Cambian las tarifas de consulta hospitalaria: la SGK anunció los nuevos copagos
Con la modificación realizada por la SGK en el Comunicado de Aplicación de Salud, se han redefinido los copagos de consulta que se aplicarán en los centros de salud de segundo y tercer nivel. En las consultas realizadas con derivación del médico de cabecera, el copago se aplicará con un descuento del 50%.
La Institución de Seguridad Social (SGK), mediante una modificación en el Comunicado de Aplicación de Salud, ha actualizado los copagos de consulta que se aplicarán en los centros de salud de segundo y tercer nivel. La normativa entró en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial.
SE ESTABLECIERON NUEVAS TARIFAS EN EL SEGUNDO Y TERCER NIVEL
Según la nueva normativa, el copago para las consultas médicas y odontológicas realizadas en los centros de salud públicos de segundo nivel será de 50 TL.
En los hospitales de formación e investigación dependientes del Ministerio de Salud y sus policlínicos distritales, los hospitales clasificados por el Ministerio como de tercer nivel, así como en los hospitales de las facultades de medicina y odontología de las universidades estatales y sus centros de aplicación e investigación de salud, el copago de consulta será de 90 TL.
En los hospitales y centros de aplicación e investigación de salud pertenecientes a las facultades de medicina y odontología de las universidades privadas, el copago será de 100 TL. Esta misma tarifa se aplicará también a las consultas realizadas en centros de salud privados de segundo y tercer nivel.
SE APLICARÁ UN DESCUENTO EN LAS CONSULTAS CON DERIVACIÓN DEL MÉDICO DE CABECERA
En el marco del comunicado, el copago que se cobrará por las consultas médicas y odontológicas de quienes acudan a los centros de salud con derivación de médicos de cabecera contratados, asignados o autorizados por el Ministerio de Salud, se recaudará con un descuento del 50%.
SE REALIZÓ OTRA MODIFICACIÓN EN EL COMUNICADO
Dentro del alcance de la regulación, la expresión "5" contenida en el artículo pertinente del Comunicado de Aplicación de Salud también fue modificada a "30".
Las nuevas disposiciones entraron en vigor a partir del 1 de julio de 2026, fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
Fuente de la noticia: 12punto
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