La Ley de Desastres, sus efectos en nuestras vidas y propiedades (2)
La abogada mediadora Nurdan Heris escribe para 12punto sobre los aspectos desconocidos y las dudas más frecuentes acerca de la Ley de Desastres.
CONCEPTOS
Los desastres no ocurren de forma planificada ni programada; se desarrollan repentinamente y es necesario no ser tomados por sorpresa. Por ello, para que la aplicación sea posible, es necesario conocer de antemano cuáles son las instituciones y conceptos mencionados en la ley.
MINISTERIO: Es el "Ministerio de Medio Ambiente, Urbanización y Cambio Climático".
ADMINISTRACIÓN: Dentro de los límites municipales y áreas adyacentes, se refiere a los municipios; fuera de estos límites, a las administraciones provinciales especiales; en las metrópolis, a los municipios metropolitanos; y, si el Ministerio los autoriza, a los municipios de distrito dentro de los límites de los municipios metropolitanos.
ÁREA DE RESERVA ESTRUCTURAL: Son las áreas determinadas por el Ministerio, ya sea de oficio o a petición de la TOKİ o de la Administración, para ser utilizadas en las aplicaciones que se llevarán a cabo de conformidad con esta Ley.
ÁREA DE RIESGO: Es el área decidida por el Presidente que conlleva el riesgo de causar pérdida de vidas y bienes debido a la estructura del suelo o a la edificación existente sobre ella.
EDIFICACIÓN DE RIESGO: Se refiere a la edificación, dentro o fuera de un área de riesgo, que ha completado su vida económica o que, basándose en datos científicos y técnicos, se ha determinado que conlleva el riesgo de colapso o de sufrir daños graves.
TOKİ: Es la Administración de Desarrollo de Vivienda.
PRESIDENCIA: Es la Presidencia de Transformación Urbana.
¿CÓMO SE LLEVARÁ A CABO LA APLICACIÓN? ¿CÓMO SE DETERMINA UNA EDIFICACIÓN DE RIESGO?
La Presidencia de Transformación Urbana (en adelante denominada "Presidencia") ha preparado un reglamento relativo a la determinación de edificaciones de riesgo. Sin embargo, las últimas modificaciones del 9 de noviembre de 2023 aún no se han incorporado a este reglamento. Por lo tanto, no lo mencionaremos aquí, pero el reglamento se utilizará en gran medida al llevar a cabo la aplicación. Los propietarios, dentro de los términos de estas disposiciones legales, harán realizar la evaluación de riesgo a instituciones y organizaciones autorizadas por el Ministerio, corriendo ellos mismos con los gastos. Notificarán el resultado a la Presidencia y a la Administración (el municipio o administración provincial especial correspondiente).
La Presidencia/Administración también puede determinar la edificación de riesgo DE OFICIO. O puede dar un plazo a los propietarios para que realicen la evaluación de riesgo. Si los propietarios no realizan la determinación en el plazo concedido, la Presidencia/Administración puede realizarla de oficio. La Presidencia también puede solicitar a la Administración que realice esta determinación.
¿Qué sucede si se impide la determinación de una edificación de riesgo por parte de la Presidencia/Administración?
A petición de la Presidencia/Administración, con el permiso por escrito de la autoridad administrativa local y con la ayuda de las fuerzas del orden suficientes, se puede realizar la determinación de oficio, incluso abriendo o haciendo abrir puertas/áreas cerradas. Este es un tema importante; con esta regulación, se prevé el uso de la fuerza sobre los bienes inmuebles bajo la propiedad de las personas.
¿Qué sucede si, como resultado de la determinación realizada, el edificio se clasifica como edificación de riesgo?
Los propietarios pueden presentar una objeción en un plazo de QUINCE DÍAS.
¿Dónde se presenta esta objeción?
Se constituirá un comité técnico. Las objeciones se presentarán ante este comité técnico.
¿Cómo se constituirá este comité?
A petición de la Presidencia, será un comité técnico de SIETE personas en total, compuesto por cuatro personas designadas por las universidades de entre los miembros docentes de la disciplina profesional pertinente y tres personas que trabajan en la Presidencia. Este comité decidirá sobre las objeciones.
Posteriormente, la Presidencia/Administración lo notificará en la sección de declaraciones del registro de la propiedad a más tardar dentro de los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la fecha de la determinación. Se COLOCARÁ UN ACTA en el EDIFICIO que contenga la información sobre la determinación, de manera que constituya una notificación a los titulares de derechos reales y personales. Se notificará a los propietarios a través de la Puerta de e-Gobierno (e-Devlet) y se anunciará en la MUHTARLIK (oficina del jefe de barrio) correspondiente durante QUINCE DÍAS. El último día del anuncio realizado en la Muhtarlık se considera como NOTIFICACIÓN REALIZADA. Las edificaciones de riesgo también se anunciarán en el sitio web de la Presidencia durante QUINCE DÍAS.
