Juicio de Ahmet Özer por la anulación del administrador judicial: Esta es la defensa de Özer...
El alcalde de Esenyurt por el CHP, Ahmet Özer, compareció ante el tribunal en el caso que presentó para la anulación del administrador judicial (kayyum) designado en su lugar tras ser detenido y destituido de su cargo. Özer, quien calificó la práctica del administrador judicial como un golpe a la voluntad popular, declaró: “Este no es solo mi caso; es el caso de Şişli, Ovacık y de 156 municipios”. El tribunal anunciará su decisión tras examinar el expediente.
12punto
La audiencia del caso de “anulación del administrador judicial” presentado por el alcalde de Esenyurt por el CHP, Ahmet Özer, quien fue detenido y destituido de su cargo, se llevó a cabo en Estambul.
Al tomar la palabra en el tribunal, Özer evaluó la medida no solo desde su perspectiva personal, sino como una violación de la fe del pueblo en las urnas y del orden constitucional.
En su defensa, Özer declaró lo siguiente:
“Hoy no estoy aquí solo en mi nombre. Estoy aquí por la restauración de los artículos 2, 5 y 127 de nuestra Constitución, que han sido violados. Estoy aquí para oponerme a aquellos que, por estar en el poder, creen que pueden interpretar y aplicar las leyes arbitrariamente como les plazca. Hoy estoy aquí por los 156 municipios a los que se les ha asignado un administrador judicial. Estoy aquí por Şişli y Ovacık”.
LA DEFENSA DE ÖZER
La defensa de Özer, expuesta durante la audiencia, es la siguiente:
1- Hoy no estoy aquí solo en mi nombre.
Estoy aquí por los derechos y la legalidad del pueblo de Esenyurt, compuesto por 1,5 millones de personas.
2- Hoy no estoy aquí solo en mi nombre.
Estoy aquí por las 228 mil personas que votaron por mí, por su derecho a elegir y ser elegidos. Entré con la voz, la palabra y el saludo de 227.608 votantes. Esta cifra no es solo un número; esta cifra es un pueblo. Esta cifra es voluntad, es soberanía, es una decisión constitucional.
La voluntad que represento no es solo la de un partido político, sino la voluntad de aquellos que han sido marginados, ignorados y despreciados durante años.
Hoy aquí no solo se trata de una violación de derechos individuales, sino de un expolio social, una sacudida del orden constitucional y la ruptura de la fe del pueblo en su futuro. Porque el asunto no es solo un cargo; es que el titular de ese cargo fue determinado por la voluntad del pueblo. Y esa voluntad ha sido usurpada mediante un acto administrativo, alegando la existencia de un expediente de investigación.
3- Hoy no estoy aquí solo en mi nombre.
Hoy estoy aquí por la restauración de los artículos 2, 5 y 127 de nuestra Constitución, que han sido violados.
4- Hoy no estoy aquí solo en mi nombre.
Hoy estoy aquí para corregir los errores de aquellos que, por estar en el poder, creen que pueden interpretar y aplicar las leyes arbitrariamente como les plazca.
5- Hoy no estoy aquí solo en mi nombre.
Hoy estoy aquí por los 156 municipios a los que se les ha asignado un administrador judicial. Estoy aquí por Şişli y Ovacık.
Por lo tanto, la decisión que ustedes tomen hoy aquí será un hito para el Derecho Administrativo turco.
COMO CONCLUSIÓN
Estoy aquí para defender los derechos de los votantes del municipio de Esenyurt, que posee la población más numerosa de Turquía. La decisión que ustedes tomen en este caso determinará si se vulneran o no los derechos de cerca de un millón de ciudadanos. Por esta razón, pueden considerar que cientos de miles de personas son parte interesada en este caso junto a mí...
Además, considerando el proceso de paz en curso, el resultado de este caso será una decisión histórica en cuanto a que también concierne a otros municipios donde se han nombrado administradores judiciales. Asimismo, aliviará enormemente la posición de los partidos políticos que llevan a cabo el proceso de paz (tanto el gobierno que aplica las medidas de administración judicial como los partidos que han sido objeto de estas prácticas).
Señor Presidente,
Señores jueces,
1- EL SIGNIFICADO DE LA ELECCIÓN Y LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES ESTÁN BAJO AMENAZA.
