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La Autoridad de Competencia multa a Namet con 73 millones de liras

La investigación llevada a cabo por la Junta de Competencia sobre Namet Gıda ha concluido mediante un acuerdo. Namet pagará una multa de 73 millones de TL.

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La Autoridad de Competencia multa a Namet con 73 millones de liras

 

En el sitio web oficial de la Autoridad de Competencia, se registró que el proceso de investigación ha finalizado en un comunicado titulado "Anuncio de la Decisión Final sobre la Investigación llevada a cabo contra Namet Gıda Sanayi ve Ticaret AŞ de conformidad con el Artículo 49 de la Ley N.º 4054 sobre la Protección de la Competencia".

 

De conformidad con la decisión de la Junta de Competencia de fecha 18.05.2023 y número 23-23/437-M, en el marco de la investigación realizada para determinar si se ha infringido el artículo 4 de la Ley N.º 4054 sobre la Protección de la Competencia; se registró que el texto final de conciliación enviado por Namet Gıda Sanayi ve Ticaret AŞ, basado en la decisión provisional de la Junta de fecha 07.09.2023 y número 23-41/787-MUA, fue recibido en los registros de la Autoridad dentro del plazo establecido el 20.09.2023 con el número 42696.

 

En el comunicado, donde se afirma que "la existencia y el alcance de la infracción, así como la tasa y el monto de la multa administrativa máxima prevista en la decisión provisional de conciliación, han sido aceptados explícitamente por la empresa en el texto de conciliación", se incluyeron los siguientes detalles:

 

1. Que Namet Gıda Sanayi ve Ticaret AŞ infringió el artículo 4 de la Ley N.º 4054 sobre la Protección de la Competencia al determinar los precios de reventa de sus compradores,

 

2. En este sentido, imponer a dicha empresa una multa administrativa de 97.315.538,65 TL, calculada como una proporción determinada de sus ingresos brutos de 2022, de conformidad con el tercer párrafo del artículo 16 de la Ley N.º 4054 y el artículo 5, primer párrafo (b), segundo párrafo, tercer párrafo (b) y artículo 7, primer párrafo del "Reglamento sobre las Multas Administrativas a Imponer en Casos de Acuerdos, Prácticas Concertadas y Decisiones que Restringen la Competencia y Abuso de Posición Dominante",

 

3. Aplicar una reducción del 25% en la multa administrativa que se impondrá a la empresa como resultado del procedimiento de conciliación, de conformidad con el séptimo párrafo del artículo 43 de la Ley N.º 4054 y el cuarto párrafo del artículo 4 del "Reglamento sobre el Procedimiento de Conciliación Aplicable en las Investigaciones sobre Acuerdos, Prácticas Concertadas y Decisiones que Restringen la Competencia y Abuso de Posición Dominante",

 

4. En este contexto, imponer a la empresa una multa administrativa de 72.986.653,99 TL como resultado del procedimiento de conciliación, calculada como una proporción determinada de sus ingresos brutos de 2022,

 

5. De este modo, se ha decidido por UNANIMIDAD finalizar la investigación llevada a cabo de conformidad con la decisión de la Junta de Competencia de fecha 18.05.2023 y número 23-23/437-M mediante conciliación, con la posibilidad de recurrir ante los Tribunales Administrativos de Ankara dentro de los 60 días siguientes a la notificación de la decisión motivada.


Fuente de la noticia: 12punto

Castigo namet