¡Decisión del Tribunal Constitucional sobre el video de 'Fotoroman Süleyman' de Kemal Kılıçdaroğlu!
El Tribunal Constitucional (AYM) ha dictaminado que se violó la libertad de expresión en relación con el video del candidato presidencial de la Alianza de la Nación en las elecciones de mayo, Kemal Kılıçdaroğlu, en el que describía el tráfico de drogas en Turquía y que incluía secciones sobre Süleyman Soylu.
12punto
El Tribunal Constitucional ha emitido su fallo sobre el video de 'tráfico de drogas' del ex presidente del CHP, Kemal Kılıçdaroğlu, en el que también se mencionaba a Süleyman Soylu, y que fue publicado durante su campaña electoral para las elecciones del 14 al 28 de mayo a través de sus videos nocturnos.
El 4º Juzgado de Paz Penal de Ankara había impuesto una prohibición sobre el video tras una denuncia presentada ante la justicia por la Dirección General de Seguridad.
El columnista de Cumhuriyet, Barış Terkoğlu, quien abordó el tema en su columna, señaló que el Tribunal Constitucional decidió que se violó la libertad de expresión de Kemal Kılıçdaroğlu. Según la decisión del Tribunal Constitucional, se pagarán 18 mil liras a Kılıçdaroğlu en concepto de indemnización por daños morales y el expediente fue enviado al 4º Juzgado de Paz Penal de Ankara para un nuevo juicio.
'¿ESTÁ OBLIGADO A CUMPLIR?'
Terkoğlu, en su artículo donde también recordó el proceso judicial, planteó la cuestión de si el tribunal local está obligado a cumplir con la decisión del Tribunal Constitucional.
La sección relevante del artículo es, en resumen, la siguiente:
"No fue el entonces ministro del Interior, Soylu, sino la Dirección General de Seguridad bajo su mando la que acudió al tribunal. Solicitó una orden de bloqueo de acceso a la publicación de Kılıçdaroğlu.
En el video se criticaba a quienes facilitaban el tráfico de drogas. ¿Por qué debería molestarse la policía? Como todos sabemos, el político que dirige la 'organización' había utilizado a la policía estatal como instrumento para sus propios ajustes de cuentas políticos. El 4º Juzgado de Paz Penal de Ankara prohibió el video el 4 de noviembre. Las expresiones contenidas en la decisión eran muy interesantes:
'Dado que no se especificó ninguna información, documento o evento concreto sobre las acusaciones señaladas, y que las declaraciones indicadas superan los límites de la crítica política y tienen un carácter que imputa delitos contra la personalidad jurídica de todas las instituciones estatales que luchan contra las drogas, provocando así que se sacuda la confianza en las instituciones estatales dentro y fuera del país, y visto que las declaraciones objeto de la solicitud tienen un carácter que viola los derechos personales...'
Las objeciones presentadas por Kılıçdaroğlu no dieron resultado. El 12 de diciembre, su abogado Celal Çelik presentó un recurso ante el Tribunal Constitucional. Y salió la decisión...
Según la decisión, el Tribunal Constitucional no examinó directamente la solicitud de Kılıçdaroğlu. La combinó con una serie de expedientes. Finalmente, decidió que se violó la libertad de expresión de Kılıçdaroğlu. Dictaminó una indemnización por daños morales de 18 mil liras. Y envió el expediente al 4º Juzgado de Paz Penal de Ankara para un nuevo juicio.
¿Está obligado a cumplir? En teoría sí, pero a juzgar por la decisión sobre Can Atalay, ¡el juez podría decir '¿Qué me importa el Tribunal Constitucional!'"