“JUSTICIA EN LA PARTICIPACIÓN”
La elección no es solo un procedimiento; es una declaración sagrada de voluntad mediante la cual el pueblo ejerce su soberanía. Esta declaración se basa en el principio expresado en el artículo 6 de nuestra Constitución: “La soberanía reside incondicionalmente en la nación”. La manifestación más concreta de la soberanía es el derecho al voto regulado en los artículos 67 y 127. El artículo 127 es claro: los órganos de gobierno local son elegidos por el pueblo y solo pueden ser destituidos temporalmente por delitos relacionados con sus funciones.
Sin embargo, hoy estas garantías constitucionales se han reducido a fórmulas escritas en una línea; la voluntad que el pueblo mostró en las urnas ha sido anulada mediante actos administrativos. El administrador elegido por el pueblo ha sido destituido mediante una simple interpretación administrativa. Esta situación no es solo una violación de la constitución; es también una intervención contra la inteligencia, el honor y la soberanía del pueblo.
La credencial que tengo en mis manos no es un trozo de papel, es la voluntad sellada del pueblo. Violar esa credencial no es solo ignorar el derecho constitucional de un individuo, sino el de 227.608 ciudadanos.
Un cargo obtenido mediante elección no es solo una autoridad política, es un contrato social hecho con el pueblo. La rescisión unilateral de este contrato, sin la aprobación del pueblo, es una situación inaceptable no solo desde el punto de vista de la ciencia política, sino también desde los valores morales y democráticos.
Este es el significado de las urnas: el pueblo elige a quien quiere y solo el pueblo lo destituye. Cuando este principio se tambalea, la estructura de la democracia se derrumba y la representación se vacía de contenido.
2. SE TRATA DE LA USURPACIÓN DE LA LEGITIMIDAD DEMOCRÁTICA.
“CONSENTIMIENTO Y 3 FORMAS DE GOBIERNO”
La democracia comienza con el respeto a la voluntad del pueblo, permitiendo que el representante de esa voluntad cumpla su deber libremente y, lo más importante, reconociendo los resultados electorales.
Sin embargo, hoy la legitimidad democrática está siendo destruida al destituir a los administradores elegidos por el pueblo basándose en acusaciones abstractas que no han pasado por un proceso judicial. Tal práctica no nutre el orden social democrático, sino un régimen de tutela burocrática. Porque en un sistema donde el designado en lugar del elegido obtiene su poder no del pueblo, sino de la aprobación del centro, el pueblo queda reducido a una posición de espectador.
La historia está llena de ejemplos vergonzosos en los que la voluntad popular fue usurpada por designados.
• América Latina del siglo XX
• Alemania nazi
• Sistema soviético
Esta situación significa invalidar la voluntad no solo de un administrador, sino de todo un pueblo. Cuando un alcalde es destituido, no solo se sienta en su lugar un subgobernador o un gobernador; se instala una administración en la sombra, una tutela central que ejerce la voluntad en lugar del pueblo.
Hoy aquí, tanto el futuro de Esenyurt como la democracia de Turquía están siendo juzgados. Esto es claramente el terreno para la transición del orden constitucional a un régimen autoritario.
2. LAS PRÁCTICAS DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL SIGNIFICAN UNA RUPTURA SOCIAL.
“DESDE 2016 SE HAN NOMBRADO 156 ADMINISTRADORES JUDICIALES” LAS URNAS HAN SIDO ANULADAS.
Esta situación ha roto la fe del votante en las urnas, ha debilitado la conciencia ciudadana y ha sacudido profundamente la participación política.
Con este proceso, la voluntad del votante no solo ha sido dañada; ha sido hipotecada mediante mecanismos sistemáticos y administrativos. Destituir a quien llega por elección sin una decisión judicial y realizar un nombramiento en su lugar es invalidar de facto el derecho del pueblo a autogobernarse. El votante ha aprendido que, independientemente del candidato por el que vote, esta elección puede ser anulada según el criterio del centro; por lo tanto, las elecciones se han reducido a una formalidad y la democracia a una etiqueta vacía.
-LA CONCIENCIA CIUDADANA HA SIDO DAÑADA
-EL SENTIDO DE PERTENENCIA SE HA DEBILITADO
-SE HA PRODUCIDO UNA RUPTURA SOCIAL
Cuando un pueblo acude a las urnas repetidamente y su preferencia es ignorada cada vez, el resultado es el retroceso de la conciencia ciudadana, el debilitamiento del sentido de pertenencia y la profundización de la ruptura social.
