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Boletín Oficial / 22-28 de septiembre de 2025

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El Tribunal Constitucional:

-Ha anulado la disposición del artículo 166 de la Ley de Procedimiento Civil que, al tratar casos consolidados por estar conectados entre tribunales civiles del mismo nivel y jurisdicción dentro del mismo distrito judicial, no otorgaba al juez del primer tribunal donde se consolidaron los casos la posibilidad de rechazar el expediente.

-Ha determinado que la pérdida de valor de los créditos derivados de relaciones de deuda frente a la inflación, debido a la falta de un juicio en un plazo razonable, constituye un problema estructural que vulnera el derecho a la propiedad. Dado que esta situación requiere una regulación legal, el Tribunal notificó al Parlamento (TBMM) y decidió aplicar el procedimiento de sentencia piloto. Asimismo, tras esta decisión del 8 de julio de 2025, dictada en el expediente con número de solicitud 2024/41763, suspendió el examen de expedientes sobre el mismo tema durante 6 meses.

El Ministerio de Salud ha modificado el Reglamento de Servicios de Trasplante de Órganos. A partir de ahora, los trámites de donación de órganos podrán realizarse también a través de e-Devlet y e-Nabız, y se dará prioridad a los familiares de las personas que hayan donado órganos durante el proceso de trasplante.

Por decisión presidencial:

-Se ha impuesto una carga financiera adicional del 25% para automóviles convencionales e híbridos, del 30% para automóviles recargables externamente y del 30% para automóviles eléctricos en la importación de turismos procedentes de países distintos a la Unión Europea y aquellos con los que tenemos acuerdos de libre comercio. Los vehículos cuya declaración de aduana se registre antes del 21 de noviembre de 2025 serán gravados según la legislación anterior, es decir, no se verán afectados por este aumento.

-Se han eliminado las cargas financieras adicionales impuestas a la importación de ciertos productos de origen estadounidense, las cuales habían entrado en vigor mediante la Decisión del Consejo de Ministros del 11.06.2018.

El Tribunal de Casación ha dictaminado que, dado que según la legislación el hijo nacido dentro del matrimonio debe llevar el apellido del padre y, en caso de divorcio, la mujer solo puede usar su apellido de soltera en casos excepcionales, no es posible que un hijo nacido de un matrimonio anterior utilice el apellido del cónyuge del segundo matrimonio en caso de que la madre contraiga nuevas nupcias.

Se ha modificado el Comunicado sobre el Mantenimiento en Entorno Electrónico de los Libros Comerciales no Relacionados con la Contabilidad de la Empresa, haciendo obligatorio que las empresas comprendidas en el alcance del comunicado mantengan sus libros de acciones y libros de actas de asambleas generales en formato electrónico. Asimismo, el plazo para que las empresas que llevan libros físicos soliciten al notario la aprobación de cierre de dichos libros se ha ampliado de 2 a 6 meses.

Se ha modificado la Ley de Protección al Consumidor. De acuerdo con esto, se establecerán comisiones de conciliación dependientes de las direcciones provinciales, efectivas a partir del 1 de octubre de 2025, con el fin de reevaluar las multas administrativas impuestas en caso de apelación.