El Tribunal Constitucional emitió su fallo sobre la regulación de los notarios
El Tribunal Constitucional (AYM) decidió anular la normativa relativa a las sanciones disciplinarias de los notarios. Dichas regulaciones fueron anuladas bajo el argumento de que "no poseen la claridad y previsibilidad necesarias".
Según la decisión publicada en el Boletín Oficial, se ha conocido que el AYM anuló la regulación sobre las sanciones disciplinarias de los notarios. Dichas regulaciones fueron anuladas bajo el argumento de que "no poseen la claridad y previsibilidad necesarias". Se informó que las decisiones de anulación entrarán en vigor en 9 meses.
El Tribunal Constitucional (AYM) declaró que los artículos 125 y 126 de la Ley de Notariado son contrarios a la Constitución.
De acuerdo con la decisión publicada en la edición de hoy del Boletín Oficial, el 20º Tribunal Administrativo de Ankara, en el marco de una demanda presentada para la anulación de una sanción de advertencia impuesta a un notario, alegó que el artículo 126 de la Ley de Notariado era inconstitucional y solicitó su anulación.
En la solicitud de anulación, se afirmó que no estaba claro ni definido qué acciones serían castigadas con sanciones disciplinarias y que no se proporcionaba una garantía jurídica suficiente.
El Alto Tribunal decidió examinar también el artículo 125, relacionado con el artículo 126.
El AYM decidió anular la disposición del artículo 125 que establece: "A los notarios que realicen actos y comportamientos contrarios a la dignidad y el honor de la profesión, que no cumplan con sus deberes, que los cumplan de manera defectuosa o que realicen actos que sacudan la confianza requerida por su cargo, se les aplicarán las sanciones disciplinarias escritas en el artículo siguiente, según la naturaleza y el grado de gravedad de la situación, con el fin de garantizar que los servicios notariales se lleven a cabo adecuadamente".
El Alto Tribunal también dictaminó la anulación de la regulación contenida en el artículo 126 sobre las sanciones previstas para los notarios, que incluyen "advertencia, amonestación, multa, suspensión temporal del cargo y expulsión de la profesión".
Las decisiones de anulación entrarán en vigor en 9 meses.
Fuente de la noticia: 12punto
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