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El general no asistió a la audiencia y pidió una sesión privada... El testigo recibió una llamada...

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Ha comenzado el proceso judicial por la disputa entre el General D.A., comandante de la guarnición de una de nuestras grandes provincias, y el Mayor E.Ş., quien estaba bajo su mando. ¡Pero qué comienzo!...

Primero, resumamos el caso para aquellos que no han leído nuestros artículos anteriores sobre el tema.

El General D.A., quien también es comandante de un importante centro de entrenamiento de las Fuerzas Armadas Turcas (TSK) en la provincia donde se encuentra, inició una investigación disciplinaria contra el Mayor E.Ş. debido a ciertas publicaciones que realizó sin mencionar nombres, y además presentó una denuncia ante la Fiscalía General bajo la acusación de “amenazas e insultos a un superior”.

Como resultado de la investigación disciplinaria, llevada a cabo íntegramente sobre la base de la acusación preparada por la Fiscalía, el Alto Consejo Disciplinario del Mando de las Fuerzas Terrestres decidió expulsar al Mayor E.Ş. de las TSK, mientras que durante el proceso penal ocurrieron las siguientes curiosidades:

El General D.A. solicitó al Tribunal de Familia, en el marco de la “Ley de Protección de la Familia y Prevención de la Violencia contra la Mujer”, que se dictara una orden para que el Mayor E.Ş. “no se acercara a su domicilio, lugar de trabajo, familiares e hijos, ni los molestara a través de medios de comunicación o de cualquier otra forma” durante un periodo de 2 meses...

Además, solicitó que se dictara una “prohibición de prensa/difusión y una orden de confidencialidad” para el caso penal abierto contra E.Ş., “debido a los efectos negativos que podría causar en la sociedad por ser general”. Sin embargo, esta solicitud no fue aceptada...

La primera sesión del caso abierto por el General D.A. contra el Mayor E.Ş. se celebró la semana pasada en la provincia donde D.A. es Comandante de Guarnición y Entrenamiento.

EL ARGUMENTO DE LA ''INTENSA CARGA DE TRABAJO''

Relatemos lo que sucedió a partir de las actas.

El demandante, el General D.A., no asistió a la audiencia. Su abogado informó que el general no pudo asistir debido a su “intensa carga de trabajo” y presentó al tribunal el documento enviado por la Jefatura de Personal del Mando de las Fuerzas Terrestres, dirigido a ellos, que certifica que el Mayor E.Ş. ha sido expulsado de las TSK.

El acusado E.Ş. reiteró sus declaraciones de la fase de investigación, señalando que el General D.A. lo calumnió respecto a las publicaciones que realizó y que, por ello, presentó una denuncia, pero que dicha denuncia no fue incluida en la acusación. Mientras tanto, también relató lo que el General D.A. dijo sobre el personal bajo su mando y sus cónyuges, así como sobre Erdoğan y su familia, y el ex Ministro de Defensa Nacional Hulusi Akar, lo cual quedó registrado en las actas.

Tras finalizar la declaración de E.Ş., sus abogados Serdar Öztürk e İbrahim Yılmaz solicitaron que se escuchara al Teniente Coronel S.T., quien estaba presente fuera de la sala de audiencias y fue testigo de lo que dijo e hizo el General D.A.

El fiscal dijo: “La decisión de escuchar al testigo queda a discreción del Tribunal”. Sin embargo, el Tribunal decidió que “no hay lugar para escuchar a S.T. en esta etapa” y el juicio continuó.

İbrahim Yılmaz, uno de los abogados del acusado E.Ş., reaccionó a esta decisión del Tribunal diciendo: “Por ley, tenemos derecho a probar las acusaciones. Por eso queríamos presentar un testigo. El Tribunal ha decidido rechazarlo de manera contraria a la ley”.

El abogado Serdar Öztürk también declaró:

“Detrás de estos asuntos, el hecho de que el demandante haga declaraciones sobre sí mismo en conversaciones privadas con palabras que llegan a insultar e incluso amenazar al Presidente y a su familia, demuestra que hay un problema en su carácter. Es alguien que, a pesar de que su jubilación estaba sobre la mesa en 2013 tras graduarse de la Academia Militar en el 91, fue ascendido a General a pesar de que se sabía que no tenía el mérito necesario, considerando su actitud durante el intento de golpe de Estado y sus heridas. Ha arruinado la vida de su unidad y de su personal. Experimenta este tipo de incidentes porque no tiene dotes de liderazgo. Queremos que el demandante esté presente. Tendremos preguntas en el marco del derecho constitucional a la defensa”.

CURIOSIDAD POR LA SESIÓN PRIVADA

Antes de pasar a las declaraciones del abogado del General D.A., recordemos lo siguiente.

