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¡El despido arbitrario fue revocado por la justicia! El empleador deberá probar la validez del despido

Un trabajador despedido de la fábrica donde laboraba desde hace siete años, bajo el argumento de 'cambios en las condiciones laborales y falta de necesidad en la organización del trabajo', acudió a los tribunales. El Tribunal Regional de Justicia, que puso fin a un litigio de años, dictaminó que los trabajadores no pueden ser despedidos con motivos abstractos y que el empleador debe probar la causa válida del despido.

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¡El despido arbitrario fue revocado por la justicia! El empleador deberá probar la validez del despido

El trabajador, quien se desempeñaba como analista de control, fue despedido durante el proceso de pandemia debido a cambios en las condiciones laborales.

El trabajador afectado, que acudió al Tribunal Laboral, alegó que fue despedido por el empleador una vez que se levantó la prohibición de despidos. Solicitó que se declarara la invalidez del despido y se ordenara su reincorporación, argumentando que no recibió ningún documento oficial, que el responsable de recursos humanos le envió una captura de pantalla de la notificación notarial a través de WhatsApp y que el despido no se realizó conforme al procedimiento.

Por su parte, el abogado de la empresa demandada recordó que el demandante fue puesto en licencia sin goce de sueldo debido a la pandemia y que esta situación le fue notificada.

Alegó que el despido se produjo por 'cambios en las condiciones laborales y falta de necesidad en la organización del trabajo', y que el demandante fue despedido al finalizar la prohibición de despidos debido a que ya no se requería su prestación de servicios. Sostuvo que las afirmaciones del demandante no reflejaban la realidad y, por todas estas razones, solicitó que se desestimara la demanda. El tribunal falló a favor de la demanda. El abogado de la parte demandada apeló la decisión. La Sala Civil del Tribunal Regional de Justicia (BAM) emitió una sentencia que sienta un precedente.

En la resolución, se enfatizó que los empleadores no pueden despedir personal basándose en motivos abstractos según su propio criterio.

La sentencia señaló lo siguiente:

"Del examen del expediente, se desprende que el empleador demandado, sobre quien recae la carga de la prueba, no pudo acreditar con los documentos presentados al expediente los puntos objeto de su recurso de apelación. Se está vinculado a la causa de despido indicada en la notificación; aunque se informó como causa de despido los cambios en las condiciones laborales y la falta de necesidad en la organización, la parte demandada no presentó ninguna prueba de que se hubiera tomado tal decisión administrativa en el lugar de trabajo ni de que se hubiera realizado un estudio de plantilla normativa. Es evidente que, además de no presentar legalmente su decisión operativa, no pudo probar que esta decisión estuviera libre de arbitrariedad, fuera coherente, tomara en cuenta criterios de selección social y cumpliera con el principio de que el despido debe ser el último recurso. Se ha llegado a la convicción de que la decisión del tribunal de primera instancia cuenta con fundamentos legales suficientes que responden a los motivos de apelación basados en una evaluación objetiva, por lo que se ha decidido desestimar el recurso de apelación en cuanto al fondo".

  


Fuente de la noticia: İHA