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Nuevas sanciones publicadas en el Boletín Oficial: facultades para los guardias, uso no autorizado de luces estroboscópicas y armas sin licencia...

La Ley sobre la Modificación de la Ley de Funcionarios del Interior y Algunas Leyes, así como del Decreto Ley N.º 375, que contiene regulaciones en el ámbito de la seguridad interna, ha sido publicada en el Boletín Oficial. Según la normativa, la sanción para quienes utilicen luces estroboscópicas y luces de emergencia sin autorización se ha incrementado a 96 mil liras. El límite inferior de las penas de prisión para quienes posean armas sin licencia se ha elevado a 2 años, y el límite superior a 4 años. Con esta ley, quienes introduzcan en el país ciertas piezas de armas de fuego serán castigados con penas de prisión de 5 a 12 años.

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Nuevas sanciones publicadas en el Boletín Oficial: facultades para los guardias, uso no autorizado de luces estroboscópicas y armas sin licencia...

Según la ley aprobada el 21 de noviembre en la Asamblea General de la Gran Asamblea Nacional de Turquía (TBMM), los exámenes y evaluaciones que se llevarán a cabo con el fin de determinar a los funcionarios de administración civil de primera clase serán realizados por el Ministerio del Interior un máximo de 2 veces al año.

Se otorgarán ayudas por jubilación, discapacidad y fallecimiento a los miembros del Fondo de Asistencia y Cuidado de la Policía que formen parte de la Organización de Seguridad, o a sus herederos en caso de fallecimiento; a los miembros jubilados se les otorgarán participaciones en los beneficios y ayudas por fallecimiento.

SANCIONES RELACIONADAS CON ARMAS DE FUEGO

A quienes se les roben o pierdan sus armas por tercera vez, se les retirará la licencia de armas y no se les concederá permiso para poseer o portar armas hasta que hayan transcurrido 5 años desde la fecha del hecho.

No se exigirá un límite de tiempo para las licencias de armas que se transfieran a los veteranos, así como a sus padres, cónyuge e hijos, o que estos adquieran en caso de no haber transferencia.

Quienes introduzcan en el país o vendan piezas de armas de fuego como el cañón, la corredera, el armazón, el marco, el cilindro, la cabeza del mecanismo, el extractor, la uña extractora o la aguja percutora, serán castigados con penas de prisión de 5 a 12 años.

El límite inferior de la pena de prisión para quienes porten, compren o posean armas sin licencia se elevará de 1 año a 2 años, y el límite superior de 3 años a 4 años.

USO NO AUTORIZADO DE LUCES ESTROBOSCÓPICAS

Quienes utilicen luces estroboscópicas y luces de emergencia sin autorización serán sancionados con una multa de 96 mil liras, sus licencias de conducir serán retiradas por un periodo de 30 días y el vehículo será retirado de la circulación por el mismo periodo.

Los datos del sistema de registro y matriculación de vehículos mantenido por la Unión de Notarios de Turquía se compartirán instantáneamente con el Comando General de la Gendarmería.

Las asociaciones que lleven al menos un año en funcionamiento podrán abrir locales; este requisito no se exigirá a las federaciones y confederaciones.

NUEVA FACULTAD PARA LOS GUARDIAS

En caso de existir sospechas suficientes de que una persona detenida por un guardia de mercado y barrio porta un arma en su persona o vehículo, el guardia podrá realizar un registro superficial mediante palpación externa para prevenir daños; en cuanto a los vehículos, podrá controlar las secciones visibles desde el exterior.

El Ministro del Interior podrá otorgar la "Medalla de Valor y Abnegación Superior de la Policía", la "Medalla de Honor de la Policía" y la "Medalla de Servicio Distinguido de la Policía" al personal de la Dirección General de Seguridad que desempeñe sus funciones con éxito sobresaliente.


Fuente de la noticia: AA

Guardia de mercado y barrio Dirección General de Seguridad Castigo luces estroboscópicas arma sin licencia