¿CÓMO SE DETERMINA EL ÁREA DE RESERVA ESTRUCTURAL?
La autoridad para determinar las áreas de reserva estructural corresponde al Presidente y a la Presidencia, según las características de los bienes inmuebles. Esta situación se enumera a continuación según diversas posibilidades.
1. A petición de la Presidencia; incluyendo los lugares comprendidos en el ámbito de la Ley N.º 189, de fecha 28/12/1960, sobre la Ejecución de Gastos para las Necesidades de Alojamiento del Ministerio de Defensa Nacional y la Autorización para la Venta de Bienes Inmuebles Utilizados por este Ministerio que ya no son necesarios, y la Ley N.º 2565, de fecha 18/12/1981, sobre Zonas Militares Prohibidas y Zonas de Seguridad, en el caso de bienes inmuebles que se encuentren en áreas de riesgo y áreas de reserva estructural y que sean propiedad privada del Tesoro:
a) Aquellos asignados a administraciones públicas, mediante decisión del Presidente,
b) Aquellos no asignados a administraciones públicas, previa consulta a la administración pública correspondiente,
se transfieren a la Presidencia o, a petición de la Presidencia, pueden transferirse GRATUITAMENTE a la TOKİ y a la Administración.
2. Las áreas no registradas que se encuentren en las zonas donde se realizan aplicaciones de acuerdo con esta Ley, o que sean determinadas por la Presidencia para ser utilizadas en el ámbito de esta Ley, se transfieren a la Presidencia después de ser registradas a nombre del Tesoro en el registro de la propiedad, o pueden transferirse gratuitamente a la TOKİ y a la Administración a petición de la Presidencia.
3. Los bienes inmuebles que la Presidencia determine que no se utilizan de acuerdo con su propósito dentro de los tres años siguientes a la fecha de asignación y transferencia, y dentro del período extendido en los casos que se considere necesario, se registran de oficio y gratuitamente a nombre del Tesoro en el registro de la propiedad o se transfieren a la administración pública que era el propietario anterior.
4. Los bienes inmuebles que se encuentren en el ámbito de la Ley de Pastizales N.º 4342, de fecha 25/2/1998, y que sean necesarios para la Presidencia para el traslado de quienes viven en áreas de riesgo y edificaciones de riesgo, se considerarán como las áreas mencionadas en el inciso (g) del primer párrafo del artículo 14 de la Ley N.º 4342, sus propósitos de asignación se modificarán de acuerdo con el mismo artículo y se registrarán a nombre del Tesoro en el registro de la propiedad; sobre estos bienes inmuebles se realizarán aplicaciones de acuerdo con esta Ley.
5. Para que las personas físicas o jurídicas de derecho privado puedan solicitar que los bienes inmuebles de su propiedad sean determinados como área de reserva estructural, es necesario que consientan la transferencia de la propiedad del treinta por ciento de los metros cuadrados del terreno base para la edificación de estos bienes inmuebles, o que entreguen el valor de la misma cantidad a la Presidencia para ser registrado como ingreso en la cuenta especial de proyectos de transformación.
¿CUÁLES SON LAS SANCIONES APLICABLES A LAS ORGANIZACIONES DE DETERMINACIÓN DE EDIFICACIONES DE RIESGO?
Se otorgan licencias a algunas instituciones y organizaciones para evaluar el estado de riesgo de las edificaciones. Estas licencias se otorgan a las organizaciones de inspección de edificios y organizaciones de laboratorio que han recibido un certificado de autorización del Ministerio, en el ámbito de la Ley N.º 4708, de fecha 29/6/2001, sobre la Inspección de Edificios y la legislación pertinente. Sin embargo, como mencionamos anteriormente, debido a la seriedad del asunto y su importancia vital para las personas, es necesario que exista un mecanismo de control muy bueno y que las sanciones también estén reguladas. En la ley N.º 6306, denominada brevemente "Ley de Desastres", se han regulado aplicaciones y sanciones adicionales además de la legislación existente. Dependiendo de la naturaleza de la acción, la sanción a aplicar también varía.
En primer lugar, la Presidencia, es decir, la Presidencia de Transformación Urbana, podrá auditar las actividades de las instituciones y organizaciones autorizadas para la determinación de edificaciones de riesgo. A las instituciones u organizaciones autorizadas que no cumplan con sus funciones de acuerdo con los principios previstos en la legislación, se les aplicarán las sanciones administrativas enumeradas a continuación, según la naturaleza de los actos y situaciones cometidos.
a) Actos que serán sancionados con una advertencia por escrito:
1) No corregir dentro del plazo otorgado las deficiencias detectadas técnicamente en el informe de determinación de edificación de riesgo.
2) Realizar una determinación de edificación de riesgo a petición de alguien que no es el propietario del edificio.
