Las disputas por alquiler entre inquilinos y propietarios aumentan rápidamente

Mientras que el número de demandas por conflictos de alquiler ha aumentado rápidamente en el último periodo, los derechos de inquilinos y propietarios en los procesos de desalojo generan dudas. Los abogados Gizem Gonce y Emre Doğan realizaron importantes declaraciones sobre el proceso de desalojo, las situaciones de desalojo justificado e injustificado, y los derechos de ambas partes.

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Debido a la inflación, las demandas por disputas de alquiler entre inquilinos y propietarios están aumentando rápidamente. Con el número de casos abiertos acercándose a los 100 mil en el último periodo, ¿qué derechos tienen los inquilinos y cuáles los propietarios en los procesos de desalojo? ¿Qué deben hacer los inquilinos durante el proceso de desalojo? ¿Pueden los propietarios desalojar a sus inquilinos diciendo 'mi hija vendrá, sal'? ¿Qué es un desalojo justificado? ¿Qué es un desalojo injustificado?

¿QUÉ PASA SI DICEN 'SAL, MI HIJA VA A VIVIR AQUÍ'?

La abogada Gizem Gonce señaló que cuando un propietario presenta una demanda de desalojo, si el Tribunal de Paz determina que el propietario tiene razón según la situación de legitimidad en ese momento, incluso si la casa fuera demolida, decidirá que el inquilino pague todos los gastos incurridos. Gonce, quien explicó que en caso contrario se decidirá que el inquilino no pague los gastos, también abordó los derechos de los inquilinos durante el desalojo. Los inquilinos pueden solicitar la suspensión de la ejecución para detener la orden de desalojo. Tras esta solicitud, el desalojo puede detenerse durante el periodo de apelación. Gonce afirmó: "Si la orden de desalojo es una decisión abierta a apelación, esta puede aplicarse. En cuanto a los derechos de los propietarios, ellos también pueden obtener la orden de desalojo de la oficina de ejecución rápidamente".

Según la noticia de Haber Global, si el inquilino no paga el alquiler regularmente, esto puede considerarse una causa de desalojo justificado. Al explicar la situación de desalojo injustificado, Gonce concluyó su evaluación diciendo: "Si el propietario engaña a su inquilino con declaraciones como 'Sal, yo viviré aquí, mi hijo vendrá' para obtener un alquiler más alto, el inquilino puede demostrarlo. Posteriormente, puede obtener del propietario el equivalente a 1 año de alquiler como gastos de mudanza".

"SE DEBE ESPERAR UN PLAZO DE 10 DÍAS"

Hablando sobre las demandas de desalojo, el abogado Emre Doğan compartió la información de que, en caso de que el tribunal dicte una orden de desalojo, el inquilino puede solicitar la suspensión del desalojo depositando el importe de 3 meses de alquiler como garantía en el expediente de ejecución, de acuerdo con la Ley de Ejecución y Quiebras. Doğan añadió: "Suponiendo que no se haya obtenido la decisión de suspensión de la ejecución, dado que no es necesario que la orden de desalojo del tribunal sea definitiva para ser ejecutada, los procedimientos de desalojo comenzarán por parte de la oficina de ejecución. Sin embargo, para que se lleve a cabo el desalojo, el arrendador debe esperar un plazo de 10 días para el desalojo a partir de la notificación de la orden de desalojo dictada por los Tribunales de Ejecución al inquilino o a su representante en la audiencia, o desde la notificación de la decisión", añadiendo que este plazo es seguido estrictamente.

DEBE NOTIFICAR EL DESALOJO CON 15 DÍAS DE ANTELACIÓN

Doğan continuó sus declaraciones de la siguiente manera:

"Si el inquilino no notifica al arrendador que desalojará el inmueble 15 días antes de la finalización del contrato, no será posible desalojar al inquilino de la vivienda o lugar de trabajo. En el marco de las regulaciones legales, la existencia de alquiler impagado, la existencia de un compromiso de desalojo por escrito, la necesidad de vivienda o lugar de trabajo del arrendador, la necesidad de vivienda o lugar de trabajo del nuevo propietario, que el contrato de alquiler haya completado el periodo de extensión de 10 años, la existencia de dos advertencias justificadas, la reconstrucción y zonificación del inmueble, la existencia de razones importantes especificadas en la ley, el desalojo del inquilino por incumplimiento del deber de diligencia, la quiebra del inquilino y la transformación urbana pueden contarse como razones de desalojo."