¡Atención conductores de tractores y motocicletas! Nueva normativa de tráfico: multas para quienes no cumplan
Los cambios realizados en el Reglamento de Tráfico de Carreteras entraron en vigor hoy. Bajo la nueva normativa, se ha hecho obligatorio el uso de equipos de protección como guantes y gafas para los usuarios de bicicletas, motocicletas, tractores y bicicletas eléctricas. Ahora es obligatorio que los conductores de tractores utilicen gafas, y que los pasajeros en el asiento trasero de las motocicletas también lleven guantes y gafas.
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El Ministerio del Interior ha llevado a cabo una regulación integral en el Reglamento de Tráfico de Carreteras. De acuerdo con los cambios publicados hoy en el Boletín Oficial y que han entrado en vigor, la información técnica y las actualizaciones legales necesarias para la Dirección General de Seguridad (EGM) con el fin de mantener los registros de conductores y vehículos podrán ser proporcionadas electrónicamente no solo por instituciones públicas, sino también por organizaciones profesionales con carácter de institución pública y personas jurídicas de derecho privado.
La transferencia de la información relativa a los permisos de conducir y los registros a la EGM también se realizará a través de un sistema electrónico. Se ha indicado que, salvo las excepciones especificadas en las leyes, las instituciones pertinentes solo podrán compartir estos datos dentro del marco de los fines establecidos.
SE INTRODUCE LA OBLIGATORIEDAD DE GUANTES Y GAFAS
El uso de casco protector y gafas protectoras se ha vuelto obligatorio para los conductores de bicicletas, bicicletas eléctricas, ciclomotores, motocicletas y tractores tipo T3 fabricados después de 2001 (excluyendo los triciclos de carga y aquellos con carrocería cerrada).
En el mismo ámbito, se ha establecido la obligatoriedad de que tanto los conductores como los pasajeros transportados en la parte trasera de las motocicletas (excepto en triciclos de carga y vehículos con carrocería cerrada) utilicen guantes protectores. La obligatoriedad del casco para los pasajeros se mantiene vigente.
MULTA POR NO UTILIZAR EQUIPO DE PROTECCIÓN
Se recordó que la multa administrativa que se impondrá en caso de no utilizar el equipo de protección obligatorio por razones de seguridad es de 993 liras.