¿Habrá una amnistía de licencias de conducir en el 8.º Paquete Judicial? ¿Se incluirá una amnistía general?
La propuesta de ley, conocida públicamente como el "8.º Paquete Judicial", que incluye modificaciones a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a diversas leyes y al Decreto Ley n.º 659, ha sido aprobada por la Comisión de Justicia de la Gran Asamblea Nacional de Turquía (TBMM). Estas regulaciones entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Entonces, ¿contiene el paquete una amnistía de licencias de conducir? ¿Se incluirá una amnistía general? Aquí los detalles...
El 8.º Paquete Judicial ha sido aprobado en la Comisión de Justicia de la TBMM.
De acuerdo con esto, las regulaciones que se realizarán son las siguientes:
- Con el fin de utilizar de manera más efectiva la libertad de buscar justicia, se realizarán ajustes para garantizar la armonización de la Ley de Ejecución e Insolvencia con la Ley de Procedimiento Civil en lo que respecta a la interposición de recursos legales. Contra la decisión de aprobación o rechazo, los deudores y los acreedores que hayan presentado objeciones durante la audiencia de aprobación podrán apelar en un plazo de 2 semanas a partir de la fecha de notificación, y contra la decisión dictada tras la revisión de apelación, podrán interponer un recurso de casación en un plazo de 2 semanas a partir de la fecha de notificación.
- De acuerdo con la Ley de Ejecución e Insolvencia, se realizará una regulación en el plazo para interponer un recurso de casación contra las decisiones finales dictadas por las salas civiles de los tribunales regionales de justicia. Se podrá interponer un recurso de casación contra estas decisiones en un plazo de 2 semanas a partir de la fecha de notificación, y la interposición y revisión del recurso de casación se realizarán de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Procedimiento Civil.
PROTECCIÓN DE BIENES Y ACTIVOS
- La regulación de la Ley Antiterrorista relativa a las "organizaciones terroristas" se armonizará con la modificación realizada en el Código Penal turco.
- Con la propuesta, se prevé realizar cambios en el Código Civil turco en línea con la decisión del Tribunal Constitucional. Se modifica la institución de la restricción por causa de una pena privativa de libertad, eliminando la condición de estar en una institución penitenciaria como causa directa de restricción. Partiendo de la base de que las personas mayores de edad tienen capacidad de obrar, se prioriza su voluntad, dejando la restricción del condenado que se encuentra en una institución penitenciaria para la ejecución de una pena de prisión firme principalmente a su propia voluntad, mientras que, para la ejecución de una pena de prisión firme total de 5 años o más, la restricción del condenado se vincula al criterio de protección de su personalidad o patrimonio, otorgando discrecionalidad a la autoridad tutelar en este asunto.
- En consecuencia, una persona mayor de edad que se encuentre en una institución penitenciaria para la ejecución de una pena de prisión firme será restringida o se le asignará un administrador judicial a petición suya. Una persona mayor de edad que se encuentre en una institución penitenciaria para la ejecución de una pena de prisión firme total de 5 años o más podrá ser restringida si se considera necesario para la protección de su personalidad o patrimonio, incluso si no lo solicita. La autoridad encargada de ejecutar la pena notificará inmediatamente a la autoridad tutelar que ha comenzado la ejecución de la pena de prisión. La autoridad tutelar escuchará al condenado antes de tomar una decisión. Las disposiciones de la Ley relativas a la administración judicial se aplicarán a esta regulación en la medida en que sean compatibles con su naturaleza.
- De acuerdo con la modificación realizada en el Código Civil turco por decisión del Tribunal Constitucional, para la obtención del informe oficial de la junta médica requerido para decidir la restricción por enfermedad mental o debilidad mental, se podrá recurrir a las disposiciones del artículo titulado "procedimiento" de la ley.
COMETER DELITOS EN NOMBRE DE UNA ORGANIZACIÓN
- Según la modificación realizada en el Código Penal turco, con el fin de luchar más eficazmente contra el delito y garantizar la disuasión, el importe mínimo de una multa judicial diaria se elevará de 20 liras a 100 liras, y el importe máximo de 100 liras a 500 liras. Esta regulación entrará en vigor el 1 de junio de 2024.
- Teniendo en cuenta los motivos de anulación del Tribunal Constitucional, con la modificación realizada en el Código Penal turco, el acto de cometer un delito en nombre de una organización sin ser miembro de ella se regula como un delito independiente. En consecuencia, la persona que cometa un delito en nombre de una organización sin ser miembro de ella será castigada además con una pena de prisión de 2 años y 6 meses a 6 años. Dependiendo de la naturaleza del delito cometido, la pena a imponer podrá reducirse hasta en la mitad. Esta disposición solo se aplicará a las organizaciones armadas.
- La persona que cometa un delito en nombre de una organización será castigada por separado tanto por el delito cometido como por el crimen de cometer un delito en nombre de la organización.
- Se realizarán regulaciones en el Código Penal turco (TCK). En consecuencia, en lo que respecta a los "delitos contra la seguridad del Estado y delitos contra el orden constitucional y el funcionamiento de este orden" especificados en el TCK, la persona que cometa un delito en nombre de una organización armada sin ser miembro de ella será castigada además con una pena de prisión de 5 a 10 años. Dependiendo de la naturaleza del delito cometido, la pena a imponer podrá reducirse hasta en la mitad.
- Con la modificación realizada en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se amplía el alcance de las solicitudes de indemnización por medidas de protección. Según la regulación, las personas que no se hayan beneficiado de las oportunidades de recurso previstas en la ley contra las operaciones de control judicial, además de las operaciones de captura y detención, podrán solicitar una indemnización.
- Se permite que las personas sobre las cuales se haya decidido que no hay lugar a procesamiento o que han sido absueltas después de la aplicación de obligaciones de control judicial, incluida la prohibición de abandonar la residencia o la hospitalización para la desintoxicación de drogas, estimulantes o sustancias volátiles y alcohol, así como estar sujeto a medidas de tratamiento o examen y aceptarlas, puedan solicitar una indemnización.
- Se prevé que las solicitudes de indemnización por medidas de protección se realicen ante la Comisión de Indemnización establecida y se pretende que estas solicitudes se resuelvan rápidamente mediante la vía administrativa. De esta manera, se garantizará que se tomen decisiones en poco tiempo sobre las solicitudes de indemnización que no requieran un juicio. Estas disposiciones entrarán en vigor el 1 de junio de 2024.
¿CUÁNDO SALDRÁ EL 8.º PAQUETE JUDICIAL?
El 8.º Paquete Judicial ha sido aprobado en la Comisión de Justicia de la TBMM. En este contexto, las regulaciones entrarán en vigor el 1 de junio de 2024.
¿HAY UNA AMNISTÍA DE LICENCIAS DE CONDUCIR EN EL 8.º PAQUETE JUDICIAL? ¿SE INCLUIRÁ UNA AMNISTÍA GENERAL?
Se espera que la amnistía de licencias de conducir, esperada desde hace mucho tiempo, esté incluida en el 8.º Paquete Judicial, pero no hay ningún trabajo al respecto.
Además, la demanda de amnistía general y la demanda de amnistía para los presos tampoco están incluidas en el paquete.
Fuente de la noticia: 12punto
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