Encuentra noticias publicadas en el siguiente rango de fechas
y y
y y
y y
Limpiar
Euro
Arrow
55,2616
Dolar
Arrow
47,8314
Libra esterlina
Arrow
64,5657
Oro
Arrow
6725,6349
BIST 100
Arrow
14.132

¡El Tribunal Constitucional consideró el eslogan 'Biji Serok Apo' como libertad de expresión!

El Tribunal Constitucional (AYM) dictaminó que hubo una "violación de la libertad de pensamiento y expresión" en el caso de una condena a prisión por "hacer propaganda de una organización terrorista" debido al eslogan "Biji Serok Apo".

No dejes que el algoritmo elija tus noticias, decide tú qué leer. ¡Añade 12punto a tus fuentes preferidas!
¡El Tribunal Constitucional consideró el eslogan 'Biji Serok Apo' como libertad de expresión!

Merve Nur Tekin, quien durante las protestas celebradas en el distrito de Lice, en Diyarbakır, el 7 de junio de 2014, acompañó el himno "Çerxa Şoreşe" y coreó los eslóganes "Biji Serok Apo" y "PKK halktır halk burada" (El PKK es el pueblo, el pueblo está aquí), fue condenada a prisión y a una multa por el Tribunal Penal Superior de Ardahan por "hacer propaganda de una organización terrorista".

Tras la confirmación de la sentencia por parte del Tribunal de Casación, Tekin presentó una solicitud individual ante el Tribunal Constitucional el 11 de febrero de 2022, alegando una "violación del derecho a la libertad de pensamiento y expresión".

 

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ACEPTÓ LA SOLICITUD DE TEKIN Y DICTAMINÓ QUE HUBO UNA VIOLACIÓN.

En la resolución se determinó que "las opiniones transmitidas al público a través de himnos, incluso si son consideradas sin valor, inútiles, provocadoras o molestas por otros, están bajo la protección de la libertad de expresión independientemente de las evaluaciones subjetivas de las personas, y que castigar a las personas basándose en evaluaciones subjetivas o suposiciones, e intervenir de esta manera en la expresión de ideas, violaría un derecho fundamental".

 

"SE VIOLÓ LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN"

El Tribunal Constitucional dictaminó que la condena impuesta a Tekin no respondía a una necesidad social imperiosa y que se violó su derecho a la libertad de expresión, garantizado por el Artículo 26 de la Constitución.

En la decisión del Tribunal, se aceptó por unanimidad que la "alegación relativa a la violación de la libertad de expresión" era admisible, mientras que la conclusión de que se violó dicha libertad fue aprobada por mayoría de votos.

Los miembros Yıldız Seferinoğlu y Ömer Çınar no se adhirieron a la decisión.

Asimismo, el Tribunal Constitucional ordenó el pago de una indemnización por daños morales de 30 mil liras a la solicitante.

 

El Tribunal Constitucional decidió que se realice un nuevo juicio para eliminar las consecuencias de la violación detectada y envió el expediente al Tribunal Penal Superior de Ardahan.


Fuente de la noticia: 12punto

TC Tribunal Constitucional eslogan