Malas noticias del Tribunal Supremo para la esposa infiel: envió mensajes a otro hombre y perdió la pensión alimenticia
Al evaluar el recurso de casación de un caso de divorcio, la 2ª Sala de Derecho Civil del Tribunal Supremo consideró igualmente culpables al marido que engañó a su esposa y a la mujer que envió mensajes a otro hombre. El Alto Tribunal dictaminó que la decisión del Tribunal Regional de Justicia de conceder una pensión alimenticia a favor de la mujer era contraria a la ley.
Una pareja que sufría graves desavenencias presentó demandas de divorcio mutuas. El Tribunal de Familia consideró a ambas partes, acusadas de infidelidad, igualmente culpables. El tribunal rechazó la solicitud de pensión alimenticia e indemnización de la mujer.
La mujer, demandada y demandante reconvencional, apeló la decisión. El Tribunal Regional de Justicia dictaminó que el hombre era más culpable y ordenó el pago de una pensión alimenticia y una indemnización a favor de la mujer. Cuando el marido, demandante y demandado reconvencional, presentó un recurso de casación, intervino la 2ª Sala de Derecho Civil del Tribunal Supremo. En la decisión, que sienta un precedente, se recordó que el hecho de que la mujer enviara mensajes a otro hombre durante su matrimonio constituye una prueba de infidelidad.
En la sentencia se declaró lo siguiente:
"A partir de las pruebas del expediente y de las declaraciones de los testigos, queda probado que el hecho que provocó la separación de hecho entre las partes fue un mensaje enviado desde el teléfono de la mujer, demandada-demandante, a otro hombre, lo cual demuestra la infidelidad de la mujer.
El marido, demandante-demandado, también tiene un registro de hotel con otra mujer antes de la demanda de divorcio acumulada de la mujer. La madre de la mujer, testigo en el caso, declaró que las partes estuvieron comprometidas durante un año y que su hija se casó sabiendo el entorno en el que viviría y que residiría en un edificio familiar.
El hecho que causó la separación de hecho entre las partes fue el mensaje enviado desde el teléfono de la mujer a otro hombre y, evaluado junto con la declaración de la madre de la mujer, no fue apropiado que el Tribunal Regional de Justicia añadiera al marido, demandante-demandado, las culpas de 'no proporcionar una vivienda independiente moralmente y permanecer en silencio ante la intervención familiar'.
Por esta razón, de acuerdo con los otros comportamientos culpables de las partes, debe aceptarse que son igualmente culpables en los hechos que dieron lugar al divorcio. No fue correcto aceptar al hombre como gravemente culpable como resultado de una evaluación errónea. Para que se pueda dictar una indemnización por daños materiales y morales como resultado del divorcio, el responsable de la indemnización debe ser culpable, y el cónyuge que solicita la indemnización debe ser inocente o menos culpable que el otro. La aceptación por parte del Tribunal Regional de Justicia de que el marido, demandante-demandado, era más culpable que la mujer, demandada-demandante, y la concesión de una indemnización material y moral a favor de la mujer basada en esta determinación errónea de la culpa, fue incorrecta y requirió la anulación de la sentencia."
Fuente de la noticia: İHA
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