Última hora... El tribunal rechaza la decisión del Tribunal Constitucional sobre 'Tayfun Kahraman'
El 13º Tribunal Penal Superior de Estambul rechazó la solicitud de nuevo juicio para Tayfun Kahraman, detenido en el caso Gezi, a pesar de la decisión del Tribunal Constitucional sobre la violación de sus derechos.
El 13º Tribunal Penal Superior de Estambul rechazó la solicitud de 'reapertura del juicio' presentada tras la decisión del Tribunal Constitucional (AYM) sobre la violación de derechos de Tayfun Kahraman, quien se encuentra detenido por el caso Gezi.
El tribunal no acató la decisión del Tribunal Constitucional.
¿QUÉ HABÍA SUCEDIDO?
Se publicó la justificación de la decisión del Tribunal Constitucional (AYM) sobre la violación de derechos del urbanista Tayfun Kahraman, condenado a 18 años de prisión en el caso Gezi.
En la decisión del Alto Tribunal, se señaló que no se determinó cuáles de las publicaciones en redes sociales y comunicados de prensa, citados por los tribunales como justificación para la condena de Kahraman, contenían expresiones que incitaran a la violencia o intentaran derrocar al gobierno, y que no se pudo comprender qué actos violentos provocaron.
En la decisión, donde se destacó que no se pudo entender cuál fue el papel activo atribuido a Kahraman en la ocurrencia de los incidentes violentos, se afirmó: “La mera existencia de incidentes violentos que surgen durante un proceso de reunión y manifestación ya iniciado no es suficiente para responsabilizar directamente a las personas, a menos que se establezca un vínculo causal entre sus propias acciones y estos incidentes violentos.
Los tribunales deben exponer claramente en los fundamentos de sus sentencias condenatorias cuáles fueron las acciones del acusado que pueden calificarse como intento de derrocar al gobierno mediante el uso de la fuerza y la violencia”, se indicó.
El AYM dictaminó que se había violado el “derecho a un juicio justo” de Kahraman, en el marco de su derecho a un juicio equitativo, y decidió la reapertura del proceso judicial.
Por otro lado, llamó la atención que el Alto Tribunal hiciera hincapié en que “la decisión queda a discreción del tribunal” en dicha resolución. En la decisión se señaló: “Esta decisión de violación de derechos es independiente de los resultados del litigio y no significa que deba dictarse una sentencia absolutoria o condenatoria en el nuevo juicio que se celebrará tras la decisión de violación”.
Fuente de la noticia: 12punto
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