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El examen de derecho y democracia de los colegios de abogados

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Los colegios de abogados son las organizaciones profesionales de los abogados que representan a la defensa. Las fuentes principales de la legislación relativa a la profesión de la búsqueda de justicia y la defensa son la Ley de la Abogacía y el Reglamento de la Ley de la Abogacía. Las regulaciones vinculantes/imperativas relativas a la abogacía, que constituye el pilar de la defensa en la actividad judicial compuesta por el trío acusación-defensa-decisión, son inherentes a la naturaleza de la profesión. El hecho de que la licencia de abogado no se entregue sin prestar el juramento de ingreso a la profesión ante el colegio de abogados, que reza: “Juro por mi honor y mi integridad que actuaré de acuerdo con la ley, la moral, el honor y las normas de la profesión” es un aspecto sobre el que se debe reflexionar.

En el artículo 76 de la Ley de la Abogacía, titulado 'Establecimiento y cualidades de los colegios de abogados', se establece: “Los colegios de abogados son organizaciones profesionales con carácter de institución pública que poseen personalidad jurídica, llevan a cabo todas sus actividades de acuerdo con principios democráticos y tienen como objetivo desarrollar la profesión de abogado, garantizar la honestidad y la confianza en las relaciones de los miembros de la profesión entre sí y con sus clientes; proteger el orden, la moral y la dignidad de la profesión, defender y proteger el estado de derecho y los derechos humanos, y satisfacer las necesidades comunes de los abogados”. Esta definición,

En el artículo 95 de la Ley de Abogacía, titulado Funciones de la Junta Directiva, se establece:  “1- Garantizar la protección del honor de la abogacía y del orden profesional, y asegurar que la profesión se ejerza con lealtad y dignidad, conforme a los fines de la justicia, 21- Defender y proteger el Estado de derecho y los derechos humanos, y dotar de operatividad a estos conceptos” Esta mención demuestra que los colegios de abogados poseen derechos y responsabilidades que van más allá de ser simples organizaciones profesionales.

Es una realidad conocida que la influencia del poder político en la formación de los altos órganos judiciales como el Tribunal Constitucional, el Tribunal de Casación, el Consejo de Estado, el Consejo de Jueces y Fiscales (HSK) y la burocracia judicial ha alcanzado niveles que eliminan la imparcialidad judicial. Con la eliminación del sistema de pesos y contrapesos entre el legislativo, el ejecutivo y el judicial, es decir, la separación de poderes tras 2017, y la transición al régimen de una sola persona/líder, Turquía parece haber descendido de categoría en la liga de la democracia.

Tras el referéndum de 2017, la ineficacia del legislativo y la primacía de la voluntad de una sola persona/líder sobre la voluntad nacional representada por la Asamblea Nacional han transformado a Turquía de un Estado constitucional a un Estado con constitución, lo que ha despojado de gran parte de su sentido al derecho y a la justicia, empezando por la propia Constitución.

En un proceso donde la independencia judicial ha desaparecido y la confianza en la justicia disminuye constantemente, estamos viviendo una etapa en la que los colegios de abogados, obligados por ley a defender el Estado de derecho y los derechos humanos además de buscar justicia, están siendo alineados y puestos bajo el control del poder. La modificación de la Ley de Abogacía, que permitió la creación de segundos colegios de abogados en provincias como Estambul y Ankara, no tiene otro significado que la puesta en marcha de organizaciones afines bajo el título de colegios de abogados que cumplirán la función de sucursales jurídicas del poder.

¿Acaso el silencio de los colegios de abogados en un proceso donde la confianza en la justicia, bajo la influencia del poder político, ha tocado fondo, donde no se reconocen las decisiones del Tribunal Constitucional, donde la jerarquía normativa está trastocada, donde se intenta partidizar a las organizaciones profesionales y donde se introducen sucursales jurídicas llamadas colegios de abogados en lugar de aquellos que no pueden ser alineados, no significará convertirse en aprobadores tímidos del nuevo régimen?

Además de proteger los derechos e intereses de sus miembros, los colegios de abogados, obligados a defender y proteger el Estado de derecho y los derechos humanos, no deben ignorar sus responsabilidades históricas de ser instituciones de confianza para la sociedad y para los ciudadanos que buscan justicia. El hecho de que los colegios de abogados eviten su responsabilidad histórica de ser la fuerza pionera en el retorno a la democracia, al Estado de derecho, al sistema parlamentario, a la separación de poderes y a la independencia judicial será visto como una negación de su propia razón de ser. En momentos en los que no existe una tercera opción entre la democracia y la dictadura, la postura que se adopte será, sin duda, registrada en la página de la vergüenza o del honor de la historia, tal como se merece.