Sentencia precedente en accidentes de tráfico: se abre la vía a la indemnización para conductores sin carné
La Sala 4.ª de lo Civil del Tribunal de Casación dictaminó que un conductor que no tiene carné, pero que no tuvo la culpa, puede reclamar una indemnización por daños materiales a quien causó el daño a su vehículo.
La Sala 4.ª de lo Civil del Tribunal de Casación ha emitido una sentencia de carácter precedente en relación con los accidentes de tráfico en los que se ven involucrados conductores sin carné. El Alto Tribunal señaló que el hecho de no poseer licencia de conducir no constituye por sí solo un impedimento para solicitar una indemnización y que, si no existe culpa por parte del conductor, los daños materiales pueden ser cubiertos.
Según la información publicada en NTV, en la sentencia se subrayó que la falta de permiso de conducir es una situación que conlleva sanciones administrativas, pero que esta circunstancia no elimina el derecho de la persona que no tuvo la culpa en el accidente a reclamar la compensación por los daños materiales sufridos.
Según la resolución del Tribunal de Casación publicada en el Boletín Oficial, en un accidente de tráfico ocurrido en Denizli en 2023, otro vehículo chocó contra el coche conducido por una persona sin carné. El conductor, cuyo vehículo resultó dañado en el accidente, solicitó la indemnización por la privación del uso del vehículo, alegando que tuvo que alquilar otro coche al no poder utilizar el suyo.
Durante el juicio, también salió a la luz que el vehículo involucrado en el accidente pertenecía al conductor sin carné, pero que en el informe de accidente se había registrado un nombre diferente. La parte demandada argumentó que esta situación constituía una falsificación de documentos y sostuvo que el demandante no podía solicitar una indemnización por daños materiales debido a su falta de carné.
El Tribunal de Primera Instancia de Denizli desestimó la demanda. Ante esto, el Ministerio de Justicia presentó un recurso de casación en interés de la ley. La Sala 4.ª de lo Civil del Tribunal de Casación, tras examinar el expediente, anuló la sentencia del tribunal local en su resolución de 2025.
En la sentencia del Tribunal de Casación se afirmó que "la falta de permiso de conducir del demandante no constituye una falta de conducción y no puede aceptarse como una circunstancia que rompa el nexo causal", indicando que se debe calcular el importe del daño y dictar sentencia en función del resultado.
Además, en la sentencia, donde se señaló que no existe ningún informe pericial que indique que el conductor sin carné fuera culpable del accidente, se reiteró que la falta de permiso de conducir es solo una situación que requiere una sanción administrativa. Por estas razones, el Tribunal de Casación dictaminó que un conductor sin carné, pero sin culpa, puede solicitar una indemnización por los daños materiales sufridos en su vehículo.
Fuente de la noticia: 12punto
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