Finalizada la reforma estatutaria en el CHP: Estas son las decisiones tomadas...
Con la reforma estatutaria aprobada en el 20.º Congreso Extraordinario del CHP, una persona podrá ser elegida como máximo por tres mandatos consecutivos como diputado, alcalde, o miembro de asambleas municipales o provinciales. La aplicación de la regla de mandatos para los diputados comenzará a partir del 27.º periodo legislativo de la Gran Asamblea Nacional de Turquía (TBMM), formado tras las elecciones del 24 de junio de 2018.
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Ha concluido el 20.º Congreso Extraordinario del CHP, convocado en el ATO Congresium con el objetivo de reformar los estatutos del partido.
Con la modificación realizada en los estatutos del partido, el presidente general será sustituido por el secretario general y, en el orden determinado por el reglamento de protocolo, por los vicepresidentes generales.
El presidente y los vicepresidentes del grupo parlamentario en la TBMM han sido incorporados al Comité Ejecutivo Central (MYK), el órgano de gestión más alto del partido. El orden del secretario general en el MYK se ha situado por delante del de los vicepresidentes generales.
En el artículo 41 de los estatutos se ha añadido la siguiente cláusula: "Para ser candidato a la presidencia en los congresos, se requiere la propuesta por escrito de al menos el 10% y como máximo el 15% del número total de miembros del congreso. Los candidatos no podrán recoger más del 15% de las firmas ni presentarlas ante la presidencia del congreso."
Para ser candidato a la presidencia general, se requerirá la propuesta por escrito de al menos el 5% y como máximo el 10% del número total de miembros del congreso. No se podrán presentar más del 10% de las firmas ante la presidencia de la mesa. El actual presidente general podrá ser candidato si así lo desea, pero no podrá recoger firmas para sí mismo ni se podrán recoger firmas en su nombre.
EL CONSEJO DEL PARTIDO DECIDIRÁ EL MÉTODO
Con la reforma, se ha especificado que los métodos para determinar a los candidatos para la membresía en la TBMM son: elecciones primarias, elecciones primarias bajo supervisión de la organización, selección de candidatos, selección de candidatos bajo supervisión de la organización y selección central. Según los estatutos, el método que se aplicará en cada distrito electoral será decidido por el Consejo del Partido (PM) de acuerdo con la opinión de las organizaciones provinciales.
En las elecciones primarias y la selección de candidatos bajo supervisión de la organización, los resultados electorales serán determinados por decisión del PM y notificados al Consejo Supremo Electoral (YSK) según el método de selección central.
La decisión del PM tiene carácter de determinación y no podrá alterar los resultados electorales definitivos. En las papeletas de votación utilizadas en estos métodos, se tomarán medidas para garantizar un equilibrio en la distribución de los candidatos por región, género, edad y profesión. Para ello, los principios de votación se determinarán mediante reglamento según las características de cada distrito electoral.
En los distritos electorales donde se realicen elecciones primarias o selección de candidatos bajo supervisión de la organización, el PM podrá determinar hasta el 15% del número total de miembros de la TBMM como cuota de la sede central. Esta cuota podrá ser de hasta el 15% del número total de diputados en cada distrito electoral.
El PM, utilizando métodos de medición y evaluación, reservará las plazas asignadas a la cuota de la sede central: hasta un tercio para la organización provincial, hasta un tercio para los miembros de las ramas juveniles y femeninas, y hasta un tercio para los miembros actuales del partido en la TBMM. Al menos una cuarta parte de las plazas reservadas para los miembros de las ramas juveniles y femeninas se asignará a puestos que fueron elegidos como diputados en las elecciones anteriores.
En la selección central, los candidatos serán determinados directamente por el PM.
Aquellos que participen en elecciones primarias, elecciones primarias bajo supervisión de la organización, selección de candidatos o selección de candidatos bajo supervisión de la organización no podrán postularse para la selección central, candidatura central o cuota de la sede central.
Se incluirá a un candidato con discapacidad en el primer puesto de la lista de candidatos de al menos un distrito electoral.
REGLA DE LOS TRES MANDATOS
Según los estatutos, una persona podrá ser elegida diputado por un máximo de tres mandatos consecutivos. No se contabilizarán los periodos legislativos en los que las elecciones se renovaron antes de completar la mitad del mandato.
No se exigirá la condición de mandato en los métodos de elecciones primarias, elecciones primarias bajo supervisión de la organización, selección de candidatos y selección de candidatos bajo supervisión de la organización. En los distritos electorales donde el partido no tiene diputados, la regla de mandato podrá no aplicarse mediante propuesta del Comité Ejecutivo Central y decisión del PM con el fin de obtener representación o aumentar los votos del partido.
Según el artículo adicional añadido, la aplicación de la regla de mandato comenzará a partir del 27.º periodo legislativo de la TBMM, formado tras las elecciones del 24 de junio de 2018.
PROCESO DE SELECCIÓN DE CANDIDATOS EN ELECCIONES LOCALES
La regla de los tres mandatos también se aplicará en el proceso de selección de candidatos para las elecciones locales. En consecuencia, una persona podrá ser elegida como máximo por tres mandatos consecutivos como alcalde, o miembro de asambleas municipales o provinciales.
No se exigirá la condición de mandato en los métodos de elecciones primarias, elecciones primarias bajo supervisión de la organización, selección de candidatos y selección de candidatos bajo supervisión de la organización. La excepción de mandato en caso de cambio de distrito electoral podrá aplicarse mediante propuesta del Comité Ejecutivo Central y decisión del PM.
En las elecciones primarias y selección de candidatos bajo supervisión de la organización, en las candidaturas a diputado, asamblea provincial y asamblea municipal determinadas por elección, en la elección del consejo del partido y del consejo superior de disciplina, en la elección de las juntas directivas provinciales y distritales, y en la elección de delegados provinciales y delegados al congreso, se aplicará una cuota de género del 50% y una cuota juvenil del 30%. Las cuotas de género y juventud se incrementarán gradualmente en los congresos.
Esta cuota se aplicará como un 10% de cuota juvenil para el rango de edad de 18-25 años y un 20% de cuota de edad laboral para el rango de 26-40 años.
En caso de haber solicitud de candidatura, al menos una persona con discapacidad formará parte de las juntas directivas distritales y provinciales, así como del PM.
En los procedimientos de remisión a disciplina, se tendrá en cuenta el cargo que ocupaba el interesado en la fecha en que cometió la falta partidaria para determinar el órgano de remisión y el consejo de disciplina competente.
La autoridad para indultar las penas definitivas recaerá en el PM, previa consulta al Consejo Superior de Disciplina y, si la afiliación al partido continúa, al presidente o secretario en funciones en la fecha en que la pena quedó firme.
Por otro lado, también se han realizado ajustes en algunos artículos del reglamento del congreso del partido.
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