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El tribunal da la razón al Ayuntamiento de Estambul y rechaza la solicitud del AKP: Habían pedido su anulación

La decisión adoptada por el Consejo del Ayuntamiento de Estambul (İBB) el 11 de septiembre de 2025, que incluía descuentos en el transporte para estudiantes mayores de 30 años, fue llevada a los tribunales por el portavoz del grupo del AKP, Murat Türkyılmaz, y el miembro del consejo del AKP, Muhammet Kaynar. El tribunal falló a favor del İBB.

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El tribunal da la razón al Ayuntamiento de Estambul y rechaza la solicitud del AKP: Habían pedido su anulación

Se ha dictado sentencia en el caso abierto para solicitar la anulación de la normativa del Consejo del Ayuntamiento de Estambul (İBB) que permite a los estudiantes de posgrado y niveles superiores mayores de 30 años beneficiarse de descuentos en el transporte. El portavoz del grupo del AKP, Murat Türkyılmaz, y el miembro del consejo del AKP, Muhammet Kaynar, solicitaron la anulación de la normativa argumentando que no conceder el mismo derecho a los estudiantes de grado era "contrario al principio de igualdad". El 3.er Tribunal Administrativo de Estambul dio la razón al İBB, declarando que dicha normativa no vulnera el principio de igualdad y que es conforme al principio de uso eficaz y eficiente de los recursos públicos. El tribunal decidió desestimar la demanda al considerar que no existía ninguna ilegalidad ni contravención de la normativa en la medida objeto del litigio.

La decisión adoptada por el Consejo del Ayuntamiento de Estambul (İBB) el 11 de septiembre de 2025, que incluía descuentos en el transporte para estudiantes mayores de 30 años, fue llevada a los tribunales por el portavoz del grupo del AKP, Murat Türkyılmaz, y el miembro del consejo del AKP, Muhammet Kaynar. En su solicitud, Türkyılmaz y Kaynar argumentaron que la normativa que permite a "los estudiantes de posgrado y niveles superiores mayores de 30 años que no trabajan o no son propietarios/socios de un negocio beneficiarse de descuentos en el transporte" era "contraria al principio de igualdad", dado que el mismo derecho no se concedía a los estudiantes de grado.

"CONSTITUYE UNA VULNERACIÓN DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD"

Türkyılmaz y Kaynar, al solicitar la anulación de la decisión, incluyeron las siguientes declaraciones en su petición:

"Se solicita su anulación alegando que constituye una vulneración del principio de igualdad garantizado por la Constitución; que, dentro del marco de sus competencias, la administración está facultada para determinar las tarifas, horarios y rutas del transporte público, así como para aplicar descuentos a los titulares de carnés de estudiante en los servicios de transporte público; que se realizó una regulación discriminatoria hacia los estudiantes de posgrado sin especificar motivos; y que dicha decisión genera resultados contrarios al principio de igualdad entre personas en la misma situación, siendo por tanto ilegal".

Tribunal: "No constituye una vulneración del principio de igualdad y es conforme al principio de gestión eficaz y eficiente de los recursos públicos"

En la sentencia del Tribunal Administrativo con fecha del 16 de enero, se incluyeron las siguientes declaraciones: "Al entenderse que no constituye una vulneración del principio de igualdad y que es conforme al principio de gestión eficaz y eficiente de los recursos públicos, no existe ilegalidad ni contravención de la normativa en la medida objeto del litigio".

El tribunal, al registrar las siguientes frases en la sentencia, decidió desestimar la demanda:

"Al evaluar conjuntamente las disposiciones legales expuestas y las explicaciones dadas; se concluye que los municipios están facultados para cobrar por los servicios de transporte público según las tarifas determinadas por sus propios consejos municipales, y que en el ejercicio de esta facultad se pueden establecer diferentes criterios de beneficio considerando las distintas situaciones sociales y económicas de las personas. En el litigio, se observa que los estudiantes mayores de 30 años se encuentran en una situación ventajosa en comparación con otros estudiantes al estar integrados en la vida laboral en el curso normal de la vida, lo que les permite afrontar la carga financiera que conlleva la educación. De hecho, con la normativa realizada, se dispuso que los estudiantes de posgrado y niveles superiores mayores de 30 años que no trabajan o no son propietarios/socios de un negocio puedan beneficiarse del descuento proporcionado a los estudiantes menores de 30 años. Por lo tanto, dado que la adopción de una normativa diferente para estas personas, considerando esta situación, se basa en un hecho objetivo y razonable, la diferencia en el trato no constituye una vulneración del principio de igualdad y es conforme al principio de gestión eficaz y eficiente de los recursos públicos, por lo que no existe ilegalidad ni contravención de la normativa en la medida objeto del litigio".


Fuente de la noticia: 12punto

AKP demanda İBB Municipio Metropolitano de Estambul tribunal estudiante