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Declaración crítica del Colegio de Abogados de Estambul sobre 'Instagram': 'La decisión de la BTK es inconstitucional'

El Colegio de Abogados de Estambul emitió una declaración escrita sobre el bloqueo del acceso a la plataforma de redes sociales Instagram.

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Declaración crítica del Colegio de Abogados de Estambul sobre 'Instagram': 'La decisión de la BTK es inconstitucional'

El Colegio de Abogados de Estambul ha emitido una declaración sobre el bloqueo del acceso a la plataforma de redes sociales Instagram.

En la declaración, respecto a los 'delitos de catálogo' citados por la BTK como justificación, se señaló: "No se ha explicado por qué acción la plataforma cometió un delito y/o bajo qué fundamento se tomó la decisión de bloqueo de acceso".

'DE MANERA ARBITRARIA...'

La declaración incluyó las siguientes expresiones:

"Las plataformas de redes sociales son utilizadas por un amplio sector de nuestro país para acceder a noticias y expresar pensamientos y opiniones. Al mismo tiempo, son canales donde muchas marcas nacionales e internacionales desarrollan publicidad, marketing y diversas relaciones comerciales. Las decisiones de bloqueo de acceso dirigidas a la totalidad de este tipo de plataformas crean un efecto dominó, perjudicando comercialmente a muchas personas e instituciones.

En los últimos años, hemos visto con frecuencia que el acceso a todas las plataformas de redes sociales en Turquía se ralentiza o, en algunos casos, se bloquea de manera ilegal, sin justificación y arbitraria, afectando a todo el país.

'SU INCONSTITUCIONALIDAD HA QUEDADO ESTABLECIDA'

La libertad de expresión está claramente definida y protegida en los artículos 25 y 26 de nuestra Constitución y en el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH). Ha sido claramente aceptado en las decisiones del Tribunal Constitucional (AYM) y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que el acceso a Internet y a las plataformas de redes sociales se ha vuelto indispensable en la época actual para el ejercicio de la libertad de expresión, la libertad de comunicación y el derecho a acceder a la información, garantizados por nuestra Constitución y el CEDH, y que es un elemento esencial de dicho derecho fundamental. Asimismo, el artículo 13 de nuestra Constitución establece que los derechos fundamentales pueden ser restringidos por ley, de acuerdo con el principio de proporcionalidad y sin tocar su esencia.

Por otro lado, de acuerdo con nuestra Constitución y los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos, las empresas, como personas jurídicas, también tienen la obligación de respetar los derechos humanos. En este contexto, las plataformas de redes sociales y los proveedores de servicios de Internet deben esforzarse al máximo por actuar conforme a la ley y ser transparentes frente a solicitudes de restricción o bloqueo ilegales que interfieran desproporcionadamente con los derechos fundamentales. En este punto, independientemente de cuán alejadas de la transparencia estén las plataformas de redes sociales, como República de Turquía debemos tomar decisiones que se ajusten a los derechos que garantizamos a nuestros ciudadanos en la Constitución.

Además, basándose en la sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 11/10/2023, con número de expediente 2020/76 y sentencia 2023/172, la inconstitucionalidad de la autoridad de la BTK para cerrar sitios web de oficio ha quedado establecida mediante la anulación del artículo de ley correspondiente. Que una institución administrativa insista en tomar decisiones a pesar del artículo anulado por el Tribunal Constitucional daña el principio del Estado de derecho. Al mismo tiempo, se indicó que la medida de bloqueo de acceso anunciada por la BTK se tomó debido a delitos de catálogo. Sin embargo, no se ha explicado por qué acción la plataforma en cuestión cometió un delito y/o bajo qué fundamento se tomó la decisión de bloqueo de acceso.

Por todas estas razones, la decisión de bloqueo de acceso establecida por la BTK, cuya ilegalidad es evidente, debe ser revocada de inmediato para demostrar que las instituciones de la República de Turquía actúan siempre de acuerdo con la Constitución y las leyes, y que nunca se compromete el principio del Estado de derecho. Aparte de esto, se debe continuar con el proceso de búsqueda de justicia realizando las solicitudes y denuncias necesarias en el ámbito internacional debido a las acciones unilaterales de la plataforma de redes sociales en cuestión, que contravienen los principios de transparencia".


Fuente de la noticia: 12punto

TC Constitución Colegio de Abogados de Estambul Instagram