Ral Yatırım Holding A.Ş. ha entrado en un proceso de concordato debido a la contracción en los canales de financiación y a las dificultades experimentadas en el flujo de caja a corto plazo. El 2º Tribunal de Comercio de Primera Instancia de Ankara otorgó a la empresa un plazo provisional de 3 meses, efectivo a partir del 19 de octubre de 2026, en el marco de la Ley de Ejecución y Quiebras.
La declaración de la empresa sobre el proceso de concordato fue publicada en la Plataforma de Divulgación Pública (KAP). Tras el anuncio, se observaron ventas masivas en las acciones de RALYH que cotizan en Borsa İstanbul. La acción cerró el día con una caída del 10%, situándose en el precio mínimo de 21,78 TL.
El holding, fundado en 1976, es conocido por sus proyectos públicos y actividades de exportación. Se indicó que, a través de Anadolu Mikronize, una empresa bajo su estructura, exporta más de 1.250 productos a 80 países.

En la declaración enviada a la KAP, se afirmó que Ral Yatırım Holding contaba con un patrimonio neto de 9.200 millones de TL al 30 de junio de 2026. La empresa sostuvo que no ha habido pérdida en sus activos y comunicó que la medida cautelar tomada contra la persona del accionista principal es independiente de la personalidad jurídica de la empresa, aunque ha afectado negativamente la percepción de las instituciones financieras hacia el holding.
LA MAYOR PARTE DE LAS DEUDAS ESTÁ EN RAL ENERJİ
Se anunció que la deuda total por préstamos bancarios del holding es de 3.600 millones de TL. Se indicó que aproximadamente 2.500 millones de TL de esta cantidad provienen de Ral Enerji A.Ş., una filial del holding en la que posee una participación del 51%. Según esto, aproximadamente el 69% de la deuda bancaria total tiene su origen en Ral Enerji.
La dirección de la empresa informó que la reducción de las oportunidades de financiación ante bancos e intermediarios, así como las interrupciones en la cooperación financiera en proyectos públicos, han ejercido presión sobre el flujo de caja. Se señaló que la solicitud de concordato se realizó con el fin de mantener las operaciones y proteger los activos existentes.
El holding enfatizó que la decisión de plazo provisional otorgada por el tribunal no significa una liquidación. En la declaración se expresó que el proceso es un mecanismo de protección legal iniciado para la reestructuración de las deudas, la protección de los activos y la continuación ininterrumpida de las actividades.
Fuente de la noticia: 12punto