La Junta de Mercados de Capitales (SPK) ha emitido un comunicado sobre las órdenes de compra y venta transmitidas a TEFAS el 17 de septiembre de 2026 en los fondos sujetos a liquidación, las cuales fueron canceladas por la plataforma. La Junta informó que los titulares de dichas órdenes recibirán pagos del saldo de liquidación en proporción a su participación en el fondo.
En el comunicado de la SPK, se recordó que los fondos gestionados por las sociedades gestoras de carteras, cuyos nombres figuran en el Boletín de la Junta del 17 de septiembre de 2026, número 2026/60, fueron cerrados a las operaciones de compra y venta a través de la Plataforma Electrónica de Compra y Venta de Fondos de Turquía (TEFAS) a partir de esa misma fecha y fueron puestos en proceso de liquidación.
La Junta señaló que la lista actualizada de los fondos sujetos a liquidación se compartió con el público mediante el boletín número 2026/61 publicado el 18 de septiembre, y que las operaciones de compra y venta de estos fondos fuera de TEFAS también fueron suspendidas.
Según el comunicado, en los fondos correspondientes, solo las órdenes de compra y venta transmitidas a TEFAS el 16 de septiembre de 2026 o antes fueron incluidas en el funcionamiento habitual de la plataforma según sus valores de transacción. La SPK señaló que, dado que las órdenes realizadas después de las 13:30 del 16 de septiembre y antes de las 13:30 del 17 de septiembre estaban sujetas al mismo valor de precio, el límite de las 13:30 del 17 de septiembre se anunció en el boletín anterior.
No obstante, se enfatizó que, de acuerdo con el Boletín de la Junta número 2026/60 del 17 de septiembre y la decisión de la Junta número 57/1707, los fondos fueron cerrados a la negociación en TEFAS ese mismo día. Por este motivo, se indicó que todas las órdenes dadas para dichos fondos el 17 de septiembre fueron canceladas por TEFAS.
La SPK anunció que el pago a realizar a los titulares de las órdenes transmitidas a TEFAS el 17 de septiembre y canceladas en el marco de la aplicación de la decisión de la Junta, se llevará a cabo teniendo en cuenta la tasa de participación en el fondo correspondiente a partir del saldo de liquidación.
En el comunicado también se especificó que, en cuanto a la aplicación de la disposición A/6 de los procedimientos y principios de liquidación anunciados en el Boletín de la Junta número 2026/61 del 17 de septiembre, las órdenes que no pudieron ejecutarse debido al incumplimiento del fondo o a la falta de publicación de precios, a pesar de haber sido transmitidas a TEFAS el 16 de septiembre o antes, también serán evaluadas dentro del alcance de la liquidación.
Fuente de la noticia: 12punto