¡El Comité de Arbitraje ratificó las sanciones de dos nombres en el polémico derbi!
Las sanciones de 4 partidos de suspensión impuestas a los entrenadores asistentes del Fenerbahçe, Salvatore Foti y Sandro Zufic, fueron ratificadas por el Comité de Arbitraje.
Tras el polémico partido disputado entre el Fenerbahçe y el Galatasaray en la Copa de Turquía, las sanciones impuestas a los entrenadores asistentes del Fenerbahçe, Salvatore Foti y Sandro Zufic, se convirtieron en el centro de atención. Aunque el Fenerbahçe apeló estas sanciones, el Comité de Arbitraje decidió que las mismas eran procedentes.
En el comunicado emitido por el Comité de Arbitraje, se indicó que Salvatore Foti recibió una suspensión de 4 partidos y una multa de 117.000 TL por insultar a un jugador del equipo rival. De igual manera, se señaló que Sandro Zufic fue sancionado con 4 partidos de suspensión y una multa de 78.000 TL debido a su comportamiento antideportivo hacia el árbitro del encuentro. El comité, al determinar que ambas sanciones se ajustaban a derecho, rechazó la apelación del Fenerbahçe.
El comunicado incluyó las siguientes declaraciones:
'Se examinó la apelación de Fenerbahçe Futbol A.Ş. contra la decisión del PFDK de fecha 05.04.2025 y número E.2024-2025/992 – K.2024-2025/1227 respecto a sus entrenadores Salvatore Foti y Sandro Zufic. Como resultado de la deliberación;
Se ha decidido por unanimidad rechazar la solicitud y ratificar la decisión de sancionar al entrenador de Fenerbahçe Futbol A.Ş., Salvatore Foti, con la prohibición de acceso al vestuario y al banquillo durante 4 partidos oficiales y una multa de 117.000,00 TL, de conformidad con los artículos 41/1-c y 35/4 del FDT, debido a sus insultos hacia un futbolista del equipo rival, al entender que no existe error en cuanto a la prueba, la calificación jurídica y la determinación de la pena,
Se ha decidido por mayoría rechazar la solicitud y ratificar la decisión de sancionar al entrenador de Fenerbahçe Futbol A.Ş., Sandro Zufic, con la prohibición de acceso al vestuario y al banquillo durante 4 partidos oficiales y una multa de 78.000,00 TL, de conformidad con los artículos 36/5-c y 35/4 del FDT, debido a su comportamiento antideportivo que incluyó una intervención física contra el árbitro del encuentro, al entender que no existe error en cuanto a la prueba, la calificación jurídica y la determinación de la pena.'
Fuente de la noticia: 12punto
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