La Junta de Mercados de Capitales (SPK) ha establecido las nuevas bases para la devolución de los depósitos y créditos que, tras haber prescrito, fueron transferidos al Centro de Compensación de Inversores (YTM). La decisión regula el método que deben seguir y los documentos que deben presentar los titulares de derechos que no puedan realizar la solicitud electrónica a través de e-Devlet.
Con la decisión de la Junta del 20 de octubre de 2026, se ha aclarado el marco que se aplicará a las solicitudes de devolución de activos transferidos al YTM y a las cuentas abiertas a nombre de los inversores en Takasbank, en el ámbito del artículo 83 de la Ley de Mercados de Capitales.
¿CÓMO SE REALIZARÁ LA SOLICITUD FUERA DE E-DEVLET?
En el nuevo sistema, el canal principal de solicitud será e-Devlet. Sin embargo, si los titulares de cuentas conjuntas, representantes legales, herederos, tutores, administradores judiciales y representantes de personas jurídicas no pueden completar el proceso por vía electrónica, podrán enviar sus solicitudes directamente al YTM.
Las situaciones especiales de las personas que quedan fuera de estos grupos y que no pueden realizar el trámite a través de e-Devlet serán evaluadas por el Consejo de Administración del YTM.
Los titulares de derechos que no puedan realizar la solicitud electrónica deberán completar íntegramente el formulario de solicitud disponible en el sitio web corporativo del YTM. El formulario con firma manuscrita se enviará a la dirección central del YTM junto con los documentos solicitados según la situación del solicitante. Será obligatorio que los documentos se entreguen mediante correo certificado con acuse de recibo o a través de empresas de transporte privado bajo firma.
DOCUMENTOS PARA HEREDEROS, REPRESENTANTES Y TITULARES DE CUENTAS CONJUNTAS
En las solicitudes de los herederos se requerirá un certificado de herencia actualizado. Además, se deberá adjuntar a la solicitud un documento de la oficina de impuestos que demuestre que se ha pagado el impuesto sobre sucesiones y donaciones o que no existe deuda pendiente por este concepto.
Para que el pago pueda realizarse de acuerdo con las cuotas indicadas en el certificado de herencia, se requerirá la aprobación con firma manuscrita de todos los herederos. En su lugar, también se podrá presentar una sentencia judicial firme relativa a la conversión de la propiedad en común en propiedad proindiviso.
- - En las solicitudes realizadas a través de un representante, se requerirá un poder notarial y una fotocopia del documento de identidad del representante.
- - El poder deberá contener la facultad de cobro (ahzu kabz) o una autorización expresa para que el crédito sea abonado en la cuenta del representante.
- - En las solicitudes de tutores y administradores judiciales, se requerirá la sentencia judicial firme y una fotocopia del documento de identidad de la persona que realiza la solicitud.
- - A los representantes de personas jurídicas se les solicitará una fotocopia del documento de identidad, una circular de firmas actualizada y un certificado de actividad obtenido en los últimos seis meses. Las personas jurídicas con actividad comercial también presentarán su tarjeta fiscal.
- - En las cuentas conjuntas, se requerirán las fotocopias de los documentos de identidad de los titulares y sus declaraciones con firma manuscrita que indiquen que no existen objeciones sobre las cuotas.
Las solicitudes de devolución no se resolverán hasta que el formulario de solicitud y las aprobaciones necesarias de los herederos o titulares de cuentas conjuntas lleguen al YTM.
SE OTORGARÁN 30 DÍAS PARA DOCUMENTOS FALTANTES
En caso de presentar documentos incompletos o erróneos en la solicitud, el YTM podrá solicitar información y documentación adicional al titular del derecho, a la persona que realiza la solicitud o a la institución de inversión correspondiente. Se otorgará un plazo de 30 días para subsanar las deficiencias.
Si dentro de este plazo no se presentan los documentos solicitados o no se corrigen los errores, la solicitud podrá ser archivada. En caso de que se tome tal decisión, se notificará el motivo al solicitante o al titular del derecho. Será obligatorio que las instituciones de inversión proporcionen los documentos solicitados por el YTM.
Para los instrumentos del mercado de capitales a devolver, se tomarán como base los saldos en las cuentas de Takasbank y del Registro Central (MKK); las acciones gratuitas añadidas hasta la fecha de devolución también se incluirán en el cálculo. En cuanto a los créditos en efectivo, se tendrá en cuenta el importe de los intereses devengados según lo establecido en el Reglamento del Centro de Compensación de Inversores.
Los créditos en moneda extranjera podrán pagarse, a petición del titular del derecho, convirtiéndolos a liras turcas al tipo de cambio de compra de divisas aplicado por Takasbank el día en que se realice el pago. Si se solicita la devolución de la divisa en la misma moneda, deberá existir un saldo suficiente para cubrir los gastos de transferencia.
Se ha establecido como requisito que la cuenta notificada para la devolución haya sido abierta ante un banco o institución intermediaria establecida en Turquía. Con la aprobación de los titulares de derechos, el pago podrá transferirse a la cuenta de uno de los titulares o de un representante autorizado.
Las nuevas bases entrarán en vigor una vez que comiencen a recibirse las solicitudes de devolución por vía electrónica a través de e-Devlet. La fecha de inicio será anunciada en el sitio web del YTM; hasta dicho anuncio, se seguirán aplicando las normas de solicitud actuales.
Fuente de la noticia: 12punto