El "Reglamento sobre la Modificación del Reglamento relativo al Comercio de Bienes Inmuebles", preparado por el Ministerio de Comercio, ha sido publicado en el Boletín Oficial y ha entrado en vigor.
Con esta normativa, se han renovado las disposiciones relativas al establecimiento y la gestión de un sistema de pago seguro en el comercio inmobiliario. De acuerdo con esto, el Ministerio de Comercio autorizará a un integrador con el fin de establecer, gestionar eficazmente, desarrollar y generar datos estadísticos e informes para el sistema.
El sistema de pago seguro se establecerá y gestionará de acuerdo con el protocolo que se firmará entre el Ministerio de Comercio, las unidades pertinentes del Ministerio de Medio Ambiente, Urbanización y Cambio Climático, y el integrador que será autorizado.
Las ventas de inmuebles que no se incluirán en el sistema, la necesidad de realizar una aplicación piloto y el alcance de dicha posible aplicación se determinarán mediante el mismo protocolo. Asimismo, el costo de uso, el método de distribución de dicho costo, la constitución y actividades de la comisión pertinente, así como los derechos y obligaciones de las partes, serán regulados en el protocolo.
Con el reglamento, la fecha del "1 de julio de 2026" que figuraba en el décimo párrafo del artículo transitorio 1 también se ha modificado a "1 de diciembre de 2026". Las disposiciones del reglamento serán ejecutadas por el Ministro de Comercio.
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