Nueva era para la mantequilla: se establece la cantidad de leche que deberá contener
El Ministerio de Agricultura y Bosques ha preparado y sometido a consulta el "Proyecto de Comunicado del Codex Alimentario Turco sobre Mantequilla y Mantequilla Clarificada" con el fin de proteger a los consumidores y prevenir la imitación y adulteración en los productos. Según el mismo, se establece el criterio de que la mantequilla sin sal debe tener un contenido de grasa láctea de al menos el 82 por ciento en peso.
Según la recopilación realizada por el corresponsal de la AA a partir del proyecto de comunicado, la regulación tiene como objetivo determinar las características necesarias para la producción, conservación, envasado, almacenamiento, transporte y comercialización de la mantequilla y la mantequilla clarificada de manera higiénica y conforme a la técnica.
SE DETERMINA EL CONTENIDO DE LECHE
En este contexto, se establece el criterio de que la mantequilla sin sal debe tener un contenido de grasa láctea de al menos el 82 por ciento en peso.
Se ha añadido al comunicado que no se podrán utilizar aromatizantes en la mantequilla que no contenga sustancias saborizantes. En los productos cubiertos por la regulación, tampoco se podrán utilizar aromatizantes de leche y productos lácteos, como el aroma de leche de búfala o el aroma de yogur.
NUEVAS REGLAS PARA ENVASES Y ETIQUETAS
Las disposiciones sobre etiquetado, envasado y marcado de los productos también se están reorganizando con el proyecto de comunicado.
De acuerdo con esto, será obligatorio que el nombre del alimento aparezca en el campo de visión principal de la etiqueta de los productos.
Las cantidades de grasa láctea contenidas en los productos deberán indicarse junto al nombre del alimento y en el campo de visión principal, con un tamaño de fuente al menos igual al del nombre del alimento.
La sustancia saborizante utilizada en la mantequilla con condimentos también se utilizará junto con el nombre del alimento.
Durante el transporte, almacenamiento y puesta a disposición del consumidor final, la temperatura de los productos deberá ser de un máximo de 6 grados centígrados.
SE ESTABLECE EL PERIODO DE TRANSICIÓN
Se aplicarán sanciones administrativas a quienes actúen en contra del comunicado, en el marco de los artículos pertinentes de la Ley de Servicios Veterinarios, Sanidad Vegetal, Alimentos y Piensos.
Los operadores alimentarios tendrán la obligación de cumplir con las disposiciones del comunicado antes del 31 de diciembre de 2024. Los alimentos etiquetados o comercializados antes de esta fecha podrán permanecer en el mercado hasta el final de su vida útil.
La regulación tiene como objetivo proteger a los consumidores y prevenir la imitación y adulteración en los productos.
Fuente de la noticia: AA
Mas leidos
Serdal Adalı presenta una denuncia contra la prensa
El Fenerbahçe organizará una ceremonia de firma para Romelu Lukaku
El precio más bajo en vehículos sin ÖTV es de 783 mil liras turcas: Aquí está la lista
¿Qué 'hombre' ha ganado de nuevo? ¿De qué es esta 'victoria'?
La encuesta del YENİ Parti sacude el panorama
Sale a la luz la declaración de la sospechosa que quemó la bandera en Muğla
Se revelan los nombres de los detenidos en la operación contra los Süleymancılar
Un detalle llamativo de Murat Ağırel sobre la operación de los Süleymancılar
La aventura en el Beşiktaş llega a su fin
¡Primeras imágenes de la operación contra los Süleymancılar!