Declaración sobre los primeros 4 artículos por parte de un socio de la coalición gobernante: HÜDA PAR, conocido por su cercanía a Hizbullah, vuelve a atacar la Constitución
Zekeriya Yapıcıoğlu, presidente de HÜDA PAR, socio de alianza del AKP, ha añadido una nueva declaración controvertida al atacar nuevamente el cuarto artículo de la Constitución, el cual establece que no se puede ni siquiera proponer su modificación. Yapıcıoğlu argumentó que este artículo impone una "hipoteca" sobre la voluntad de las generaciones futuras.
Zekeriya Yapıcıoğlu, presidente de HÜDA PAR, partido conocido por su cercanía a la organización terrorista Hizbullah y socio de alianza del AKP, ha reiterado su polémica postura sobre el "cuarto artículo". Yapıcıoğlu, quien ya había generado reacciones anteriormente con su declaración: "Se lo explico como si fuera para un tonto. Lo diré mirando a la cámara: decimos que el artículo 4 de la Constitución no debería existir", ha mantenido su insistencia.
En declaraciones a BBC Türkçe, Yapıcıoğlu afirmó: "Si ustedes ponen un artículo que dice que tal o cual parte de la Constitución es intocable, si la congelan, esto es imponer una hipoteca sobre la voluntad de las generaciones futuras. No hay vuelta de hoja".
"NO SOMOS PARTIDARIOS DE LA MONARQUÍA"
"No, no estamos en contra de la República, no somos partidarios de la monarquía. De hecho, decimos lo siguiente... En la Constitución de 1924 hay un artículo que dice que la forma de gobierno del Estado es la República y que es inmutable. Aparte de eso, no hay artículos inmutables. Protejamos eso, adelante. Pongamos otro artículo que diga 'la forma de gobierno del Estado es la República', que nadie cambie eso".
EL CUARTO ARTÍCULO DE LA CONSTITUCIÓN
El artículo de la Constitución al que apunta Yapıcıoğlu subraya la inmutabilidad de los tres primeros artículos, que establecen las características fundamentales de la República de Turquía. Dichos artículos son los siguientes:
1. Forma del Estado
ARTÍCULO 1- El Estado de Turquía es una República.
2. Características de la República
ARTÍCULO 2- La República de Turquía es un Estado de derecho democrático, laico y social, respetuoso con los derechos humanos, fiel al nacionalismo de Atatürk y basado en los principios fundamentales mencionados en el preámbulo, dentro de un marco de paz social, solidaridad nacional y justicia.
3. Integridad del Estado, lengua oficial, bandera, himno nacional y capital
ARTÍCULO 3- El Estado de Turquía es un todo indivisible con su territorio y su nación. Su lengua es el turco. Su bandera, cuya forma se especifica en la ley, es la bandera roja con la luna y la estrella blancas. Su himno nacional es el "Himno de la Independencia" (İstiklal Marşı). Su capital es Ankara.
4. Disposiciones inmutables
ARTÍCULO 4- La disposición del artículo 1 de la Constitución, que establece que la forma del Estado es la República, así como las características de la República en el artículo 2 y las disposiciones del artículo 3, no pueden ser modificadas ni se puede proponer su modificación.
Fuente de la noticia: 12punto
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