El fallo precedente del Tribunal Constitucional sobre el 'boicot' contradice las palabras del ministro Bolat: había dicho que 'pueden presentar demandas'
Tras la invitación del ministro Bolat a las empresas en la lista de boicot para que presenten demandas por daños y perjuicios contra quienes promueven este llamado, salió a la luz una sentencia del Tribunal Constitucional (AYM) sobre un caso similar.
La Fiscalía General de Estambul ha iniciado una investigación de oficio contra quienes llaman al boicot.
El ministro de Comercio, Ömer Bolat, también invitó, mediante una declaración, a las empresas boicoteadas a presentar demandas por daños y perjuicios contra quienes realizan este llamado.
ESTE ES EL FALLO PRECEDENTE DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Sin embargo, el Tribunal Constitucional ya había emitido un fallo precedente en un caso sobre este mismo tema.
El artista Ozan Güven, quien boicoteó a Turkcell, había sido condenado a pagar una indemnización. El Pleno del Tribunal Constitucional, tras la solicitud de Güven, dictaminó que la decisión de pagar una indemnización era contraria a la libertad de expresión.
El incidente objeto de la sentencia, incluido en el artículo del columnista de Kısa Dalga, Kemal Vuraldoğan, es el siguiente:
“Ozan Güven recurrió al Tribunal Constitucional después de que se dictaminara que debía pagar una indemnización debido a una publicación en redes sociales sobre Turkcell.
A principios de marzo de 2016, se publicó en un periódico una noticia sobre la Fundación Ensar, en la que se informaba que al menos diez estudiantes habían sido abusados por un profesor responsable del dormitorio. En la noticia se mencionaba que el incidente salió a la luz cuando uno de los niños contó lo sucedido a un psicólogo y este informó a las autoridades, y que el fiscal de la República en Karaman había iniciado una investigación al respecto. El incidente, que causó una gran indignación, fue seguido por numerosas organizaciones no gubernamentales y llegó a la agenda de la Gran Asamblea Nacional de Turquía (TBMM).
Tras estas noticias, surgieron acusaciones de que existía una relación de apoyo financiero entre Turkcell y la Fundación Ensar. En una declaración realizada el 24 de marzo de 2016 sobre las acusaciones, Turkcell anunció que seguiría apoyando a la fundación diciendo: “No apoyamos a ninguna fundación, asociación u organización no gubernamental, sino la educación de nuestros estudiantes,..., seguiremos apoyando a nuestros jóvenes, que son la garantía del futuro de nuestro país".
Tras esto, el 17 de mayo de 2016, Ozan Güven compartió una publicación en su cuenta de una plataforma de redes sociales que decía: "He cancelado mi contrato de 16 años con Turkcell, partidario de la pedofilia y censor. #censura... @...Boicot".
Turkcell presentó una demanda por daños y perjuicios contra Ozan Güven debido a esta publicación. El 3.er Tribunal Civil de Primera Instancia de Estambul-Anadolu condenó a Güven a pagar una indemnización de 500 liras turcas.
La decisión fue confirmada y se volvió definitiva por la 4.ª Sala Civil del Tribunal Regional de Justicia de Estambul (Apelación).
¿QUÉ SE HABÍA DECIDIDO?
Tras la solicitud de Ozan Güven, el Tribunal Constitucional dictaminó que esta decisión de indemnización era contraria a los derechos humanos. En la decisión del Pleno del Tribunal Constitucional del 27 de septiembre de 2023, se declaró lo siguiente:
“El solicitante expresó, dirigiéndose al público, con un lenguaje duro y provocador, que establecer una relación comercial con la empresa demandante significaría apoyar a los abusadores de niños debido al apoyo de la empresa demandante a la campaña de la fundación en cuestión. Como se ha enfatizado en muchas decisiones del Tribunal Constitucional, la libertad de expresión no solo es válida para la información o ideas aceptadas, inofensivas o que contienen indiferencia, sino también para aquellas que son hirientes, impactantes o perturbadoras. En este sentido, aunque las expresiones objeto de la publicación sean de naturaleza perturbadora, es evidente que, más que atacar la reputación comercial de la demandante, el objetivo principal era presionar a la demandante centrándose en la relación de apoyo financiero entre la fundación y la demandante. Por lo tanto, no es posible llegar a la conclusión de que la publicación queda fuera de la protección de la libertad de expresión aceptando que el único objetivo del solicitante era utilizar un discurso ofensivo a través de insultos”.
Por estas razones, el Tribunal Constitucional decidió que se pagaran 18 mil liras turcas a Ozan Güven en concepto de indemnización por daños morales.
Fuente de la noticia: 12punto
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