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Boletín Oficial / 6-12 de octubre de 2025

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Se ha realizado una modificación en el reglamento sobre el trabajo de extranjeros de origen turco en Turquía. Tras el cambio, la decisión sobre quién será considerado de origen turco ha quedado en manos del Presidente. Además, el alcance del reglamento se ha restringido con la adición de nuevas condiciones. Para poder acogerse a la normativa relativa al trabajo de extranjeros de origen turco, se han establecido los requisitos de pertenecer a las comunidades que el Presidente reconoce como de origen turco, verse obligado a vivir en Turquía por no poder ejercer su profesión en su país de origen por causas ajenas a su voluntad y, lo más importante, poseer una identidad étnica y cultural diferente a la general del país del que es ciudadano. De este modo, nuestros compatriotas de Asia Central han quedado excluidos del alcance de esta ley y la normativa se ha restringido para cubrir solo a aquellos de origen turco que no viven en un país turco. En resumen, la normativa que se había establecido en el pasado para facilitar el trabajo de nuestros compatriotas turcos de Asia Central en Turquía ha quedado prácticamente obsoleta y todas las facilidades creadas para el trabajo de nuestros compatriotas han sido eliminadas.

El Ministerio de Comercio ha realizado cambios en el Reglamento de Etiquetas de Precios. Se ha implementado una práctica en la que los restaurantes, cafeterías, pastelerías y otros establecimientos deben cargar los precios de sus productos en un sistema electrónico que establecerá el ministerio, permitiendo que todos los precios puedan ser consultados por los clientes a través de Internet.

El Ministerio de Cultura y Turismo ha modificado el Reglamento sobre la Regulación de las Actividades de Alquiler de Viviendas con Fines Turísticos. Los tiempos compartidos también han sido incluidos en este ámbito. Con las modificaciones, se han flexibilizado los procesos de obtención de licencias, pero se ha otorgado discrecionalidad a la administración en cuanto a la concesión de las mismas. En la práctica, debido al uso incorrecto y/o abusivo de la licencia, se ha especificado claramente que la licencia no altera la naturaleza de la vivienda como función principal, ni los derechos y obligaciones bajo la Ley de Zonificación o la Ley de Costas. Se han incrementado los requisitos de seguridad contra incendios en los procesos de obtención de permisos; se ha introducido la obligación de contar con extintores químicos, detectores de humo y señales de advertencia.

El Tribunal Constitucional ha anulado el artículo contenido en el Decreto Ley (KHK) de la ley de estado de emergencia (OHAL) del 7 de febrero de 2018, que establecía que aquellos destituidos de sus cargos no podían presentar ninguna reclamación de indemnización. Ya no existe ningún obstáculo legal para que las personas destituidas bajo este decreto puedan presentar demandas solicitando indemnizaciones por daños materiales y morales. El Tribunal Constitucional ya había anulado anteriormente, con su decisión publicada en el Boletín Oficial el 11 de agosto de 2025, la misma disposición sobre indemnizaciones contenida en el decreto ley de estado de emergencia del 31 de octubre de 2018. Dado que existen innumerables decretos de estado de emergencia y que cada uno contiene la misma disposición, parece que continuarán las decisiones favorables respecto a los derechos de indemnización de quienes fueron destituidos injustamente.

El Ministerio del Tesoro y Finanzas, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Comercio y el Ministerio de Transporte e Infraestructura han realizado cambios en el Reglamento sobre el Cobro de Multas Administrativas Impuestas a Vehículos con Matrícula Extranjera. Tras la modificación normativa, se ha establecido un bloqueo para la salida del país de vehículos con matrícula extranjera hasta que no se paguen las multas administrativas correspondientes.

La Junta de Mercados de Capitales, tras la modificación normativa del 14 de febrero de 2025 y la entrada en vigor del comunicado el 1 de julio de 2025, publicó su decisión de principios del 9 de octubre de 2025, estableciendo que no se requerirá la certificación notarial para las decisiones del consejo de administración registradas a través del Sistema Electrónico de Libros Comerciales.

La Autoridad de Regulación del Mercado Energético ha realizado cambios en los reglamentos sobre el mercado de Gas Licuado de Petróleo (GLP) y las regulaciones técnicas aplicables. Los titulares de licencias de distribución de GLP podrán comprar GLP al por mayor a cualquier distribuidor, pero a partir del 1 de enero de 2026 no podrán vender este GLP a otro distribuidor. Las instalaciones de almacenamiento que tengan capacidad vacía estarán obligadas a satisfacer las solicitudes de almacenamiento, salvo que exista una causa justificada.