La Junta de Mercados de Capitales (SPK) ha emitido una declaración sobre las disposiciones relativas a la finalidad de la liquidación y el bloqueo de acciones contenidas en la propuesta de ley que se debate en la Gran Asamblea Nacional de Turquía. La Junta informó que la regulación no afectará a las operaciones de liquidación ya completadas.
En el anuncio de la SPK del 22 de octubre, se recordó que, de conformidad con el artículo 79 de la Ley de Mercados de Capitales, las operaciones de liquidación y pago relacionadas con instrumentos del mercado de capitales no pueden ser revocadas ni canceladas, incluso en caso de suspensión de actividades o entrada en proceso de liquidación de las instituciones pertinentes.
La Junta enfatizó que esta disposición no significa que todas las órdenes dadas a través de la Plataforma Electrónica de Compraventa de Fondos de Turquía (TEFAS) sean definitivas independientemente de su etapa. En la declaración se señaló que TEFAS es una plataforma utilizada para la adquisición de participaciones en fondos de inversión al fundador del fondo y su devolución al mismo.
Según la SPK, el hecho de que los inversores con estatus de subcuenta de bloqueo de acciones (PBLK) den una orden de venta o que exista un registro al respecto en el sistema no significa por sí solo que la liquidación haya comenzado o se haya completado. Para que la liquidación se considere completada, es necesario que, tras la orden, el efectivo se transfiera a la cuenta del inversor y se elimine el registro de propiedad de la participación en el fondo.
En la declaración se indicó que las personas con registro de bloqueo de acciones forman parte de un total de 455.758 titulares de participaciones en fondos y no constituyen un grupo separado. Se señaló que incluir en el alcance de la liquidación aquellas órdenes cuya liquidación aún no se ha finalizado contribuirá a la distribución justa de los activos del fondo entre los inversores.
La SPK explicó que la propuesta de ley solo cubre las órdenes cuyo proceso de liquidación no se ha completado y que estas órdenes serán evaluadas en igualdad de condiciones con otros titulares de participaciones sobre los montos que se obtendrán como resultado de la liquidación. La Junta informó que el objetivo de la regulación es aclarar el estatus legal de los titulares de participaciones en fondos y sus derechos dentro del alcance de la liquidación.
Fuente de la noticia: 12punto