Se promulga el proyecto de ley para la protección de los consumidores
El proyecto de ley sobre la modificación de la Ley de Protección al Consumidor y otras leyes ha sido aprobado por la Asamblea General de la Gran Asamblea Nacional de Turquía (TBMM) y se ha convertido en ley.
Según la ley, se reorganiza el requisito de forma de los contratos entre prestamistas y consumidores bajo la Ley de Protección al Consumidor, permitiendo que se establezcan a través de métodos que incluyan la verificación de la identidad del consumidor mediante un dispositivo de informática o de comunicación electrónica. En consecuencia, el contrato de crédito al consumo no será válido a menos que se establezca por escrito o a distancia.
Teniendo en cuenta la regulación que permite establecer contratos de crédito al consumo a distancia mediante medios de comunicación remotos, se está realizando una regulación para que otras transacciones vinculadas al contrato también puedan realizarse de forma remota en un entorno electrónico a través de un dispositivo de almacenamiento de datos permanente. De acuerdo con esto, la cuenta relacionada con un contrato de crédito de plazo determinado se cerrará con el pago del crédito, a menos que el consumidor solicite lo contrario por escrito o mediante un dispositivo de almacenamiento de datos permanente.
Las mismas disposiciones serán aplicables a los contratos entre las instituciones de financiación de la vivienda y los consumidores.
Con la ley, los sistemas de venta directa se definen como "un sistema de ventas en el que los vendedores directos, que no son empleados mediante un contrato laboral y que operan bajo nombres como representantes independientes, distribuidores, consultores y similares a cambio de beneficios como comisiones, primas, incentivos y premios, comercializan bienes o servicios a los consumidores, creados por una empresa de venta directa". Será obligatorio que la empresa de venta directa sea una sociedad de capital y cumpla con las demás condiciones determinadas por reglamento.
El sistema de venta directa deberá basarse en la venta de bienes o servicios a los consumidores, y no en que las ganancias obtenidas se fundamenten principalmente en la captación de nuevos vendedores directos para el sistema y la distribución de los beneficios resultantes, además de cumplir con los demás principios establecidos por reglamento. No se podrá exigir a los vendedores directos ningún pago o documento que los obligue a contraer deudas bajo nombres como renovación, paquete, cuota, membresía y similares que no incluyan los bienes o servicios previstos para la venta al consumidor, para su inclusión o permanencia en el sistema.
La compra de bienes o servicios en la cantidad o importe determinado por la empresa de venta directa no podrá determinar el nivel del vendedor directo dentro del sistema. El consumidor que compre bienes o servicios dentro del ámbito del sistema de venta directa tendrá derecho a desistir del contrato en un plazo de 30 días sin necesidad de justificación y sin pagar penalizaciones. Será suficiente que la notificación de que se ha ejercido el derecho de desistimiento se haya dirigido al vendedor directo o a la empresa de venta directa dentro de este plazo.
La empresa de venta directa estará obligada a establecer un sistema que permita informar al consumidor y transmitir sus solicitudes y notificaciones sobre los asuntos determinados por el Ministerio de Comercio. Esta regulación entrará en vigor 9 meses después de la publicación de la ley.
SE AUMENTAN LAS SANCIONES POR PRÁCTICAS COMERCIALES DESLEALES
Se ha realizado una regulación con el fin de aumentar la disuasión y proteger eficazmente a los consumidores, debido a que las multas administrativas fijas determinadas para la publicidad y las prácticas comerciales desleales resultaban insuficientes.
A quienes actúen en contra de las obligaciones contenidas en las disposiciones sobre prácticas comerciales desleales se les aplicará la sanción de "suspensión cautelar de la práctica comercial desleal hasta por 3 meses" o "suspensión cautelar", o una "multa administrativa de 60 mil liras turcas a 600 mil liras turcas".
La multa administrativa se aplicará de 600 mil liras turcas a 6 millones de liras turcas si la infracción se ha producido a nivel nacional.
