¡Importante decisión judicial para pacientes con cáncer! El tribunal dictaminó que 'la SGK debe cubrir el medicamento'

Un paciente con cáncer diagnosticado con mesotelioma peritoneal en Estambul presentó una demanda solicitando que la Institución de Seguridad Social (SGK) cubra los gastos del medicamento llamado "OPDIVO", necesario para su tratamiento. En su decisión interlocutoria, el tribunal dictó una medida cautelar basándose en la "santidad de la vida humana".

Hazal Güven

Hazal Güven - 12punto.com.tr 

Se ha emitido una decisión interlocutoria crítica por parte de un tribunal en relación con la escasez de medicamentos para pacientes con cáncer. Se preparó un informe médico para un paciente identificado como A.G., quien recibe tratamiento por mesotelioma peritoneal (cáncer de la membrana abdominal) en el Hospital Medipol Bahçelievler de Estambul, en el cual los especialistas declararon que el paciente A.G. debe comenzar a utilizar urgentemente el medicamento llamado "OPDIVO"

El paciente A.G., quien no podía acceder al medicamento —el cual no es cubierto por la SGK y tiene un precio de mercado actual de 38 mil 53 liras turcas—, presentó primero una solicitud ante la SGK el 25 de noviembre de 2024. Tras ser rechazada su solicitud, A.G. presentó una demanda en Estambul para que el costo del medicamento fuera cubierto por la SGK. Declarando que 'es obligatorio utilizar este medicamento para poder continuar con su vida', A.G. solicitó que el costo del fármaco sea cubierto por la SGK sin deducciones hasta el final del juicio.  

‘TRIBUNAL: EXISTE UN PELIGRO MORTAL’

El Informe de Estado del Consejo de Salud preparado por los médicos especialistas del Hospital Medipol Bahçelievler sobre el paciente también fue incluido en el expediente judicial. En su examen del caso, el tribunal enfatizó que, si la enfermedad no se trata, existe el riesgo de que el paciente pierda la vida y que podrían producirse daños difíciles o imposibles de reparar en el futuro. 

En la decisión interlocutoria anunciada, el tribunal señaló que se cumplen las condiciones para una medida cautelar de acuerdo con el artículo 390 del Código de Procedimiento Civil (HMK) y decidió que los gastos del medicamento “OPDIVO”, que se utilizará en el tratamiento del demandante, deben ser cubiertos por la SGK hasta el final del juicio.

Además, se indicó que, para evitar que el demandante sufra perjuicios, el costo del medicamento debe ser provisto por la SGK como medida cautelar a partir del 16 de diciembre de 2024.

EL PROCESO JUDICIAL CONTINÚA

El tribunal notificó la decisión de la medida cautelar a las partes y comunicó que el juicio continuará y que se mantendrán las revisiones del expediente. La decisión interlocutoria del tribunal se considera un posible precedente para las demandas presentadas contra las prácticas de la SGK en materia de pago de medicamentos.