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Las pérdidas por diferencia de cambio no se calcularán en el balance de insolvencia hasta 2025

El plazo para no tener en cuenta las pérdidas derivadas de las diferencias de cambio en el cálculo de la insolvencia se ha prorrogado del 1 de enero de 2024 al 1 de enero de 2025.

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Las pérdidas por diferencia de cambio no se calcularán en el balance de insolvencia hasta 2025

El Ministerio de Comercio ha modificado la sección relativa a las pérdidas por diferencia de cambio en el comunicado sobre la aplicación del artículo 376 del Código de Comercio turco, que regula las condiciones de insolvencia. En consecuencia, el plazo para no tener en cuenta las pérdidas derivadas de las diferencias de cambio en el cálculo de la insolvencia se ha prorrogado del 1 de enero de 2024 al 1 de enero de 2025. Con esta medida, se pretende evitar que las empresas se declaren en insolvencia o en quiebra en sus balances debido a la inflación y a las diferencias de cambio.

¿QUÉ ES LA INSOLVENCIA?

El artículo 376 del Código de Comercio turco establece que, si del último balance anual se desprende que la mitad de la suma del capital y las reservas legales ha quedado sin cobertura debido a pérdidas, el consejo de administración debe convocar inmediatamente a la junta general y presentarle las medidas correctivas que considere oportunas.

Según el artículo, si del último balance anual se desprende que dos tercios de la suma del capital y las reservas legales han quedado sin cobertura debido a pérdidas, la junta general deberá ser convocada inmediatamente; si no se decide limitar el capital a un tercio o completar el capital, la empresa se disolverá automáticamente.

De acuerdo con el comunicado, hasta el 1 de enero de 2025, en los cálculos realizados en el marco del artículo 376 de la Ley relativos a la pérdida de capital o al estado de insolvencia, no se tendrán en cuenta la totalidad de las pérdidas por diferencia de cambio derivadas de obligaciones en moneda extranjera aún no ejecutadas. Asimismo, la mitad del total de los gastos derivados de arrendamientos, amortizaciones y gastos de personal devengados en los años 2020 y 2021 también podrá quedar excluida de este cálculo.


Fuente de la noticia: 12punto

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