En caso de que no se muestre correctamente todo tipo de información y documentos a las personas u organizaciones autorizadas y encargadas de las inspecciones, se notificará que la información y los documentos deben entregarse correctamente o que se debe permitir la inspección in situ en un plazo de 7 días. Si la infracción continúa a pesar de la notificación, se impondrá una multa administrativa no inferior a 80 mil liras turcas, equivalente al uno por ciento de los ingresos brutos anuales generados al final del ejercicio fiscal anterior a la fecha en que se produjo la infracción.
En los casos en que no se declaren los ingresos brutos o se declaren incorrectamente, se aplicará una multa administrativa de 6 millones de liras turcas en las ventas de viviendas prepagadas y de 1 millón de liras turcas en otras ventas.
Se otorga al Consejo de Publicidad la autoridad para imponer multas administrativas dentro de estos límites, teniendo en cuenta aspectos como el contenido de injusticia de la infracción, la magnitud del beneficio obtenido o el daño causado debido a la infracción, así como la culpa y la situación económica de quien cometió la infracción.
SISTEMAS DE VENTA PIRAMIDAL
Con la ley, se aplicarán las disposiciones pertinentes del Código Penal Turco a quienes inicien, organicen, difundan mediante reuniones, correo electrónico u otros métodos aptos para asegurar la participación de muchas personas, o apoyen con fines comerciales la difusión de un sistema de venta piramidal en contra de la disposición sobre sistemas de venta piramidal contenida en la ley pertinente.
Además, se determinan las multas administrativas que se impondrán en caso de que se detecte que la empresa de venta directa no es una sociedad de capital, que el sistema de venta directa no se basa en la venta de bienes o servicios, sino principalmente en la captación de nuevos vendedores directos y la distribución de beneficios, o que no se ha establecido un sistema que garantice la información al consumidor. Esta regulación entrará en vigor 9 meses después de la publicación de la ley.
Con la regulación, también se otorga a los destinatarios la posibilidad de llegar a un acuerdo en las multas administrativas impuestas por el Consejo de Publicidad.
De esta manera, considerando los costes públicos que provocarían los procesos judiciales relacionados con los actos administrativos derivados de la violación de las disposiciones sobre publicidad comercial y prácticas comerciales desleales, así como los beneficios públicos que se obtendrán gracias a la finalización rápida y definitiva de la infracción y del proceso, se permite que la institución de conciliación, que se aplica en la situación actual en caso de violación de otras disposiciones de la ley, se aplique también a las disposiciones relativas a la publicidad comercial y las prácticas comerciales desleales.
Se garantiza la igualdad en cuanto a la posibilidad de conciliación para las personas físicas o jurídicas sujetas a la sanción.
DISPOSICIONES RELATIVAS AL COMERCIO ELECTRÓNICO
Con la modificación realizada en la Ley de Regulación del Comercio Electrónico, para fomentar las inversiones en alta tecnología además de las actividades de comercio electrónico transfronterizo de los proveedores de servicios intermediarios de comercio electrónico que facilitan que las empresas lleven sus productos a mercados extranjeros, el doble del total de las ventas realizadas al extranjero a través de mercados virtuales y los gastos de inversión realizados con el certificado de incentivo del Ministerio de Industria y Tecnología se deducirán del volumen neto de transacciones que constituye la base para el cálculo de la tasa de licencia.
Con el fin de proteger el entorno de competencia leal y la estructura multijugador del sector, para poder beneficiarse de la oportunidad de descuento otorgada por la regulación, se ha impuesto la condición de que el volumen neto de transacciones del proveedor de servicios intermediarios de comercio electrónico no supere el 20 por ciento del volumen de comercio electrónico calculado por el Ministerio utilizando los datos del Sistema de Información de Comercio Electrónico (ETBİS), que expresa la suma de los volúmenes netos de transacciones de los proveedores de servicios intermediarios de comercio electrónico y los proveedores de servicios de comercio electrónico incluidos en el ámbito de la ley.
