Cambios en la tarifa de anticipo de gastos para el concordato publicados en el Boletín Oficial
Se ha publicado en el Boletín Oficial el comunicado sobre la modificación de la tarifa de anticipo de gastos para el concordato.
Mediante un comunicado publicado por el Ministerio de Justicia en el Boletín Oficial, se han introducido cambios en la tarifa de anticipo de gastos para el concordato. Quien solicite el concordato deberá depositar el anticipo de gastos en la caja del tribunal al momento de presentar la solicitud. El anticipo de gastos del concordato cubrirá gastos tales como todo tipo de notificaciones y gastos postales, honorarios de peritos y del comisario de concordato, gastos de publicación, gastos de quiebra, así como los costos de envío y retorno del expediente a los tribunales regionales de justicia y al Tribunal de Casación.
CAMBIOS EN LAS TARIFAS DE ANTICIPO DE GASTOS
El solicitante del concordato deberá pagar como anticipo: el importe de los gastos de notificación equivalente al triple del número de acreedores declarados al solicitar el concordato; el importe mínimo de 2 mil liras turcas correspondiente a 7 anuncios que se publicarán en el Boletín del Registro Mercantil de Turquía; el importe mínimo de 7 anuncios que se realizarán en el portal oficial de anuncios de la Agencia de Prensa y Publicidad, determinado en la Tarifa Oficial de Precios de Anuncios; el costo de 50 envíos postales certificados con acuse de recibo para las notificaciones a las instituciones y organizaciones pertinentes; el triple del importe determinado en la Tarifa Mínima de Honorarios de Peritaje para un perito; el importe correspondiente a cinco meses de honorarios para la persona que será designada como comisario de concordato, calculado sobre una base mínima de 2 mil 600 liras turcas para cubrir el período de moratoria provisional, con el fin de completar posteriormente el honorario que determine el tribunal; mil 300 liras turcas para otros trabajos y transacciones; y un total de 53 mil liras turcas en concepto de gastos de quiebra para aquellos sujetos a quiebra.
EL ANTICIPO DE GASTOS NO UTILIZADO SERÁ DEVUELTO
En el caso de deudores no sujetos a quiebra, el tribunal podrá decidir una reducción en el monto del anticipo de gastos mencionado anteriormente. La parte no utilizada del anticipo de gastos será devuelta al solicitante una vez que la sentencia sea firme. Si el solicitante ha proporcionado un número de cuenta, la devolución se realizará mediante transferencia electrónica. Si no se ha proporcionado un número de cuenta, el reembolso se enviará a través de la empresa Posta ve Telgraf Teşkilatı (PTT) con pago en el domicilio, cubriendo los gastos con el propio anticipo. Si durante el proceso judicial se determina que el anticipo de gastos depositado según la tarifa no es suficiente, se deberá completar la parte faltante. El anticipo de gastos previsto en esta tarifa se aplicará a las solicitudes de concordato realizadas después del 15.03.2018.
Fuente de la noticia: İHA
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