Estas prácticas han consolidado la convicción entre los votantes de que “quien llega por las urnas no puede irse por las urnas”, generando el sentimiento de que las elecciones han perdido su significado. Sin embargo, en las democracias, las urnas no son solo un medio de votación, sino un mecanismo para que el pueblo ejerza su derecho a opinar sobre su propio futuro.
4. MI DEDICACIÓN PERSONAL Y MI CARGA DE REPRESENTACIÓN LO DEMUESTRAN TODO.
¡7 AÑOS DE SERVICIO EN 7 MESES!
No aspiré a este cargo por amor al poder, sino por la convicción de ser la voz de un pueblo.
Para mí, la alcaldía era una profesión de tocar al pueblo desde el lugar más cercano, de compartir sus penas y crecer con sus esperanzas.
No distinguí entre el día y la noche. Caminé por cada barrio de Esenyurt, hablé con la gente en cada calle.
Aquella noche electoral... Me encontré con los ojos de cientos de miles de personas. Hoy me veo obligado a decirles a esas personas: “Su alcalde sigue estando con ustedes, pero su autoridad le ha sido arrebatada”.
5. ESTE ACTO CARECE DE BASE LEGAL Y ESTÁ LLENO DE VIOLACIONES CONSTITUCIONALES.
ARTÍCULO 127 DE LA CONSTITUCIÓN
Nuestra Constitución también ha establecido claramente este límite. Según el artículo 127, los órganos de gobierno local se determinan mediante elecciones y solo pueden ser destituidos temporalmente por delitos relacionados con sus funciones.
-DECRETO LEY N.º 674 DEL PERIODO DE ESTADO DE EMERGENCIA Y GOLPE DE ESTADO
-ARTÍCULOS 45 Y 46 AÑADIDOS A LA LEY DE MUNICIPIOS
Son las regulaciones añadidas a los artículos 45 y 46 de la Ley de Municipios mediante el Decreto Ley n.º 674 promulgado durante el periodo de estado de emergencia.
6. EN NOMBRE DE LA LEY, EN NOMBRE DEL PUEBLO, QUIERO HACER UN LLAMADO.
Señor Tribunal,
Hoy ante ustedes no hay solo un acto administrativo, sino un asunto vital que concierne al derecho constitucional del pueblo y a su confianza en la democracia. Este caso no es solo una solicitud técnica de anulación relativa a la destitución de un alcalde. Este caso es una prueba sobre si la voluntad del pueblo se refleja en la administración y si el estado de derecho democrático sigue vigente.
Soy profesor de ciencias políticas y sociología. Durante años enseñé en las aulas sobre la soberanía popular, la legitimidad democrática y las teorías de representación. Hoy veo viviendo cómo esas enseñanzas son ignoradas en el terreno, cómo quien llega por las urnas es destituido mediante métodos ajenos a la voluntad. Y mi expectativa de este tribunal no es solo una evaluación legal, sino también una decisión tomada con responsabilidad histórica y social.
Este caso es uno de los que determinará el futuro de la democracia, no de una persona.
No solo defiendo mi cargo, sino el voto, la fe y el derecho constitucional de mi pueblo. Al salir de esta sala, mi única expectativa es esta:
Que la ley proteja la voluntad del pueblo.
Que el tribunal defienda la democracia.
Que la decisión se tome en nombre del pueblo.
“¿ACASO ME HE CONVERTIDO EN MIEMBRO DE UNA ORGANIZACIÓN TERRORISTA AL SER ALCALDE?”
Me siento muy molesto por esta mención a la organización terrorista. He ocupado muchos cargos hasta hoy; soy alguien cuya opinión fue solicitada personalmente por el presidente del parlamento en 2011 y 2012. Soy alguien que ha representado a Turquía dentro y fuera del país. ¿Acaso no era miembro de una organización terrorista mientras hacía todo esto y me he convertido en ello al ser alcalde de Esenyurt?
Es la primera vez en mi vida que estoy en un tribunal y me siento muy triste.
Si hoy no fuera alcalde, el gobierno me habría dicho dentro de este proceso de paz: ‘ven y apóyanos’.