Se han dado a conocer los detalles del borrador de la propuesta de ley preparada para los 131 fondos de inversión cuya liquidación ha sido decidida. La regulación tiene como objetivo recuperar los activos que se considera fueron extraídos ilegalmente de los fondos en proceso de liquidación, realizar cobros a los responsables y distribuir los recursos obtenidos entre los titulares de participaciones de los fondos.
Según informa Bloomberg HT, el borrador no establece un régimen de liquidación general que abarque todos los fondos de inversión del mercado de capitales. Se prevé que la regulación sea válida únicamente para los fondos que fueron incluidos en el ámbito de liquidación mediante las decisiones de la Junta de Mercados de Capitales (SPK) del 17 de septiembre de 2026.
Se planea que las operaciones de liquidación se lleven a cabo a través de bancos y otras instituciones que serán designadas bajo la supervisión y control de la SPK. Los titulares de derechos serán determinados mediante la comparación de los registros en la Institución Central de Registro (MKK), Takasbank, TEFAS, las instituciones de custodia de carteras y los canales de distribución, basándose en los fondos y las cuentas.
El borrador también establece que no se realizarán pagos desde las cuentas de liquidación y recuperación a aquellas personas e instituciones que, según lo determinado por la SPK, hayan realizado transacciones contrarias a la legislación del mercado de capitales, hayan participado en manipulación o fraude de mercado, o hayan actuado en conjunto con dichas personas.
PROCESO DE PAGOS Y RECUPERACIÓN
En los casos en que el patrimonio del fondo no sea suficiente para cubrir las reclamaciones de los inversores, el "importe neto de inversión" que servirá de base para el pago será calculado por la MKK. Las entradas y salidas de efectivo realizadas en los fondos se indexarán según el promedio aritmético del índice de precios al consumidor y el índice de precios al productor nacional del TÜİK, y se liquidarán mediante el método "primero en entrar, primero en salir".
También se contempla la posibilidad de realizar pagos provisionales a los inversores a partir del patrimonio de liquidación. De acuerdo con esto, a los inversores cuyo importe neto de inversión sea inferior a 1 millón de TL se les pagará la totalidad del importe neto calculado, mientras que a aquellos con 1 millón de TL o más se les podrá pagar un máximo de 1 millón de TL. No se aplicará indexación en los pagos provisionales.
A excepción de los fondos del mercado monetario, el pago a realizar no podrá exceder el valor total de las participaciones que el inversor poseía en la fecha en que se decidió la liquidación del fondo. En caso de que el efectivo distribuible sea insuficiente, el importe disponible se repartirá de forma proporcional entre los titulares de derechos.
La regulación también ofrece una oportunidad de devolución voluntaria a las personas que se determine que han obtenido ganancias injustas a partir de valores formados de manera contraria a la realidad. Se planea que estas personas puedan depositar en las cuentas que se anunciarán las ganancias que excedan el rendimiento de referencia.
Los valores transferidos a personas o empresas relacionadas mediante transacciones contrarias a la legislación, sin contraprestación o simuladas, se considerarán extraídos ilegalmente del fondo. La sociedad gestora de carteras correspondiente será la primera responsable de los daños derivados de esta situación o del saldo de liquidación insuficiente. Si el daño no puede cubrirse de esta manera, se podrá imponer responsabilidad personal a las personas físicas y jurídicas cuya responsabilidad haya sido determinada por la SPK.
Tras la notificación de la SPK, se prevé que el Fondo de Seguro de Depósitos de Ahorro (TMSF) pueda iniciar procedimientos de ejecución forzosa y seguimiento sobre el patrimonio de los responsables. Hasta que concluyan los seguimientos del TMSF, no se podrán iniciar otros procedimientos de ejecución sobre estos bienes; los seguimientos y embargos existentes podrán ser suspendidos.
Los recursos recaudados, devueltos o obtenidos de la venta de activos se mantendrán en una "Cuenta de Recuperación" que se abrirá por separado para cada fondo dentro del TMSF. Estas cuentas estarán separadas del propio patrimonio del TMSF; no podrán ser embargadas ni siquiera por deudas públicas, no podrán ser presentadas como garantía y solo podrán utilizarse para los pagos a realizar a los titulares de participaciones de los fondos.
Se planea que los recursos recuperados sean transferidos por el TMSF a las instituciones encargadas de la liquidación; si las operaciones de liquidación han concluido, se transferirán al Centro de Indemnización de Inversores. Mientras que en el borrador se establece como principio no crear una carga financiera adicional para el público y el Tesoro, se apunta a que la aplicación comience inmediatamente después de que la propuesta se convierta en ley.
Fuente de la noticia: 12punto