÁ SANCIONES ADICIONALES
9 - Hasta el acuerdo final, los Estados Unidos de América y la República Islámica de Irán acuerdan mantener la situación actual (statu quo). La República Islámica de Irán mantendrá el estado actual de su programa nuclear, mientras que los Estados Unidos de América no aplicarán nuevas sanciones ni enviarán fuerzas militares adicionales a la región.
10 - Los Estados Unidos de América se comprometen a emitir exenciones (waivers) por parte del Departamento del Tesoro de los EE. UU. para todos los servicios relacionados, incluidos la exportación de petróleo crudo, productos derivados del petróleo y derivados de Irán, así como transacciones bancarias, seguros, transporte, etc., inmediatamente después de la firma de este Memorando de Entendimiento y hasta que las sanciones se levanten por completo.
SE LIBERARÁN LOS FONDOS RESTRINGIDOS DE IRÁN
11 - Los Estados Unidos de América se comprometen a poner a plena disposición los fondos y activos congelados o restringidos de la República Islámica de Irán con la entrada en vigor de este Memorando de Entendimiento. Los Estados Unidos de América y la República Islámica de Irán acordarán mutuamente los procedimientos para la liberación de estos fondos durante las negociaciones. Dichos fondos, independientemente de si se mantienen en la cuenta original o se transfieren, estarán totalmente disponibles para realizar pagos a cualquier destinatario final designado por el Banco Central de la República Islámica de Irán. Los Estados Unidos de América se comprometen a emitir todas las licencias y permisos necesarios en consecuencia.
12 - Los Estados Unidos de América y la República Islámica de Irán acuerdan establecer un mecanismo ejecutivo para monitorear la implementación exitosa de este Memorando de Entendimiento y el cumplimiento del futuro acuerdo final.
COMENZARÁN LAS NEGOCIACIONES PARA EL ACUERDO FINAL
13 - Tras la firma de este Memorando de Entendimiento y sujeto a la condición de que se comiencen a implementar los párrafos 1, 4, 5, 10 y 11 de este memorando y se mantengan estas medidas sin interrupción; los Estados Unidos de América y la República Islámica de Irán iniciarán negociaciones exclusivamente sobre los demás párrafos con miras a un acuerdo final.
14 - El acuerdo final será ratificado mediante una resolución vinculante del Consejo de Seguridad de la ONU.