El Tribunal de Casación presentó su dictamen sobre 'Can Atalay': No puede beneficiarse de la inmunidad
La Fiscalía General ante el Tribunal de Casación presentó su dictamen en relación con la decisión tomada por el Tribunal Constitucional tras la solicitud del diputado del Partido de los Trabajadores de Turquía (TİP) por Hatay, Can Atalay. En el dictamen de 6 páginas, se afirma que Atalay no puede beneficiarse de la inmunidad parlamentaria.
Tras la decisión del Tribunal Constitucional (AYM) sobre la ‘violación de derechos’ en el caso del diputado del Partido de los Trabajadores de Turquía (TİP), Can Atalay, y después de que el 13.º Tribunal Penal Superior de Estambul enviara el expediente a la 3.ª Sala Penal del Tribunal de Casación sin emitir una orden de puesta en libertad, la Fiscalía General ante el Tribunal de Casación presentó su dictamen ante dicha Sala Penal.
"NO PUEDE BENEFICIARSE DE LA INMUNIDAD"
En el dictamen de 6 páginas, se indicó que la decisión sobre la puesta en libertad queda a discreción de la 3.ª Sala Penal del Tribunal de Casación. En el documento, en el que se solicita que se mantenga la detención de Atalay, se argumentó que, dado que 'la investigación y el procesamiento comenzaron antes de su elección como diputado', Atalay no puede beneficiarse de la inmunidad parlamentaria.
En el dictamen se incluyeron, en resumen, las siguientes declaraciones:
"Dado que la investigación y el procesamiento por el delito cometido por Can Atalay en 2013 comenzaron mucho antes de su elección como diputado, y que los artículos de remisión y aplicación que fundamentan su condena se refieren a un delito comprendido en el artículo 312 del Código Penal Turco (TCK), el diputado que cometió un delito bajo este artículo antes de su elección no se beneficiará de la inmunidad parlamentaria prevista en el artículo 83/2 de la Constitución de la República de Turquía.
El hecho de que los delitos comprendidos en el artículo 14 de la Constitución no se enumeren de forma taxativa es una elección consciente del legislador. Los delitos y actos por los que el condenado ha sido sentenciado se encuentran entre los delitos contra la seguridad del Estado, y no es posible pensar que no entren en el ámbito de aplicación de dicho artículo.
Como resultado de la decisión de la 3.ª Sala Penal del Tribunal de Casación del 28 de septiembre de 2023, la sentencia contra Can Atalay quedó firme y se volvió ejecutable. Tras la decisión de confirmación, el acusado tiene el estatus de condenado y el Alto Tribunal ha enviado su decisión a la Gran Asamblea Nacional de Turquía (TBMM). En esta etapa, habiendo realizado el Alto Tribunal una evaluación sobre la puesta en libertad durante el examen de apelación, la discreción sobre el rechazo o la aceptación de la solicitud de puesta en libertad corresponde al Alto Tribunal".
Fuente de la noticia: 12punto
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