3) Realizar una segunda determinación de edificación de riesgo sobre un edificio que ya ha sido objeto de una determinación de edificación de riesgo anteriormente.
b) Actos que serán sancionados con una multa administrativa de 15.000 liras turcas:
1) Detectar otro acto que requiera una sanción de advertencia después de haber recibido dos veces una sanción de advertencia por escrito.
2) Determinar una edificación de riesgo como sin riesgo o una sin riesgo como de riesgo, como resultado de tomar datos incompletos o incorrectos sobre el edificio en la determinación de edificación de riesgo.
3) Preparar un informe de determinación de edificación de riesgo sin realizar una inspección técnica en el edificio.
c) Actos que serán sancionados con la cancelación de la licencia:
1) No cumplir con las condiciones dentro del plazo otorgado tras la pérdida de las condiciones de licenciamiento.
2) Detectar que se presentó información y documentos falsos en la solicitud de licencia.
3) Preparar un informe de determinación de edificación de riesgo sobre un edificio inexistente.
4) Haber recibido tres veces una multa administrativa anteriormente.
ç) Las organizaciones de inspección de edificios y organizaciones de laboratorio que han sido autorizadas para realizar determinaciones de edificaciones de riesgo y que han recibido un certificado de autorización del Ministerio de acuerdo con la Ley N.º 4708, de fecha 29/6/2001, sobre la Inspección de Edificios, no pueden realizar actividades de determinación de edificaciones de riesgo durante el mismo período si reciben una sanción de prohibición de aceptar nuevos trabajos por un período determinado de acuerdo con la Ley N.º 4708. En caso de que se cancelen los certificados de autorización de las organizaciones de inspección de edificios y organizaciones de laboratorio de acuerdo con la Ley N.º 4708 y se ponga fin a sus actividades, sus licencias de determinación de edificaciones de riesgo también se cancelan.
La aplicación de las sanciones explicadas anteriormente solo será posible siguiendo el procedimiento que se detalla a continuación.
Dichas sanciones se imponen tras recibir la defensa de la institución u organización autorizada correspondiente y se notifican por escrito. Las multas administrativas se pagan dentro del mes siguiente a su notificación. Las multas administrativas no pagadas a tiempo son seguidas y recaudadas por las oficinas de impuestos de acuerdo con las disposiciones de la Ley N.º 6183, de fecha 21/7/1953, sobre el Procedimiento de Recaudación de Créditos Públicos. Se puede presentar una objeción contra la multa administrativa ante el tribunal administrativo competente dentro de los treinta días. Las objeciones se examinan sobre la base de los documentos en casos donde no hay urgencia y se resuelven en el menor tiempo posible. Las decisiones judiciales dictadas tras la objeción son definitivas. La multa administrativa se aplica aumentando según la tasa de revalorización determinada y anunciada de acuerdo con las disposiciones del artículo 298 repetido de la Ley de Procedimiento Fiscal N.º 213, de fecha 4/1/1961, para ese año, a partir del inicio de cada año calendario. De esta manera, no se tienen en cuenta las fracciones de una lira turca en el cálculo de la multa administrativa.
Las instituciones y organizaciones cuya licencia ha sido cancelada pueden continuar sus actividades hasta completar las deficiencias detectadas en los informes que prepararon anteriormente, siempre que no acepten nuevos trabajos de determinación de edificaciones de riesgo.
Los socios de la organización cuya licencia ha sido cancelada, incluso si transfieren sus acciones en esta organización, no pueden ser socios de otra organización autorizada durante cinco años, no se otorgarán licencias a las organizaciones que ellos funden y no pueden participar en la determinación de edificaciones de riesgo.
Los ingenieros que causen que se impongan multas a las organizaciones autorizadas dos veces de acuerdo con los subincisos (2) y (3) del inciso (b) del octavo párrafo, y los ingenieros que preparen un informe de determinación de edificación de riesgo sobre un edificio inexistente, no pueden trabajar en otra institución u organización autorizada, no pueden ser socios de otra organización autorizada durante tres años, y no se otorgarán licencias a las organizaciones que ellos funden. La situación de estos ingenieros se notifica a la cámara profesional correspondiente. La cámara profesional toma medidas contra estos ingenieros de acuerdo con su propia legislación y notifica el resultado a la Presidencia.
Hasta esta etapa, hemos examinado las instituciones y organizaciones en el sistema, cuáles son los conceptos, cómo se determina una edificación de riesgo, cómo y por quién se determina un área de reserva, y cuáles son las sanciones que se aplicarán a las instituciones y organizaciones que realizan aplicaciones incorrectas. En nuestro próximo artículo, continuaremos nuestro trabajo sobre los detalles y cómo se llevarán a cabo las aplicaciones.
Abogada Mediadora NURDAN HERIS
Fuente de la noticia: 12punto
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