El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Ministerio del Interior han publicado un reglamento que establece que los gastos de alojamiento, retorno y salud de las personas que tienen una orden de deportación por carecer de permiso de trabajo serán cobrados a los lugares de trabajo donde laboraban ilegalmente. El cobro se realizará a través de las oficinas de impuestos y la normativa entrará en vigor el 23.01.2026.
Se ha realizado una modificación en la Ley de Minería estableciendo que, si un área minera queda sujeta a autorización después de haber obtenido la licencia, las actividades mineras podrán continuar, es decir, la licencia obtenida seguirá siendo válida. La única excepción establecida es cuando se detectan bienes culturales en el área minera, en cuyo caso estará sujeta a la autorización del Ministerio de Cultura y Turismo. Los minerales que son insumos básicos para la producción industrial y que conllevan un alto riesgo de suministro han sido clasificados como minerales críticos, mientras que aquellos de alta importancia para la seguridad nacional han sido definidos como minerales estratégicos. Se podrá realizar una expropiación urgente para minerales estratégicos o críticos y, en caso de una Decisión Presidencial, los propietarios de las minas deberán mantener existencias de hasta el 10% de la producción del año anterior.
Con la modificación realizada en la Ley sobre la Protección del Valor de la Moneda Turca, en casos de reincidencia en la introducción o extracción no autorizada de bienes o activos valiosos del país, se impondrá una multa administrativa en su límite máximo, y todas las actividades del establecimiento que realice la actividad no autorizada serán suspendidas permanentemente.
Mediante la modificación de la Ley de Sindicatos de Funcionarios Públicos y Convenios Colectivos, se establece que no se llevarán a cabo investigaciones administrativas/financieras ni juicios contra los responsables de instituciones públicas que hayan proporcionado ayudas de vestimenta/ropa a los funcionarios públicos hasta el 31/5/2025, y aquellos procesos que ya hayan comenzado serán archivados.
Con el cambio realizado en la Ley sobre el Mercado de Gases Licuados del Petróleo (GLP) y la Ley sobre el Mercado de Electricidad, se ha prohibido a los distribuidores vender el GLP que adquieren a otro distribuidor.
Con la modificación de la Ley Laboral, se ha regulado que, siempre que el trabajador otorgue su consentimiento por escrito, los empleadores podrán realizar notificaciones al trabajador a través del Sistema de Notificación Electrónica Registrada (KEP), pero se ha establecido que los avisos de despido deben realizarse por escrito (es decir, sin utilizar el KEP).
Con la modificación de la Ley sobre el Ejercicio de la Medicina y sus Ramas, se permitió que los médicos, dentistas y especialistas trabajen como asegurados en un máximo de 2 instituciones de salud privadas o universidades de fundación. Se prohibió la inscripción de nuevos estudiantes en los programas de asistencia de enfermería y asistencia de partería de las escuelas secundarias de salud profesional. Se impuso a los médicos, dentistas y especialistas según la legislación de especialización médica que trabajan en instituciones y organizaciones de salud privadas y universidades de fundación la obligación de solicitar un nuevo permiso de trabajo antes del 1/6/2026. Los permisos de trabajo de quienes no realicen la solicitud antes de esta fecha serán cancelados.
Con la modificación de la Ley Básica de Servicios de Salud, se prohibió a las instituciones de salud privadas realizar publicidad, a excepción de las actividades de promoción e información.
Mediante el Decreto Ley sobre Algunas Regulaciones en el Ámbito de la Salud, se otorgó un plazo de tres meses hasta el 24.10.2025 a las farmacias, depósitos farmacéuticos y titulares de licencias para resolver las discrepancias entre los registros de existencias y el sistema de seguimiento, en relación con las notificaciones realizadas al sistema de seguimiento antes del 15/3/2025.
Con el reglamento emitido por el Banco Central de la República de Turquía (TCMB), el interés de los anticipos en efectivo y de las cuentas de crédito sobregirado se redujo del 5% al 4,75%; el interés máximo de las tarjetas de crédito se redujo del 4,25% al 4% para tarjetas individuales con un saldo de deuda del periodo entre 25 mil y 150 mil liras, y del 4,75% al 4,50% para tarjetas individuales con una deuda superior a 150 mil liras y para todas las tarjetas de crédito corporativas.
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