Es sabido que en los juicios por el intento de golpe de Estado del 15 de julio, muchos comandantes, empezando por el entonces Jefe del Estado Mayor Hulusi Akar y el Segundo Jefe Yaşar Güler, no fueron escuchados en las audiencias donde estaban presentes los acusados y sus abogados, sino en sesiones privadas.

Pues bien, el abogado del General D.A., tras decir “Somos los demandantes, queremos participar en el caso”, solicitó que su cliente fuera escuchado sin fecha fija debido a sus “asuntos laborales”.

Una vez concluidas las declaraciones, el fiscal emitió un dictamen a favor de que la solicitud de participación del General D.A. se decidiera después de ser escuchado.

El Tribunal tomó la misma decisión y, ordenando que se notificara al General D.A. la fecha y hora de la nueva audiencia, pospuso el juicio hasta noviembre.

¿QUIÉN LLAMÓ AL TESTIGO DESPUÉS DE LA AUDIENCIA?

La primera sesión terminó así, pero ocurrieron otras cosas a raíz de ello.

Los abogados de E.Ş. explicaron lo sucedido en la petición que enviaron al Tribunal después de la audiencia:

“La asignación de nuestro testigo S.T., cuyo nombre aparece repetidamente en la acusación y a quien teníamos presente en el tribunal, fue trasladada a otra provincia con los nombramientos de 2025. Aunque solicitamos repetidamente que el testigo fuera escuchado por su Tribunal, indicando que debía ser escuchado antes de irse y que, de lo contrario, solo podría ser escuchado mediante comisión rogatoria, lo cual contravendría el ‘principio de inmediatez de las pruebas’, nuestra solicitud fue rechazada y el testigo presente en la audiencia no fue escuchado. No escuchar a nuestro testigo, que estaba presente en la puerta, es contrario a la ley. Nuestro testigo, que sirve como subordinado de la persona que se alega es el demandante y que es el superior máximo de una unidad militar donde se sabe que la jerarquía militar se aplica de manera muy estricta, lamentablemente se ha convertido en un objetivo, tal como sospechábamos. Después de que terminó la audiencia, el Coronel S.M., superior de S.T., quien no sabía que ningún oficial militar estaba presente como testigo, lo llamó a su teléfono móvil y le dijo: ‘Teniente Coronel S..., ¿fuiste al tribunal hoy? ¿Qué pasa? ¿Ibas a decir algo?’. Todo soldado sabe que estas expresiones son una amenaza encubierta y que detrás de ellas está la persona que se alega es el demandante y que, lamentablemente, ostenta el rango de general de división. Por lo tanto, de esta llamada se desprende que nuestro testigo S.T. estará expuesto a una presión sistemática por parte del demandante y los oficiales bajo su mando para que no testifique. Lamentablemente, después de esta llamada, nuestro testigo ha comenzado a temer por lo que le pueda pasar, ya que todavía está bajo el mando de quien se alega es el demandante. Es decir, como resultado de esta llamada, que significa una amenaza encubierta, el demandante ha logrado su objetivo”.

Los abogados solicitaron que, tras estas acusaciones, se escriba un oficio a los operadores pertinentes sobre los registros de llamadas en cuestión, y además que el Coronel S.M. sea escuchado como testigo para preguntarle “cómo se enteró de que S.T. fue al tribunal, con qué propósito lo llamó y si habló con el General D.A. por línea militar o teléfono móvil antes de llamar a S.T.”.

Los abogados, que también informaron que presentaron una denuncia contra el Coronel S.M. por el delito de intento de influir en el proceso judicial, se opusieron a la solicitud del General D.A. de ser escuchado en una sesión privada de la siguiente manera:

“Esta solicitud constituye una violación del derecho constitucional a la defensa por parte del acusado. El hecho de que el demandante D.A. solicite ser escuchado en un entorno donde no están presentes el acusado ni sus abogados es una clara expresión de que teme exponer sus afirmaciones irreales en un entorno abierto a todos. Para expresarlo a modo de crítica, pensamos que alguien que tiene tiempo para dejar de lado su trabajo y, como un adolescente, seguir los estados de WhatsApp de la gente y hacer publicaciones en respuesta a ellos, ocupándose de asuntos tan triviales, tendrá tiempo de sobra para venir al tribunal. Por lo tanto, solicitamos que se rechace la solicitud de que la persona sea escuchada sin fecha fija y que se dicte una orden de comparecencia forzosa”.

Por último, los abogados señalaron que la cercanía del General D.A. con el Fiscal Jefe es conocida por todos, y solicitaron que, en caso de que D.A. intente presionar o influir en el Tribunal utilizando estas relaciones, se levante un acta y se envíe al Consejo de Jueces y Fiscales (HSK).

Seguiremos observando este interesante caso...


Müyesser YILDIZ

3 de julio de 2025