Para el cálculo de la tasa de licencia correspondiente al año 2024, se deducirá del volumen neto de transacciones 4 veces el total de las ventas realizadas al extranjero a través de mercados virtuales y los gastos de inversión realizados mediante la obtención de un certificado de incentivo a la inversión; para el cálculo de la tasa de licencia correspondiente al año 2025, se deducirá 3 veces dichas ventas y gastos.
Estas disposiciones entrarán en vigor en la fecha de su publicación, siendo aplicables a partir del ejercicio fiscal que comience en 2024 para los contribuyentes a los que se les haya asignado un ejercicio fiscal especial a partir del 1 de enero de 2024.
SE HAN CREADO 3 NUEVOS ARTÍCULOS
Con la propuesta del AKP aceptada en la Asamblea General, se han creado 3 nuevos artículos en la ley, que incluyen algunas disposiciones del Proyecto de Ley sobre Algunas Regulaciones Relativas a la Industria de Defensa y Modificaciones a Algunas Leyes, cuyas deliberaciones en la Comisión de Planificación y Presupuesto fueron pospuestas.
Según la modificación realizada en la Ley de Procedimiento Fiscal, las diferencias de ajuste resultantes de someter a ajuste por inflación los importes seguidos en la cuenta de "inversiones en curso" de acuerdo con las normas contables dentro del ámbito de la regulación, y que se siguen en la subcuenta de esta cuenta, se mostrarán en una cuenta de fondo especial en el pasivo del balance y no se tendrán en cuenta en la determinación de la ganancia del período.
Estos importes en la cuenta de fondo especial se tendrán en cuenta en la determinación de la ganancia del período en cuotas iguales dentro del período en el que se complete la inversión y se deba activar el activo económico correspondiente, y los 4 períodos fiscales siguientes a este período. De acuerdo con esta regulación, los importes seguidos en la cuenta de fondo especial y no tenidos en cuenta en la determinación de la ganancia del período se incrementarán cada año según la tasa de revalorización determinada de acuerdo con la Ley para el año anterior. No se aplicará ajuste por inflación adicional a los importes seguidos en estas cuentas.
En los casos de abandono del negocio durante el período de inversión o después de la activación del activo económico, o de transferencia de parte o la totalidad de dichos importes seguidos en la cuenta de fondo especial a otra cuenta, o de retiro de la empresa, los importes no tenidos en cuenta en la ganancia del período de acuerdo con esta regulación se tendrán en cuenta en la determinación de la ganancia corporativa del período en el que se abandonó el negocio o en el que la cuenta de fondo especial se utilizó parcial o totalmente en contra de las disposiciones de este apartado.
Se incluyen en el grupo de contribuyentes a los que no se les tendrá en cuenta en la determinación de la ganancia sujeta a impuestos la diferencia de beneficio/pérdida derivada del ajuste por inflación realizado en los ejercicios fiscales 2024 y 2025, incluidos los períodos de impuestos provisionales, las empresas en liquidación y quiebra, así como las empresas económicas estatales y las instituciones económicas públicas dentro del ámbito del Decreto Ley sobre Empresas Económicas Públicas. Se establece a partir de qué período los contribuyentes incluidos en el ámbito no tendrán en cuenta las diferencias de beneficio/pérdida derivadas del ajuste por inflación en la determinación de la ganancia del período sujeta a impuestos, y en qué casos dichas diferencias de ajuste se tendrán en cuenta en la determinación de la base imponible.
REGULACIÓN PARA UNA NUEVA ZOS
Con la modificación realizada en la Ley de Costas, se permite el establecimiento de una Zona Organizada Industrial (ZOS) mediante una decisión de plan de zonificación de acuerdo con la decisión de selección de ubicación en el área cuyos límites y coordenadas se determinan en Samsun.
Tras finalizar las deliberaciones, en la votación realizada, se aceptó el Proyecto de Ley sobre la modificación de la Ley de Protección al Consumidor y otras leyes.
Tras la aceptación de la propuesta, el vicepresidente de la TBMM, Celal Adan, cerró la sesión para reunirse a las 14.00 horas.
Fuente de la noticia: AA
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